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Resolución 323 de 2006 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
28/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 323 DE 2006

RESOLUCIÓN 323 DE 2006

(Marzo 28)

"Por la cual se modifica la Resolución 340 del 15 de abril de 2005"

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el Decreto 367 del 30 de abril de 2001 en lo atinente a formular políticas en materia de justicia, convivencia, seguridad, protección y promoción de derechos y libertades públicas y de gestión local,

CONSIDERANDO

Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad acorde con el artículo 209 de la Constitución Nacional.

Que a las autoridades distritales les corresponde garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, a las autoridades locales les corresponde la gestión de los asuntos propios de su territorio, de conformidad con lo prescrito en el artículo 322 de la Carta Fundamental.

Que en las alcaldías locales se cumplen funciones de justicia administrativa de policía a través de los Alcaldes Locales, el profesional que ejerce funciones de coordinación del Grupo de Gestión Jurídica, los profesionales encargados de los asuntos de obras y jurídica, los funcionarios de las Secretarías Generales de Inspecciones de Policía, Inspecciones de Policía (sic), Unidades de Mediación y Conciliación y Casas de Justicia.

Que ante el alto número de expedientes que se encontraban activos al 15 de abril de 2005 en las alcaldías locales, se expidió la Resolución 340 con el fin de tomar medidas administrativas para descongestionar el Sistema Distrital de Justicia.

Que entre las medidas adoptadas para descongestionar el mencionado Sistema en las alcaldías locales, la de mayor representación consistió en asignar al Grupo de Gestión Jurídica profesionales de distintas disciplinas como derecho, ingeniería y arquitectura, al igual que secretarios y auxiliares administrativos como apoyo al equipo jurídico y técnico de cada localidad.

Que la labor de seguimiento a la gestión administrativa y jurídica efectuada por el equipo de funcionarios que conforman el Sistema Distrital de Justicia, fue asignada en el artículo sexto de la Resolución 340 del 15 de abril de 2005 a la Oficina Asesora de Control interno de la Secretaría de Gobierno, para ser cumplida semanalmente.

Que a la fecha de la presente resolución se encuentra determinado según el análisis que realizó la Oficina Asesora de Control Interno, que el estado de avance semanal de los procesos adelantados por los grupos involucrados en la descongestión del Sistema Distrital de Justicia no difiere ostensiblemente entre una semana y la inmediatamente siguiente, ante lo cual la labor de seguimiento que está desarrollando dicha Oficina durante ese periodo resulta desgastante administrativamente y por ende es necesario modificar el artículo 6 de la Resolución 340 de 2005.

Que por lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo sexto de la Resolución 340 del 15 de abril de 2005, el cual quedara así:

"Artículo sexto: La Oficina de Control Interno de la Secretaría de Gobierno adelantará el seguimiento mensual de la gestión administrativa y jurídica efectuada por el equipo de funcionarios que conforman el Sistema Distrital de Justicia de las alcaldías locales".

ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás disposiciones de la Resolución 340 de 2005 continúan vigentes.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los veinte ocho (28) días del mes de Marzo de 2006

JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO

Secretario de Gobierno