| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
JUNTA ADMINISTRADORA REGIONAL ACUERDO 004 DE 2008 (Junio 27) "Por medio del cual se modifica la planta de empleos de Trabajadores Oficiales de Canal Capital" LA JUNTA ADMINISTRADORA DE CANAL CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las señaladas en el literal c) del numeral 2 del artículo 19 del Acuerdo 007 de 2005, y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo No. 02 del 7 de diciembre de 2001 de la Junta Administradora Regional, se adoptó la estructura organizacional y se señalaron las funciones de las dependencias de canal Capital. Que mediante Acuerdo No. 03 del 7 de Diciembre de 2001, la Junta Administradora Regional adoptó la planta de cargos de Canal Capital. Que de acuerdo con el estudio técnico adelantado, y por necesidades expresas de la Entidad, se requiere hacer ajustes en la planta de empleos, para efectos del buen funcionamiento del Canal. Que la Junta Administradora Regional en sesión del 6 de Junio de 2008, evaluó y aprobó, previo concepto de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, la modificación de la planta de empleos de Trabajadores Oficiales de la Entidad. Que mediante oficio No. DIR - 1077 de Junio 24 de 2008 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de cargos de trabajadores oficiales del Canal. Que el Subdirector Financiero de la Entidad expidió con fecha 4 de Junio de 2008, certificado de viabilidad presupuestal. Que las modificaciones propuestas no implican erogaciones adicionales al presupuesto de la Entidad y se ajustan a los lineamientos legales. Que por lo expuesto anteriormente, ACUERDA ARTÍCULO 1°. Suprimir los siguientes cargos de Trabajadores Oficiales de la Planta de empleos de Canal Capital:
ARTÍCULO 2°. Crear los siguientes cargos de Trabajadores Oficiales de la Planta de empleos de Canal Capital:
ARTÍCULO 3°. Canal Capital cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:
ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de Junio de 2008
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||