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Resolución 65 de 2006 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital Fontibón II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
--/ 03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0065 DE 2006

RESOLUCIÓN 0065 DE 2006

(Marzo)

"Por la cual se modifica parcialmente y se ajusta el Manual de Funciones y de Competencias Laborales del Hospital Fontibón empresa Social del Estado".

EL GERENTE DEL HOSPITAL FONTIBÓN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y,

CONSIDERANDO

* Que en el Acuerdo No. 011 del 15 de Septiembre de 2.005 se ajusto la Planta de Personal del Hospital Fontibón Empresa Social del Estado a la nomenclatura y Clasificación de Empleos establecida en el Decreto Ley 785 de 2005, quedando pendiente las Jefaturas de Oficina de Participación Social y Atención al Usuario y Gestión Pública y Autocontrol.

* Que mediante Acuerdo No. 012 del 15 de Septiembre de 2005 se ajusto el Manual de Funciones y de Competencias Laborales del Hospital Fontibóm Empresa Social del Estado.

* Que mediante Resolución No. 0249 del 15 de Septiembre la Gerencia Adoptó el Manual de funciones y de competencias Laborales para la entidad.

* Que mediante Acuerdo No. 003 del 17 de Marzo de 2006, la Junta directiva Aprobó el ajuste total de la planta de Personal del Hospital Fontibón Empresa Social del Estado Empresa Social del Estado (sic) a la nomenclatura y Clasificación de Empleos establecida en el Decreto Ley 785 de 2005.

* Que en el Acuerdo No. 003 del 17 de Marzo de 2.006, artículo cuatro (4) la Junta Directiva facultó al Gerente para modificar y ajustar el Manual de funciones y Competencias Laborales de los empleos de Asesor concerniente a Atención al Usuario y Participación Social y Gestión Pública y Autocontrol

* Que en razón al ajuste total de planta, en específico al ajuste correspondiente a la nomenclatura de las Oficinas de Gestión Pública y Autocontrol y Participación Social y atención al Usuario, se hace necesario modificar el Manual de Funciones y Competencias en relación a estos cargos.

* Que la modificación que se requiere corresponde básicamente a la Denominación del Empleo y el Código asignado por el Decreto Ley 785 de 2.005.

* Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Manual de Funciones del Cargo de Jefe de Oficina atención al Usuario y Participación Social, quedando así:

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:

Asesor

Denominación del Empleo:

Asesor

Código:

105

Grado:

04

No. de cargos

Uno (1)

Dependencia:

Gerencia

Cargo del Jefe Inmediato:

Gerente

Naturaleza del empleo

Libre nombramiento y remoción

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Área: Participación Social y atención al Usuario.

Desarrollar in sistema de satisfacción del usuario que enmarcado dentro de las políticas institucionales corresponda al cumplimiento de los objetivos e indicadores del sistema de gestión de calidad.

Propiciar el desarrollo y la articulación de los entes sociales para el trabajo intersectorial.

Gestionar la participación de la comunidad en los planes y programas institucionales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y ajustar los planes y programas del grupo de atención al usuario, para garantizar, mantener y desarrollar un adecuado servicio asistencial, además apoyar las funciones de trabajador social y el promotor de salud del Hospital.

2. Establecer el mejoramiento de la calidad de los servicios del Hospital a partir de la orientación e información y prestación de servicios asistenciales contribuyendo de ésta manera en el bienestar integral de los usuarios;

3. Dar respuestas oportunas, eficientes y eficaces a las solicitudes de orientación e información que formulen los usuarios, colaborando en la integridad y humanización de los servicios;

4. Garantizar respuestas oportunas a las peticiones, quejas y reclamos que presenten los usuarios contribuyendo en el mejoramiento de la calidad de los servicios;

5. Contribuir en la solución de dificultades que se presenten a los usuarios que le impiden la satisfacción plena de los servicios ofrecidos por el Hospital.

