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Decreto 291 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/09/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 291 DE 2008

(Septiembre 10)

Derogado por el art. 20, Decreto Distrital 139 de 2017.

"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación y se dictan otras disposiciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 3º y 6º del artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 38 del Acuerdo 257 de 2006, y, 

 Ver art. 23, Decreto Distrital 527 de 2014.

 CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. creó la Comisión Distrital de Apoyo a la Contratación, a través del Decreto 411 de 2003, como un organismo encargado de formular las recomendaciones, políticas y directrices comunes a las entidades distritales acorde con la normatividad vigente en materia de contratación, sin que la misma haya funcionado en forma continúa.

Que el artículo 10 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 prevé que, en cumplimiento del principio de coordinación, la Administración Distrital actuará a través de su organización administrativa de manera armónica para la realización de sus fines y para hacer eficiente e integral la gestión pública distrital, mediante la articulación de programas, proyectos y acciones administrativas, a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y transectorial.

Que en desarrollo del principio de coordinación, se creó el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, conformado por siete instancias, siendo una de ellas las Comisiones Intersectoriales a las que se refiere el artículo 38 del Acuerdo Distrital 257 de 2006.

Que las Comisiones Intersectoriales son instancias de coordinación de la gestión distrital, creadas por el Alcalde Mayor, cuya atribución principal es orientar la ejecución de funciones y la prestación de servicios que comprometan organismos o entidades que pertenezcan a diferentes Sectores Administrativos de Coordinación.

Que las entidades públicas distritales presentan solicitudes de apoyo jurídico en temas contractuales ante la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá; situación que evidencia la necesidad de impulsar el funcionamiento de la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación Distrital con la participación de dicha Dependencia.

Que le corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. formular, orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital y la definición, adopción y ejecución de políticas en materia de gestión judicial y de prevención del daño antijurídico, así como también mantener actualizada y compilada la normatividad del Distrito Capital, actividad que se desarrolla a través de la Dirección Jurídica Distrital.

Que el aporte de la divulgación de experiencias de las entidades distritales en materia de contratación será un mecanismo para lograr una contratación estatal más eficiente y entidades distritales informadas al respecto.

Que la Comisión de Apoyo a la Contratación, según el nuevo esquema de coordinación, corresponde a una Comisión Intersectorial, en los términos del artículo 38 del Acuerdo 257 de 2006, instancia reglamentada por el Decreto Distrital 546 de 2007.

Que la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, D.C. emitió concepto técnico sobre la viabilidad para la creación de la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Circular de la Sec. General 044 de 2009

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. CREACIÓN. Créase la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación, con carácter permanente.

ARTÍCULO 2°. NATURALEZA. La Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación es una instancia que hace parte del Sistema de Coordinación de la Administración Distrital, encargada de apoyar la gestión distrital en materia contractual.

ARTÍCULO  . INTEGRACIÓN.  Modificado por el Decreto Distrital 296 de 2014Modificado por el art. 10, Decreto Distrital 456 de 2015, Modificado por el artículo 19, Decreto Distrital 323 de 2016. La Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación estará integrada por:

1. El (la) Secretario (a) General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., quien lo presidirá.

2. El (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda.

3. El (la) Secretario (a) Distrital de Gobierno.

4. El (la) Secretario (a) Distrital de Educación.

5. El (la) Secretario (a) Distrital de Salud.  Ver la Resolución de la Sec. de Salud 1194 de 2008

6. El (la) Secretario (a) Distrital de Planeación.

7. El (la) Secretario (a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

8. El (la) Secretario (a) Distrital de Ambiente.

9. El (la) Secretario (a) Distrital de Movilidad.

10. El (la) Secretario (a) Distrital de Hábitat.

11. El (la) Secretario (a) Distrital de Integración Social.

12. El (la) Secretario (a) de Desarrollo Económico.

INVITADOS PERMANENTES: Tres consultores designados por el Secretario General de la Alcaldía Mayor, D.C., el Director de Gestión Corporativa de la Secretaría General y la Subdirectora de Contratación de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría General.

INVITADOS EVENTUALES: Podrán ser invitados los/las Subdirectores (as) o Jefes de Oficinas de Contratos de las entidades distritales, cuando se considere necesario.

PARÁGRAFO. Los Secretarios podrán delegar su participación en los Directores o Jefes de Oficina Jurídica de la Entidad.

ARTÍCULO  . Modificado por el art. 11, Decreto Distrital 456 de 2015Modificado por el artículo 19, Decreto Distrital 323 de 2016. La Secretaría Técnica la ejercerá el/la Subdirector(a) de Conceptos de la Dirección Jurídica Distrital y desarrollará sus funciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo del Decreto 546 de 2007.

ARTÍCULO 5°. Las funciones de la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación son las siguientes:

1. Articular acciones y estrategias para la implementación de orientaciones que imparta la Secretaría General en materia de contratación.

2. Coordinar, articular, orientar y concertar las acciones que adelantaran las entidades distritales para la unificación de criterios en la aplicación normativa en materia contractual.

3. Generar mecanismos para la ejecución concertada de acciones en materia de contratación, entre otros, la creación de espacios de divulgación de experiencias y conocimientos de las entidades distritales, garantizándoles el acceso a dicha información y capacitación en temas específicos de contratación estatal, los cuales se definirán en consenso por la Comisión.

4. Realizar el seguimiento de las acciones de articulación adoptadas en la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación en el Distrito Capital.

5. Dictar su propio reglamento.

ARTÍCULO  . Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 411 de 2003 y demás normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de Septiembre de 2008

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General