| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 001 DE 2004 (Enero 30) Por medio del cual se conforma e instala el Consejo de Planeación Local de Usaquén. EL ALCALDE LOCAL DE USAQUEN En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos13 y 86 del decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 7 del Acuerdo Distrital No. 13 de 2000 y, CONSIDERANDO Que el artículo 2 de la constitución Política establece dentro de los fines del estado el facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida Económica, Política, Administrativa y Cultural. Que el Artículo 40 en el numeral 2 de la carta Magna estatuya formar parte en las elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de Participación Democrática. Que el Artículo 318 de la Constitución asegura la Participación Ciudadana en el manejo de Asuntos Públicos de carácter Local. Que la Ley 152de 1994, Ley orgánica del Plan de Desarrollo consagra en su literal. A) La participación Ciudadana durante el proceso de discusión de los Planes de Desarrollo. Que la Ley 134 de 1994, establece las normas de Participación ciudadana. Que el decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 6 Estatuto Orgánico de Bogotá promueve la organización de los habitantes y comunidades que sirven de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión Distrital. Y en cumplimiento del Acuerdo 13 del año 2000, que adelantando el proceso de selección establecido en el Decreto 013 de 2000 para el nombramiento de los integrantes del Consejo Local de Planeación. Ver el Decreto Local 04 de 2008 DECRETA ARTICULO PRIMERO.- Conformar e instalar el consejo de Planeación Local de Usaquén de acuerdo con la normatividad vigente. ARTICULO SEGUNDO.- Que una vez cumplidos los requisitos de inscripción, acreditación y elección de los representantes de las diferentes organizaciones ordenados por el acuerdo 13 de 2000, el consejo de Planeación Local de Usaquén, queda conformado así:
ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de su fecha de publicación.PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá a los 30 días del Mes de Enero del 2004 MIGUEL ROBERTO VILLAFRADEZ ABELLO Alcalde Local de Usaquén NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3038 de Febrero 4 de 2004 |