6. Representar al Hospital ante la localidad, Secretaría Distrital de Salud área de participación comunitaria, Administradora Régimen Subsidiado, Junta de acción comunal, dirección local y demás entes que lo requieran;

7. Atender consulta, dar respuestas a quejas y reclamos a nivel central (Secretaría Distrital de Salud) o usuarios;

8. Programar, planear, dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de las funciones y actividades del personal de apoyo, Trabajadoras Sociales, Promotores de salud, y demás personal relacionado vinculado al Hospital.

9. Liderar el programa de humanización del hospital en concordancia las directrices de la administración.

10. Coordinar con las diferentes dependencias del Hospital, la adquisición, elementos y equipos necesarios para prestación y promoción eficiente y eficaz de los servicios de Salud del Hospital; así mismo vigilar y responder por el adecuado y racional manejo de los recursos asignados, su nivel de rotación e inventario;

11. Apoyar e impulsar los proyectos y las actividades del Plan de Atención Básica, desarrollando y colaborando con los programas del Hospital, dirigidos a la atención de la problemática derivada de las condiciones de diversa índole existentes en el área;

12. Establecer e impulsar la participación de la comunidad mediante el diseño y aplicación de actividades y talleres tendientes a conformar brigadas de salud, plan de contingencias y emergencias, y formación de líderes, a través de charlas y conferencias sobre promoción y prevención en salud que permitan detectar riesgos epidemiológicos, controlar periódicamente la población expuesta a la contaminación ambiental y la eficaz ejecución de los programas del Hospital;

13. Coordinar y concertar diversas actividades con la Administración del Régimen Subsidiado a través de llamadas, visitas etc;

14. Realizar actividades murales y extramurales visitando a la comunidad influencia para efectuar las encuestas socio – económicos pertinentes y así determinar el diagnóstico y pronóstico de las condiciones reales existentes en la comunidad del área de influencia del Hospital medir los niveles e impacto del servicio;

15. Establecer y mantener las relaciones de coordinación con la comunidad y la empresa, necesarias para lograr una eficaz prestación de los servicios de salud; en caso de presentarse anomalías en este proponer alternativas de solución que redunden en el mejoramiento de la tención y medir su impacto;

16. Contribuir en el diagnóstico y pronóstico de nuevas formas de asistencia en su campo de actividad y de común acuerdo con el equipo del grupo de Atención al Usuario e implementarlas en la práctica. Apoyar al grupo interdisciplinario correspondiente en las actividades tendientes a mejorar la salud y condiciones socio – familiares del área de influencia;

17. Visitar periódicamente las Unidades Básicas de Atención en Salud y las Unidades Primarias de Atención Básica;

18. Responder por los informes periódicos intra e interinstitucionales; y los requeridos que deba rendir la dependencia en razón de su cargo oportunamente, a quien corresponda;

19. Desarrollar los proyectos necesarios para mejorar la gestión del área y fortalecer de esta manera la participación de la comunidad.

20.Asistir a los comités establecidos por los estatutos del Hospital, o a todos aquellos para los cuales sea designado o delegado;

21. Vigilar la puesta en marcha y funcionamiento de su control interno;

22. Mantener, desarrollar e implementar la visión y la misión del Hospital e impulsar y promocionar nuestro portafolio de servicios, teniendo como base el trabajo en equipo.

23. Asesorar cuando sea requerido para ello, las respuestas de las peticiones que formulen al Hospital, velando por su trámite dentro de los plazos legales.

24. Ejercer todas las demás funciones que le sean asignadas por su Jefe inmediato, afines e inherentes a la naturaleza de su empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Plan de satisfacción de usuarios avalado por la gerencia.

2. Informes acerca de las quejas y reclamos de los usuarios que permitan la toma de decisiones para implementar los correctivos necesarios.

3. Plan de participación social y comunitaria para lograr integralidad de los servicios y, corresponsabilidad en la salud de los usuarios del Hospital.

4. Informes de gestión del área a su cargo para su consolidación y evaluación dentro del marco del Plan Institucional.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad del sector salud y seguridad social.

2. Conocimiento y manejo de los mecanismos de participación social y comunitaria.

3. Conocimientos generales del sector público con énfasis en salud.

4. Conocimiento en trabajo en redes sociales

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios

Título universitario en Áreas de la Salud, Administración Pública, Administración de empresas, Trabajo Social o Economía.

