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RESOLUCIÓN 198 DE 2008 (Octubre 15) Derogada por el art. 9, Resolución I.P.E.S. 34 de 2009 "Por la cual se modifica la RESOLUCIÓN No. 137 de 2008". LA DIRECTORA GENERAL En uso de sus atribuciones legales, estatutarias y especialmente las conferidas por el Artículo 3 del Acuerdo No. 25 de 1972 del Concejo Distrital, el Decreto 1421 de 1993, del Artículo 79 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo Distrital y el Acuerdo IPES – JD No. 0002 del 2 de enero de 2007 de la Junta Directiva del IPES, CONSIDERANDO QUE: A través de la RESOLUCIÓN No. 137 de 2008 del veintinueve (29) de agosto de dos mil ocho (2008) se reglamentó el proceso de identificación, selección y asignación de los vendedores informales que se ubicarán en los puntos de venta de la REDEP en la fase I etapa 2, para el uso regulado del espacio público de la Localidad de Chapinero. En virtud de lo contemplado en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Una de las alternativas para la relocalización de vendedores informales lo constituye los Puntos de venta de la RED PÚBLICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL USUARIO DEL ESPACIO PÚBLICO –REDEP- localizados en zonas de aprovechamiento regulado, con el que se busca brindar oportunidades efectivas de formación integral y generación de empleo e ingreso al colectivo de vendedores informales. El Comité Interinstitucional del Plan Maestro de Espacio Público, según el acta Nº 29 del 13 de junio de 2007, reiteró la actividad a cargo del IPES, de formalizar los criterios de selección de los destinatarios del programa REDEP, criterios que ya han sido debidamente estudiados por el INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL - IPES, la MESA TÉCNICA DE APOYO AL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DEL PLAN MAESTRO DE ESPACIO PÚBLICO - MTA, y la SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO – SDDE, que han sido acogidos por el Comité en pleno. El IPES es el encargado de administrar el programa "Red de Prestación de Servicios a Usuarios del Espacio Público" REDEP, el cual tiene como uno de sus objetivos fundamentales a través del mobiliario urbano en el espacio público, proporcionar una alternativa comercial para desarrollar durante un periodo de dos años un proceso de apoyo a vendedores informales, para que éstos adelanten un proceso de transición hacia la formalidad de su actividad económica. El IPES publicó el día 6 de septiembre de 2008 en diarios de amplia circulación del Distrito Capital, el listado de vendedores convocados de la Localidad de Chapinero, que cumplan con los requisitos señalados en el artículo cuarto de la RESOLUCIÓN No.137 de 2008 de agosto 29 de 2008. El IPES informó a través de comunicaciones escritas dirigidas a los domicilios reportados en la base de datos del registro individual de vendedores informales, por cada uno de los vendedores convocados a participar en el proceso descrito en el artículo cuarto de la RESOLUCIÓN No. 137 de 2008 de agosto 29 de 2008, el procedimiento para manifestar el interés de participar en el proceso descrito en la mencionada resolución. La entidad realizó la convocatoria a los vendedores informales que cumplían los requisitos descritos en el artículo cuarto de la RESOLUCIÓN IPES No. 137 de 2008, mediante llamadas telefónicas a los números reportados por los mismos vendedores en el registro individual de vendedores informales de la base de datos del IPES, y a su vez, una reunión con los vendedores informales el 6 de octubre de 2008 en el Establecimiento THEATRON (Calle 58 # 10 – 31), convocatoria difundida en la localidad de Chapinero mediante Circular N0. 100 de 2008. Surtido el proceso de selección correspondiente a la primera convocatoria para vincular a vendedores informales de la Localidad Chapinero a los puntos de venta de la REDEP, Fase I Etapa 2, en la cual se convocó a 722 vendedores informales para 240 alternativas comerciales en la REDEP y que a la fecha 62 vendedores informales han cumplido la etapa de selección, quedando cupos disponibles para la asignación de las alternativas, esta Entidad considera necesario ampliar los criterios de selección de la población objetivo, con el propósito de ofrecer nuevas oportunidades de inclusión en la Red Pública de Prestación de Servicios a los Usuarios del Espacio Público - REDEP, Fase I etapa 2, para uso regulado del Espacio Público en la Localidad de Chapinero. Con el fin de ampliar el criterio de identificación de los vendedores informales que se ubicarán en los puntos de venta de la REDEP en la fase I etapa 2, para el uso regulado del espacio público de la Localidad de Chapinero, se hace necesario modificar la Resolución No. 137 de 2008 del veintinueve (29) de agosto de dos mil ocho (2008), ajustándola a las nuevas realidades y necesidades observadas durante la vigencia y aplicación de la misma, que garantice no sólo la aplicación de criterios de mérito, idoneidad y transparencia en el acceso a las diversas formas de aprovechamiento económico, sino también que optimice la asignación de recursos para el programa y garantice una evaluación exitosa del mismo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo Primero. El contenido del numeral 1 del artículo cuarto de la Resolución No. 137 de 2008 del veintinueve (29) de agosto de dos mil ocho (2008), quedará de la siguiente manera: Artículo cuarto. Etapa de identificación. Numeral primero Vendedores informales de la localidad de Chapinero registrados en la base de datos del IPES antes del 31 de diciembre de 2004. Artículo Segundo. Vigencia: Esta resolución rige a partir de su fecha de expedición y modifica la RESOLUCIÓN No. 137 de 2008 del veintinueve (29) de agosto de dos mil ocho (2008), en lo expresamente contenido en este documento. Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de octubre de 2008. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE INÉS ELVIRA ROLDÁN PARDO Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4094 de noviembre 7 de 2008 |