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Decreto Local 7 de 2008 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
18/07/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/08/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4040 de agosto 19 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2008

DECRETO LOCAL 007 DE 2008

(Julio 18)

"Mediante el cual se conforma el Comité Local Red – Conciliando de Tunjuelito".

LA ALCALDESA LOCAL DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus facultades legas y en especial de las conferidas por el Decreto No. 1421 de 1993, el Acuerdo 213 de 2006, Ley 1098 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su preámbulo, Artículos 1 al 10, 11, 13, 16 , 18 , 20 , 21, 22, 40, 41, 44, 45, consagra la protección a la infancia y a la juventud en todos los sentidos, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Hombre, declaración de los Derechos del Niño y Ley de Infancia y Adolescencia.

Que es deber del Estado promover y garantizar los principios de igualdad y equidad de derechos para todos los habitantes del territorio nacional y estructurar los mecanismos necesarios que permitan su real y efectiva realización.

Que de conformidad con los artículos 44 y 45 de la Constitución Política, la vida, la integridad física y la salud, son derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, en consecuencia la familia, la sociedad y el estado tienen la obligación de brindarles cuidado y amor, además de protegerlos frente a los factores de riesgo.

Que de acuerdo con los anteriores considerandos se hace indispensable, ajustar la composición y funcionamiento del Comité Local Red – Conciliando de Tunjuelito.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Establecer el Comité Local de la Red – Conciliando, para la solución de los conflictos de la comunidad infantil y juvenil en la Localidad de Tunjuelito, como un espacio de articulación, coordinación, seguimiento, evaluación y reflexión de las políticas, planes y programas de la infancia y adolescencia.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Comité Local de la Red – Conciliando, estará integrada por el conjunto de instituciones educativas públicas y privadas, de entidades que manejen y desarrollen políticas para la protección, formación y atención de la infancia y la adolescencia, y grupos de apoyo que comprenden entre otras las organizaciones sin ánimo de lucro, representantes de la comunidad organizada, personeros estudiantiles, Consejo de Padres de familia, Consejo Estudiantil y miembros de los Consejo Tutelares.

El Comité Local de la Red- Conciliando de Tunjuelito establecerá los mecanismos adecuados de articulación y coordinación de estudios, investigaciones y de gestión con otros sistemas, entidades u organismos nacionales e internaciones necesarios para el cumplimiento de su gestión.

ARTÍCULO TERCERO.- Comité Local de la Red – Conciliando estará conformado por los siguientes funcionarios:

1. El Alcalde Local de Tunjuelito o su delegado

2. El Gerente del CADEL o su delegado

3. El Subdirector Local de Integración Social o su delegado

4. Un funcionario del Sistema de Salud Mental del Distrito Capital

5. Un representante del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y de la Juventud IDIPRON.

6. Un representante de los Orientadores Escolares Locales.

7. Un representante de los docentes de apoyo de educación especial

8. Un representante de los rectores de las Instituciones Educativas de la Localidad.

9. Un representante de los Jueces Locales de Paz

10. Coordinador de la Comisaría Sexta de Familia

11. Un representante del Consejo Local de Juventud.

12. Un representante de los Consejos de Padres de Familia

13. Un representante del Consejo Local Tutelar

14. Un representante de los Personeros Estudiantiles de la Localidad

15. El Personero Local de Tunjuelito o su delegado

PARÁGRAFO PRIMERO:- Podrán participar de forma permanente:

El Gerente del Hospital de Tunjuelito o su delegado, el referente para la Localidad de Tunjuelito del IDRD, Un representante de la Policía Comunitaria, Un representante de la Policía de Infancia y Adolescencia, un representante del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Bogotá Localidad de Tunjuelito, Un representante de la URI de Ciudad Bolívar, Defensoría del Pueblo y universidades u organizaciones no gubernamentales.

ARTÍCULO CUARTO.- El Comité Local de la Red – Conciliando sesionará cada dos (2) meses ordinariamente y se podrá convocar reuniones extraordinarias cuando sea de urgente necesidad y de acuerdo a lo establecido en el reglamento.

ARTÍCULO QUINTO.- La Coordinación y la Secretaría Técnica del Comité Local Red – Conciliando de Tunjuelito estará a cargo del CADEL.

ARTÍCULO SEXTO.- FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TECNICA.-

1. Convocar mediante comunicación escrita a los miembros del Comité Local de la Red- Conciliando a las sesiones y demás actividades que se programen en el marco de la ejecución de las acciones del Comité.

2. Elaborar el acta de cada una de las sesiones del Comité, así mismo llevar el archivo de estas.

3. Colaborar con la redacción de los informes y documentos que se deban presentar ante el Comité Local y Distrital y las diversas instancias que así lo requieran.

4. Las demás que señale el reglamento interno del Comité Local de la Red - conciliando.

ARTÍCULO SEPTIMO.- Corresponderá al Comité Local de la Red – Conciliando, cumplir en el ámbito geográfico o área pertinente las tareas o funciones generales de la RED y en particular las del Comité Distrital, además las siguientes:

1. Apoyar a las instituciones educativas en el proceso de renovación pedagógica del PEI, fortalecimiento de la democracia escolar, apoyo de formación y actualización de orientadores escolares; promoción de la participación y organización de la comunidad educativa.

2. Difundir las experiencias exitosas en la resolución de conflictos a través de la generación de dinámicas interinstitucionales.

3. Las demás que le sean asignadas por el Comité Distrital.

ARTÍCULO OCTAVO.- El Presente proyecto no implicará la creación ni el sostenimiento de nuevos gastos a cargo del Presupuesto Local, ni apropiaciones de gastos de funcionamiento y de personal. Para el efecto y para los asuntos pertinentes, las entidades vinculadas prestarán su concurso administrativo, técnico y logístico.

ARTÍCULO NOVENO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C., a los dieciocho días del mes de julio de 2008

DIANA MARCELA MARTINEZ GIRALDO

Alcaldesa Local de Tunjuelito

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4040 de agosto 19 de 2008.