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RESOLUCIÓN 0295 DE 2008 (Abril 02) Modificada por la Resolución de la E.A.A.B. 508 de 2009 "Por medio de la cual se modifica el manual de funciones para la denominación del empleo Ayudante, Nivel 52 de algunas áreas de la Empresa definido en la Resolución 1111 del 16 de noviembre de 2007" EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA, E.S.P. en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que es función del Gerente General dirigir los aspectos laborales de la Empresa, según lo establecido en los artículos 15, literal h), del Acuerdo 01 del 28 de enero del 2002 emanado de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP y 58 del Decreto Ley 1421 de 1993.Que mediante el parágrafo del artículo primero del Acuerdo 14 de julio de 2002, la Junta Directiva de la E.A.A.B-ESP delegó en el Gerente General la facultad de expedir, actualizar y modificar el manual específico de funciones y requisitos de los servidores públicos de la Entidad. Que mediante Resolución No. 1111 del 16 de noviembre de 2007, se modificaron las funciones y requisitos mínimos para los cargos de la planta de personal de trabajadores oficiales de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, ESP. Que es necesario modificar las funciones para la denominación del empleo Ayudante, Nivel 52 adscrito a las Areas de Sistema Maestro y Servicio al Cliente, motivo por el cual se requiere aclarar la Resolución 1111 del 16 de noviembre de 2007, referente a las funciones de dicho cargo. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable mediante el oficio No. DIR-0402 del 13 de marzo de 2008. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el texto de identificación del área, para la denominación del empleo Ayudante, Nivel 52, descrito en la página 785, del Artículo Primero de la Resolución No. 1111 del 16 de noviembre de 2007, así: "ÁREA SECRETARÍA GENERAL - IMAGEN CORPORATIVA Y COMUNICACIONES ÁREA FINANCIERA ÁREA GESTIÓN HUMANA Y ADMINISTRATIVA - SERVICIOS ADMINISTRATIVOS / GESTIÓN DE COMPENSACIONES ÁREA DE TECNOLOGÍA - SERVICIOS DE INFORMÁTICA / SERVICIOS TÉCNICOS" ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el manual de funciones para el cargo Ayudante, Nivel 52, descrito en la página 789, del Artículo Primero de la Resolución No. 1111 del 16 de noviembre de 2007, de la siguiente manera: AREA CORPORATIVA SISTEMA MAESTRO - SISTEMA NORTE ABASTECIMIENTO / SISTEMA SUR ABASTECIMIENTO / OPERACIÓN Y MANTENIMIENTOAREA CORPORATIVA SERVICIO AL CLIENTE - SERVICIO ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar labores operativas y de apoyo para las actividades de mantenimiento de las redes de acueducto y/o alcantarillado de laboratorios y plantas de tratamiento. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Efectuar en forma individual o colectiva, en el lugar que se le indique, labores de excavación, relleno, cargue y descargue de materiales para desarrollar actividades de mantenimiento de los sistemas de acueducto y alcantarillado. 2. Efectuar labores de limpieza, extracción y cargue de materiales, basuras y sedimentos de los pozos, canales, sumideros, box culvert, etc., para el correcto funcionamiento de los sistemas sanitario y pluvial de alcantarillado. 3. Solicitar, preparar y transportar las piezas de maquinaria, equipos, materiales y herramientas que utiliza el personal de la cuadrilla, para cumplir con las actividades de mantenimiento de los sistemas de acueducto y alcantarillado programadas. 4. Realizar la toma de muestras de aguas y suelos, según indicaciones del superior inmediato para efectuar las pruebas de laboratorio de acuerdo a lo establecido por el sistema de gestión de la calidad. 5. Mantener en perfecto estado de funcionamiento las herramientas y/o equipos que se le asignen, responder por las pérdidas y los daños ocasionados por el mal uso de los mismos, para que puedan ser ejecutadas adecuadamente las operaciones programadas por el superior inmediato. 6. Informar oportunamente al superior inmediato sobre el desarrollo de los trabajos encomendados, los inconvenientes o dificultades en la ejecución de los mismos, los accidentes e imprevistos ocurridos, con el propósito de suministrar información necesaria para el seguimiento en la ejecución de las actividades realizadas en el área. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 1. La ejecución de labores de apoyo para el mantenimiento de los sistemas de acueducto y alcantarillado de acuerdo a los procedimientos establecidos garantizan la efectiva prestación del servicio y la atención a los usuarios. 2. La maquinaria, equipos, materiales y herramientas preparadas y transportadas oportunamente permiten ejecutar las respectivas operaciones por parte del grupo de trabajo. 3. La disponibilidad de maquinaria, equipos, materiales y herramientas permite efectuar oportunamente el mantenimiento de los sistemas de acueducto y alcantarillado. 4. El desarrollo de sus actividades y los inconvenientes informados oportunamente al superior inmediato permiten evitar posibles demoras. 5. El transporte adecuado de los equipos, materiales y accesorios, evita daños y pérdidas de los mismos. 6. La información reportada permite elaborar reportes de trabajo mediante los formatos del sistema de gestión de calidad, como son tiempos de atención, empleo de materiales, personas que participan en la actividad y tiempo de ejecución del trabajo. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES *Normas de seguridad industrial *Saneamiento básico y agua potable VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA EducaciónAprobación de noveno grado (9º) de educación básica secundaria. Experiencia No requerida. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución 1111 del 16 de noviembre de 2007. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de abril de dos mil ocho (2008) JORGE ENRIQUE PIZANO CALLEJAS Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3963 de abril 14 de 2008. |