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Decreto 325 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/10/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 325 DE 2008

(Octubre 02)

"Por el cual se dispone la creación de la Comisión Distrital para la celebración del Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial los artículos 35, 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, 39 y 90 del Acuerdo 257 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Mayor es el representante legal, judicial y extrajudicial de Bogotá, D.C, Jefe del Gobierno y de la Administración de la Ciudad y, por tanto, a través suyo se expresan institucionalmente las ciudadanas y ciudadanos capitalinos.

Que la ciudad de Bogotá es la Capital de la República de Colombia y del Departamento de Cundinamarca y goza de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la Ley.

Que desde su fundación, la ciudad de Bogotá, D.C, ha sido epicentro de múltiples hechos que han marcado la historia de Colombia y de los demás pueblos latinoamericanos.

Que la ciudad de Bogotá, en 1810, no solamente fue el escenario político sino también el urbano del grito de Independencia y sede de nuestros primeros actos como República.

Que Bogotá, como Distrito Capital, debe articular sus acciones y participar de los eventos que se organicen desde los ámbitos institucionales del Gobierno Nacional y de los demás entes territoriales.

Que para que los actos y celebraciones tengan unidad de criterio, en cuanto a su significado y forma, se requiere integrar una Comisión Distrital de connotados expertos y autoridades administrativas, que orientará la planeación, coordinación, ejecución y control de la celebración del Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia.

Que el artículo 90 del Acuerdo 257 de 2006 señala que le corresponde al Sector Cultura, Recreación y Deporte la misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

Que para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante.

Que, por tanto, dentro del territorio del Distrito Capital, la Administración Distrital es responsable de organizar los actos y celebraciones relacionados con el Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia, a través de la Secretaría Distrital de Cultura.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Comisión Distrital para el Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia. Crear una Comisión Distrital para la celebración del Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia, la cual estará integrada por los siguientes connotados ciudadanos expertos:

1. William Ospina.

2. Alberto Quiroga.

3. Álvaro Tirado Mejía.

4. Álvaro Restrepo.

5. Antonio Arnedo.

6. Augusto Trujillo.

7. Benjamín Ardila Duarte.

8. Carlos José Reyes.

9. Carlos Ossa Escobar.

10. Eduardo Aldana.

11. Enrique Santos Molano.

12. Felipe Aljure.

13. Gilma Suarez.

14. Gustavo Zalamea.

15. Lisandro Duque.

16. Omar Porras.

17. Patricia Ariza.

18. Piedad Bonnet.

19. Sylvia Amaya.

20. José Fernando Hoyos.

PARAGRAFO: La presente comisión podrá ser ampliada posteriormente.

ARTÍCULO 2º. Presidencia de la Comisión. El escritor William Ospina presidirá la Comisión Distrital para la Celebración del Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia.

ARTÍCULO 3º. Función de la Comisión. La Comisión tendrá por función asesorar al Distrito Capital en el diseño y realización de las actividades encaminadas a celebrar la conmemoración del Bicentenario de la Independencia de la República de Colombia.

ARTÍCULO 4. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien deberá llevar un registro de las reuniones y decisiones de la misma.

ARTÍCULO 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 2 días del mes de Octubre de 2008

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

CATALINA RAMÍREZ VALLEJO

Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte