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ACUERDO 004 DE 2008 (Agosto 14) "Por el cual se incrementa el porcentaje de los Gastos de Representación en el del Instituto Protección de la Niñez y la Juventud – "IDIPRON". LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD – "IDIPRON", en uso de sus atribuciones legales y en especial la conferida por la Resolución de Junta Directiva No. 01 de 2001 y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 003 de 2005 de Junta Directiva del Instituto, se señalan los porcentajes vigentes para los Gastos de Representación del IDIPRON. Que comparando los porcentajes de Gastos de Representación del IDIPRON con los de las otras entidades distritales, se puede observar que el Instituto es la única entidad que presenta porcentajes del 5%. Que se hace necesario incrementar el porcentaje para los Gastos de Representación a los empleados públicos que se les vienen reconociendo. Que mediante oficio DIR 1602 de fecha 01 de agosto de 2008, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió Concepto Técnico Favorable a la propuesta de incremento de porcentaje de los Gastos de Representación. Que IDIPRON cuenta con los recursos suficientes para garantizar el pago del incremento del porcentaje de los Gastos de Representación, tal como consta en certificación expedida por la Subdirectora Técnica Administrativa y Financiera del IDIPRON y, la Responsable del Área de Presupuesto. Que la observancia de los procesos y procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar para su ejecución será responsabilidad y competencia del Instituto Protección de la Niñez y la Juventud – "IDIPRON". En mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del 14 de agosto de 2008, Incrementar los porcentajes sobre la asignación básica reconocidos a los empleos pertenecientes al Nivel Directivo y Asesor como Gastos de representación, los cuales quedaran como se detalla a continuación:
PARAGRAFO: A los empleados públicos que con ocasión de la reforma realizada por el Decreto Ley 785 de 2005, se les viene reconociendo y pagando los Gastos de Representación, continuaran con los mismos porcentajes mientras permanezcan en los cargos homologados.ARTICULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, a los catorce (14) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE. MERCEDES DEL CARMEN RIOS Presidente CLARA EUGENIA SANCHEZ DIAZ Secretaria NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4047 de agosto 28 de 2008. |