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Acuerdo Local 3 de 2005 Junta Administradora Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
28/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3357 de julio 8 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2005

ACUERDO LOCAL 003 DE 2005

(Junio 28)

"Por medio del cual se establece para la localidad de Teusaquillo el día del cabildante menor y se fija el procedimiento con el fin de elegir los cabildantes menores en Teusaquillo"

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TEUSAQUILLO,

en ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le confiere la Constitución Nacional, Art. 322, inciso cuarto, el Decreto Ley 1421 de Julio 21 de 1993, Art. 76, EL Acuerdo N° 116 de 2003 y,

CONSIDERANDO:

1 Que el Honorable Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo Distrital N° 116 del 23 de Diciembre de 2003, estableció el DIA DEL CABILDANTE MENOR EN BOGOTA D.C., con fundamento en los numerales 1 y 10 del Art. 12 del Decreto 1421 de 1993, a través del cual se dictan normas para garantizar la descentralización, la desconcentración y la participación y veeduría ciudadana.

2 Que el precitado Acuerdo estableció para el Concejo de Bogotá como día del Cabildante Menor el último viernes del mes de Abril de cada año con el fin de que los mejores alumnos en Bogotá se constituyan en sesión informal en dicha corporación para tratar temáticas y propuestas distritales, bajo la visión de los menores

3 Que el Art. quinto (5) del Acuerdo Distrital señaló que las disposiciones de dicho Acuerdo, se aplicarán en todas las Localidades a través de las Juntas Administradoras, las cuales adoptarán el procedimiento pertinente para su cumplimiento.

4 Que de conformidad con lo anterior, es deber de la JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL, dar cumplimiento al Acuerdo 116 de 2003 y con fundamento en el mismo se debe determinar el procedimiento y las fechas para las sesiones informales en esta corporación con los Cabildante menores en TEUSAQUILLO; habida cuenta de considerase pertinente por esta corporación no solo un día sino tres al año, para interlocutar con los mejores estudiantes de la Localidad.

Que en mérito a lo anterior, la Junta Administradora Local de Teusaquillo,

ACUERDA

ARTÍCULO 1: Adóptese como el día del cabildante menor en la Localidad de Teusaquillo, el día 08 de junio de cada año por ser el día de la juventud.

ARTÍCULO 2: Tanto para este día como para el último viernes del mes de abril, los dos Colegios públicos establecidos en la Localidad de Teusaquillo, deberán escoger en la segunda quincena del mes de febrero de cada año, a través de un proceso democrático interno que garantice la equidad de géneros, 5 alumnos de cada colegio que tengan una edad entre los 7 y 17 años, para participar en el día del cabildante menor,

ARTÍCULO 3: la selección de los alumnos en cada uno de los colegios se hará de la siguiente manera, siendo este proceso coordinado por el coordinador del área de sociales:

1.convocatoria en cada uno de los colegios en donde se invite a los alumnos entre los 7 y 17 años a participar en la selección de los cabildantes menores de la localidad 13 de Teusaquillo y se les informe en que consiste el proceso.

2.postulación de aspirantes: 15 al 20 de febrero, (la postulación la puede hacer el mismo aspirante o alguno de sus compañeros), la inscripción de los candidatos será recibida por el coordinador del área de sociales en cada uno de los colegios.

3.presentación de los aspirantes y sus planteamientos ante la comunidad académica, 25 de febrero.

4.ese día los docentes del área de sociales deberán dar una calificación a estos alumnos, esta calificación tendrá un valor del 50 % en el total del resultado.

5.ese día los alumnos deberán votar por los aspirantes, el resultado de esta votación tendrá un valor del 50 % en el total del resultado.

6.Los cinco mejores resultados de cada colegio serán los elegidos para continuar en el proceso.

7.los resultados deberán ser comunicados a la comunidad académica y publicados en las instalaciones del colegio por el coordinador del área de sociales

Parágrafo: la comisión primera permanente de Plan de Desarrollo local y Gobierno deberá coordinar este proceso junto con el coordinador del área de sociales en cada uno de los colegios, y velará porque se cumpla a cabalidad en cada uno de los colegios.

ARTÍCULO 4: Los nombres de los estudiantes seleccionados deberán ser comunicados a la gerencia del CADEL de Teusaquillo a más tardar el último día hábil de mes de febrero de cada año, en donde se debe incluir por parte de cada estudiante el tema que más le interesase tratar.

