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RESOLUCIÓN 803 DE 2006 (Octubre 02) "por la cual se adopta el Sistema de Información para la Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión Institucional de la Secretaria de Gobierno de Bogotá D.C. y se adiciona la resolución 1414 del 30 de diciembre de 2003" EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTA D.C., En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las contenidas en los Decretos 854, 367 de 2001 y 183 del 15 de junio de 2004. CONSIDERANDO: Que los artículos 209 de la C.P., artículo 3 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 3 del Código Contencioso Administrativo, establecen que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de buena fe, igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, por lo cual se hace necesario establecer los correctivos necesarios para hacer más ágil y eficiente la ejecución de los recursos de inversión y funcionamiento asignado a la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C. Que el numeral 5 del articulo 26 del Estatuto General de Contratación establece respecto de la responsabilidad de los representantes de las entidades estatales lo siguiente "La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y de los procesos de selección será el jefe o representante de la entidad estatal quien no podrá trasladarla a las juntas o consejo directivos de la entidad, ni a las corporaciones de elección popular, a los comités asesores, ni a los organismos de control y vigilancia de la misma". Que el artículo 1 del Decreto 367 del 20 de abril de 2001, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. determina la estructura interna de la Secretaria de Gobierno del Distrito Capital, estableciendo en su contenido legal las funciones y responsabilidades de cada una de las dependencias que conforman la entidad. Que el artículo 20, señala Como funciones de la Subsecretaria de Planeación y Gestión, la coordinación del proceso de diseño de indicadores de gestión de la entidad; asesoría en la formulación, coordinación, ejecución y control de políticas, planes y programa de inversión; Asesoría a las localidades en la Implementación del proceso de planeación; definición de políticas relacionadas con los recursos informáticos de la entidad; liderar el proceso de anteproyecto de presupuesto de la entidad; Coordinación de los procesos administrativos y presupuestales. Que el artículo 209 de la CP:, señala que la Función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el incido ibídem dispone, que "las autoridades administrativa deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública en todos sus ordenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señala la ley". Que La Dirección de Planeación y Sistemas de Información, desarrollo el software del Sistema de Información para la Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión Institucional de la Secretaría de Gobierno (SIPSE), como una herramienta de unificación de información de la entidad, que dará agilidad al proceso contractual; servirá de herramienta de apoyo al plan de austeridad de la entidad, en el ahorro de papel utilizado en parte del proceso; permitirá el análisis de información y la toma de decisiones de una manera ágil y oportuna. Que en mérito de lo expuesto, este despacho, RESUELVE: Artículo Primero: Adoptar el Sistema de Información para la Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión Institucional de la Secretaría de Gobierno (SIPSE), como herramienta interna donde se registre y sistematice la información de gestión, inversión del nivel central y funcionamiento de la entidad. Artículo Segundo: Asignar a la Dirección de Planeación y Sistemas de Información de la entidad, como administradora del Sistema de Información para la Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión Institucional de la Secretaría de Gobierno (SIPSE). Artículo Tercero: Toda solicitud de inicio del proceso contractual, envío de pre pliegos de condiciones o pre términos de Referencia según el caso, solicitud de viabilidad técnica, solicitud de No Hay, solicitud de certificado de disponibilidad presupuestal, deberá ser tramitada por el sistema SIPSE por cada uno de los responsables, sin perjuicio que una vez tramitadas dichas solicitudes, se haga entrega a la Subsecretaría de Planeación y Gestión de la Secretaría de Gobierno - Grupo de Contratos y/o Dirección Administrativa según el monto a contratar, de los documentos físicos a que hace mención el artículo undécimo de la Resolución 948 del 22 de noviembre de 2004. Artículo Cuarto: Adiciónese el artículo 3 de la resolución 1414 del 30 de diciembre de 2003, en el sentido de agregar el numeral 21 a las funciones asignadas a los Gerentes de proyectos, el cual quedará así: 21. Responder por la adecuada formulación, programación, reprogramación, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión y velar por que la misma se encuentre debidamente actualizada en el Sistema SIPSE. Artículo Quinto: La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá a los dos (2) días del mes de Octubre de 2006 JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO Secretario de Gobierno |