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RESOLUCIÓN 017 DE 2008 (Enero 16) "Por la cual se delegan funciones a cargo de la Secretaria Distrital del Hábitat" LA SECRETARIA DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Decreto 854 de 2001, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 y, CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones. Que la Secretaria de Despacho de la SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT, puede delegar las funciones que le sean propias de conformidad a las atribuciones conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y en especial la facultad de delegación y desconcentración prevista en los artículos 12 de la Ley 80 de 1993, artículo 37 del Decreto Ley 2150 de 1995, los Decretos Distritales 854 de 2001 y 101 de 2004. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en esa Ley, podrán mediante Acto Administrativo, delegar el ejercicio de funciones a sus colaboradores, con el fin de lograr la optimización de los procesos administrativos y financieros, para que se ajusten al desarrollo de la entidad. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 prevé que "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes". Que las facultades que se delegan son aquellas que la Secretaría de Despacho tiene en forma principal, excluyendo las recibidas por delegación que no pueden ser delegadas. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. OBJETO. La presente Resolución tiene por objeto Delegar el ejercicio de funciones a sus colaboradores, con funciones afines o complementarias, inherentes a la gestión de la Entidad. ARTÍCULO 2°. ALCANCE. Las disposiciones de la presente Resolución se aplicarán en la SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT a los procesos contractuales y a otras funciones inherentes a la gestión de la Entidad. ARTÍCULO 3°. DESCONCENTRACION DE FUNCIONES, TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS. En los distintos procesos administrativos y contractuales se seguirán los trámites y procedimientos establecidos en las normas vigentes las cuales se interpretarán y aplicarán. ARTÍCULO 4°. DELEGACIÓN EN EL SUBSECRETARIO. Delegar en el/la Subsecretario/a de Despacho de la Entidad el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la ordenación del gasto que afecten el presupuesto de Inversión que soporten la operación de la Secretaría Distrital del Hábitat, en los siguientes casos: a. Ordenación de gastos del Presupuesto de Inversión que soporten la operación de la Secretaría Distrital del Hábitat, que se autoricen a través de contratos. b. Ordenación de gastos que se autoricen a través de contratos, y/o convenios interadministrativos: c. Dar aplicación a los principios de terminación, modificación o interpretación unilaterales, cuando a ello haya lugar. d. Designar interventores de suficiente idoneidad. e. Expedir los actos administrativos que se deriven de las anteriores funciones. ARTÍCULO 5°. DELEGACIÓN EN EL/LA DIRECTOR(A) DE GESTIÓN CORPORATIVA. Delegar en el/la Director(a) de Gestión Corporativa el ejercicio de las atribuciones correspondientes a las funciones relacionadas con la planeación, ejecución y control de los procesos administrativos inherentes a la gestión de la Entidad, a la ordenación del gasto y autorización de los pagos que afecten el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría Distrital del Hábitat, de acuerdo al desarrollo contenido en los siguientes numerales. 1. Coordinación del proceso precontractual, contractual y postcontractual a cargo de la Entidad. 2. Ordenación de gastos de funcionamiento que soporten la operación de la Secretaría Distrital del Hábitat, sus respectivas adiciones o modificaciones. 3. Ordenación del gasto y aprobación de pagos de nómina e inherentes. 4. Aprobación de pagos de funcionamiento e inversión a contratistas, siempre y cuando estén debidamente perfeccionados. 5. Designar interventores de suficiente idoneidad. 6. Solicitar Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Registros Presupuestales de funcionamiento e inversión. 7. Concesión de permisos y licencias no remuneradas, a los funcionarios de la Entidad, con excepción del Nivel Directivo. 8. Ordenación de bajas de inventarios de bienes inservibles y obsoletos. 9. Legalización de Cajas Menores. 10. Pago de servicios públicos. 11. Pago de todos los impuestos que por Ley deban ser asumidos por la Entidad. 12. Liquidación de contratos y convenios sin consideración a la cuantía. 13. Expedición de constancias y/o certificaciones de paz y salvo. 14. Aprobación y protocolización de garantías a favor de la SDHT. 15. Expedir los actos administrativos que se deriven de las anteriores funciones. ARTÍCULO 6°. SEGUIMIENTO. Para el cabal cumplimiento de la presente delegación y la sujeción de los delegatorios a las normas que regulan la materia y a los procedimientos, la Oficina Asesora de Control Interno o quien haga sus veces, hará un seguimiento permanente a las diversas actividades que se desarrollen, sugiriendo los correctivos a que haya lugar, de ser necesarios. Así mismo, rendirá un informe mensual a la Secretaria de Despacho, sobre el particular. ARTÍCULO 7°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de Enero de 2008 CATALINA VELASCO CAMPUZANO Secretaria de Despacho |