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RESOLUCIÓN 853 DE 1997 (septiembre 19) por la cual se señalan los honorarios de la Junta Seccional de Escalafón Nacional ante Santa Fe de Bogotá, D.C.
El Alcalde Mayor en uso de sus atribuciones legales y en especial las contenidas en el artículo 22 del Decreto 2277 de 1979 y el artículo 4 numeral 1 de la Ley 60 de 1993, RESUELVE: Artículo 1º.- Los miembros de la Junta Seccional de Escalafón Nacional ante Santa Fe de Bogotá, percibirán a título de remuneración la cantidad de seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes, por cada sesión a la que asistan. Artículo 2º.- El Secretario de la Junta Seccional de Escalafón Nacional ante Santa Fe de Bogotá, pasará mensualmente a la Oficina Financiera de la Secretaría de Educación Distrital, la relación de sesiones a que asistió cada miembro, a fin de que se cancelen los honorarios señalados. Lo anterior, con cargo al rubro presupuestal "Nómina FER Situado Fiscal" 112-01-3-3-l-04-07-16-4239. Artículo 3º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 19 de septiembre de 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. |