ARTÍCULO 5: En la segunda quincena del mes de febrero, la Mesa Directiva de la comisión primera permanente de Plan de Desarrollo y gobierno de la Junta Administradora Local de Teusaquillo, realizará una sesión en la JAL con el fin de coordinar con la Veeduría Distrital y el CADEL la capacitación de los cabildantes menores, para su participación en la sesión informal que se llevará a cabo en el Honorable Concejo de Bogotá D.C., el último viernes del mes de abril.

ARTÍCULO 6: En la primera quincena del mes de marzo, la Junta Administradora Local realizará dentro de sus sesiones ordinarias, una sesión con el propósito de contribuir con la preparación de los cabildantes menores para su participación en la mencionada sesión informal del Concejo Distrital en el día del cabildante menor.

ARTÍCULO 7: En dicha sesión, la Junta Administradora Local ilustrará a los cabildantes menores sobre la organización administrativa Distrital y Local, sobre la importancia, conformación y funciones y del Gobierno Distrital y Local y sobre las problemáticas locales y distritales, de la siguiente manera:

BOGOTÁ D.C

TEUSAQUILLO

• Límites ( mapa )

• Límites ( mapa )

• Localidades

• barrios

• historia

• historia

• problemáticas

• problemáticas

GOBIERNO DISTRITAL

GOBIERNO LOCAL

• ¿Qué es?

• ¿Qué es?

• ¿Qué hace?

• ¿Qué hace?

• ¿Quienes lo conforman?

• ¿Quienes lo conforman?

PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL

PLAN DE DESARROLLO LOCAL

• objetivo

• objetivo

• prioridades

• prioridades

• niñez

• niñez

• juventud

• juventud

En dicha sesión se concertarán los temas que se desarrollarían en las sesiones de las que habla el artículo noveno y el artículo primero del presente acuerdo, de acuerdo a los temas que previamente habían propuesto los menores como reza en el artículo cuarto del presente acuerdo.

ARTÍCULO 8: De los participantes en el proceso descrito se escogerán mediante un sistema democrático, a dos (2) delegados que representarán a la localidad de Teusaquillo en la sesión del Concejo Distrital a realizarse según establece el Acuerdo Distrital 116 de 2003.

ARTÍCULO 9: En cada uno de los otros tres periodos de sesiones ordinarias, la mesa directiva de la comisión primera permanente de Plan de Desarrollo y Gobierno de la Junta Administradora Local de Teusaquillo realizará una sesión para promover el espacio de la Cátedra de Democracia, con el fin de estimular a los jóvenes para participar del día del cabildante menor, tanto en la Localidad como en el Distrito Capital, y para evaluar el proceso llevado a cabo con los cabildantes según el presente acuerdo.

ARTÍCULO 10: En dichas sesiones la mesa directiva recordará a los participantes la dinámica de cómo se realiza una sesión de la Junta Administradora Local y posteriormente permitirá la participación de los menores para que sean ellos los que la desarrollen de acuerdo los temas que previamente se habían concertado en la sesión preparatoria y la aplicación del reglamento Interno de la Corporación.

ARTÍCULO 11: Los ediles de la Comisión Primera permanente de Plan de Desarrollo y Gobierno acompañaran y guiaran a los cabildantes menores, en sus intervenciones y desarrollo de la sesión, y podrán tomar la palabra sí se presentaré alguna dificultad por parte del Cabildante Menor.

ARTÍCULO 12: Los requerimientos logísticos necesarios para facilitar la selección y participación de los Cabildantes en las diferentes sesiones a que se refieren el presente Acuerdo Local y el Acuerdo Distrital 116 de 2003, estarán a cargo de la Alcaldía Local de Teusaquillo.

ARTÍCULO 13: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su expedición

Autores Iniciativa

EDIL CARLOS EUGENIO DUARTE ROBAYO

Ponente

Edilesa Dania Mónica Jordán

Dado en Bogotá a los veintiocho (28 ) días del mes de junio de 2005

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

JUAN CARLOS ALMONACID M.

Presidente

LUIS ANTONIO MENDOZA F.

Vicepresidente

Sancionó hoy Julio 8 de 2005

ANDREA CELEMÍN

ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3357 de Julio 8 de 2005