| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 0662 DE 2008 (Julio 31) Por la cual se delegan unas funciones. EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P., en ejercicio de sus facultades legales, y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 y CONSIDERANDO: Que el principio de delegación es de rango constitucional y está consagrado en el artículo 209 de la Carta Política, en los siguientes términos: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones". (s.n.). Que el artículo 9º de la ley 489 de 1998, desarrolla el anterior principio constitucional al preceptuar que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias". (s.n.). Que en el artículo primero de la Resolución No. 158 de febrero 29 de 2008, se delegó entre otros a la Secretaría General la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP- en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de esta área. Que en el parágrafo del artículo primero de la mencionada Resolución indica que la delegación de la representación legal comprende la ordenación del gasto y del pago, la aceptación de ofertas y suscripción de contratos y convenios, la expedición de actos administrativos, fijación de las tarifas de los servicios prestados por sus respectivas dependencias conexos con los servicios públicos domiciliarios, otorgamiento de poderes y demás actos en virtud de los cuales se contraigan obligaciones. Que de acuerdo con el impedimento manifestado por el Secretario General de la Empresa para conocer de los asuntos relacionados con la Casa Editorial El Tiempo (CEET), y en consecuencia para suscribir contratos con dicha Casa Editorial, y aceptado tal impedimento por parte del Gerente General, se hace necesario delegar la representación legal de todos los asuntos relacionados con dicha Sociedad en la Oficina Asesora de Imagen Corporativa y Comunicaciones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en la Oficina Asesora de Imagen Corporativa y Comunicaciones, la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá- ESP en los asuntos relacionados con la Casa Editorial El Tiempo (CEET), de acuerdo con las facultades estipuladas en el parágrafo del artículo primero de la Resolución 158 de febrero 29 de 2008 y demás normas que la modifiquen y adicionen. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Expedida en Bogotá, D.C. a los treinta y un (31) días del mes de julio de dos mil ocho (2008). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JORGE ENRIQUE PIZANO CALLEJAS Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4031 de agosto 4 de 2008. |