Título de postgrado en áreas administrativas o áreas de la salud

Experiencia

Cuatro (4) años de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Manual de Funciones del Cargo de Jefe de Oficina Gestión Pública y Autocontrol, quedando así:

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:

Asesor

Denominación del Empleo:

Asesor

Código:

105

Grado:

04

No. de cargos

Uno (1)

Dependencia:

Gerencia

Cargo del Jefe Inmediato:

Gerente

Naturaleza del empleo

Libre nombramiento y remoción

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Área: Gestión Pública y Autocontrol.

Acompañar a las diferentes áreas en la estandarización de los procesos que lleven al cumplimiento de los objetivos institucionales dentro del marco de los procesos y procedimientos establecidos por la institución, así como velar por la protección de los bienes y recursos de la entidad en virtud de la Constitución Política Nacional y de la Ley 87 de 2.003

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. coordinar el área de Gestión Pública y autocontrol para el cumplimiento de la gestión del sistema de Control Interno de la entidad

2. Velar por el cumplimiento del desarrollo e implementación de la visión y la misión del Hospital fijada por la administración.

3. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de control Interno;

4. Verificar la implementación y funcionamiento del Sistema de control Interno acorde a la Ley y a las necesidades de los procesos institucionales y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los empleados y, en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando;

5. Fortalecer la cultura de autocontrol en pro del mejoramiento de la actitud de los funcionarios.

6. Asesorar técnicamente al Hospital en el mejoramiento de los procesos administrativos y en la conducción ordenada de sus actividades.

7. Verificar los controles definidos para los procesos y actividades del Hospital, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;

8. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades del Hospital, estén adecuadamente definidos, sean apropiados al proceso de mejoramiento continuo de Gestión de Calidad.

9. Vigilar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos, metas del Hospital y recomendar los ajustes necesarios;

10. servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados;

11. Verificar los procesos relacionados con los procesos asistenciales, el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información del Hospital y recomendar los correctivos que sean necesarios.

12. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal diseñe el Hospital;

13. Liderar y consolidar todo el proceso de levantamiento de Manuales de Procesos y procedimientos, y realizar su actualización permanente.

14. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro del Hospital, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las faltas en su cumplimiento;

15. Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas por la Gerencia.

16. Vigilar la puesta en marcha y funcionamiento de su control Interno;

17. Controlar el manual de procedimientos en las Unidades Básicas de Atención en Salud, las Unidades primarias de Atención en Salud, y centro de Atención Inmediata, y en general en todas las dependencias de la Institución.

18. Vigilar el cumplimiento de los procesos y procedimientos que faciliten la gestión y los indicadores óptimos para la Institución.

19. Velar por la implementación y cumplimiento de los controles a los riesgos inherentes a los procedimientos institucionales.

20. Asesorar a la Gerencia en la toma de decisiones pertinentes, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.

21. Velar por la implementación y fortalecimiento y mantenimiento del Sistema de Gestión de calidad acorde a la normatividad vigente.

22. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos en los manuales y reglamentos de la Institución.

23. Ejercer todas las demás funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato, afines e inherentes a la naturaleza de su empleo;

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Informes de Gestión del área para el monitoreo frente al Plan de Desarrollo Institucional.

2. consolidación de información para los entes de control con criterios de calidad en su elaboración y presentación.

3. Orientación y monitoreo del sistema de control interno de la entidad para el mejoramiento continuo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento normas de auditoria generalmente aceptadas. (NAGA)

2. Conocimiento del Sistema de control Interno (Componentes)

3. Conocimientos en sistema de Gestión de Calidad.

4. Conocimiento de la normatividad del sector salud y seguridad social.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios

Título universitario en Áreas de la Salud, Administración Pública, Administración de empresas, Contaduría, Economía.

Título de postgrado en Control Interno o Salud Pública o Gerencia Hospitalaria o Administración en Salud í áreas Administrativas o auditorias.

Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley

Experiencia

Cuatro (4) años de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los (…) días del mes de marzo de 2006

REYES MURILLO HIGUERA

Gerente