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DECRETO LOCAL 003 DE 2.004 (Febrero 09) Por el cual se conforma el Consejo de Planeación Local de la Localidad Séptima de Bosa. EL ALCALDE LOCAL DE BOSA La Alcaldesa de la Localidad Séptima de Bosa en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 13 y 86 del Estatuto Orgánico de Santa fe de Bogotá D.C., (Decreto Ley 1421 del 21 de Julio de 1.993) y el Acuerdo Distrital N° 13 de 2.000 CONSIDERANDO Que el artículo 2 de la Constitución Política establece dentro de los fines del estado el facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural. Que el artículo 40 en el numeral 2 de la carta magna instituye el derecho que tiene todo ciudadano a tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática. Que el artículo 318 de la Constitución asegura la participación ciudadana en el manejo de asuntos públicos de carácter local. Que la Ley 152 de 1.994, Ley Orgánica del Plan de Desarrollo consagra la participación ciudadana durante el proceso de discusión de los Planes de Desarrollo. Que la Ley 134 de 1.994 establece las normas de participación ciudadana. Que el Decreto ley 1421 de 1.993 artículo 6 Estatuto Orgánico de Santa fe de Bogotá D.C., promueve la organización de los habitantes y comunidades que sirven de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión distrital, y en cumplimiento del Acuerdo 13 de 2.000. Que el Acuerdo N°110 de 2.003 artículo 5 inciso C, otorga funciones a los Consejos Tutelares de los derechos de la niñez de participación en la formulación y el seguimiento de políticas en la planeación del desarrollo local en el tema de infancia, y de seguimiento y veeduría a los proyectos, programas y presupuestos anuales y el parágrafo de este mismo artículo establece que para el cumplimiento del inciso C elegirá sus representantes en los Consejos Distrital y Local de Planeación, en los Consejos Distrital y Local de política Social y en otras instancias de concertación. Ver el Decreto Local 04 de 2008 DECRETA ARTICULO PRIMERO.- Conformar e instalar el Consejo de Planeación Local de la Localidad Séptima de Bosa teniendo en cuenta el Acuerdo N°13 de 2.000 y N°110 de 2.003, del Concejo de Bogotá D.C. ARTICULO SEGUNDO.- Que cumplidos en su totalidad los procedimientos para la información, acreditación, inscripción y elección de todos y cada uno de los representantes por cada una de las organizaciones y/o asociaciones que ordena el Acuerdo 13 de 2.000 y Acuerdo 110 de 2.003, el Consejo de Planeación Local de Bosa queda integrado por trece (13) personas así:
ARTICULO TERCERO.- El presente rige a partir de la fecha de su expediciónPUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los nueve (9) días del mes de Febrero de 2.004 MERCEDES RIOS HERNANDEZ Alcaldesa Localidad Séptima de Bosa NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3041 de Febrero 9 de 2004 |