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RESOLUCIÓN 046 DE 2006 (Febrero 22) "Por la cual se planean y organizan las actividades del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias- Fopae" EL REPRESENTANTE LEGAL DEL FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DE BOGOTÁ – FOPAE en ejercicio de sus facultades legales, en especial lo establecido en el artículo 18 del Decreto 652 de 1990 RESUELVE ARTÍCULO 1. Organización. Las actividades del FOPAE serán adelantadas de acuerdo con la siguiente organización:Dirección General. A la Dirección General, además de las funciones que el Consejo Directivo le delegue, le corresponde, de acuerdo con las disposiciones que regulan el funcionamiento de la entidad, las siguientes: 1. Ejecutar y hacer cumplir las disposiciones estatutarias del Fondo y las determinaciones del Consejo Directivo. 2. Expedir los actos y celebrar los contratos necesarios para el desarrollo del objeto del Fondo. 3. Prepara y presentar al Consejo Directivo, los informes, documentos y en general todos los soportes requeridos según los estatutos del Fondo y demás normas legales. 4. Dirigir y controlar los procesos de contratación para el desarrollo del fondo de acuerdo con las normas vigentes. 5. Dirigir los programas, proyectos y demás actuaciones que adelante el Fondo, de acuerdo con los objetivos del mismo. 6. Dirigir los aspectos laborales del Fondo. 7. Dirigir y orientar el gasto del Fondo y administrar los recursos y bienes del Fondo. 8. coordinar con las diferentes dependencias las actividades necesarias para el desarrollo de los proyectos que desarrolle el Fondo. 9. Establecer las estrategias encaminadas a garantizar la adecuada ejecución de los proyectos y en general el funcionamiento del Fondo. 10. Establecer los procedimientos necesarios para la toma de decisiones relacionada con la ejecución de proyectos, alternativas de inversión, rentabilidad y proyecciones del Fondo. 11. Establecer las políticas de promoción de proyectos para el cumplimiento del objeto del Fondo. 12. Definir políticas sobre el manejo del talento humano, recursos financieros, corporativos y de informática de acuerdo con la Ley, los Estatutos Orgánicos, buscando asegurar el cumplimiento de la misión institucional. 13. dirigir de forma directa o delegada en Directores Técnicos, las actividades relacionadas con el desarrollo de los proyectos del Fondo. 14. Establecer, mantener y perfeccionar el sistema de Control Interno de acuerdo a la naturaleza, estructura y misión del Fondo. 15. Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía y los funcionarios del Fondo. 16. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia. 17. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la entidad, así como las funciones que le señalen los Acuerdos del Consejo y otras disposiciones legales. 18. Fortalecer la relación del SDPAE con el SNPAD y su inserción en la comunidad internacional. 19. Seguimiento a las relaciones con el Concejo de Bogotá. 20. Diseño e implementación de un observatorio de indicadores de gestión de riesgo. 21. Definición de lineamientos, políticas y estrategias para prevención y mitigación de riesgos. 22. Promover la reducción de la vulnerabilidad fiscal del Distrito frente a desastres naturales. 23. Coordinar la Comisión de Planeación. 24. Coordinar el Comité Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias del SDPAE. Área de Información Pública. A través del Área de Información Pública, el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el Representante Legal de la Entidad o el Consejo Directivo señalen. 1. Mantener una estrategia de información pública en temas de prevención de riesgos y atención de emergencias dirigida a diferentes sectores de la población. 2. Manejo de información pública en situaciones de emergencias. 3. Fortalecer la imagen institucional de la entidad. 4. Articular los requerimientos de los escenarios de gestión territorial y sectorial a la estrategia de información pública del SDPAE. 5. Las demás funciones que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza de la dependencia. Área de Apoyo Institucional A través del Área de Apoyo Institucional, el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el representante Legal de la entidad o el Consejo Directivo señalen: 1. Registrar, custodiar y dar fe sobre los actos jurídicos del Fondo. Ejercer el control del cumplimiento de todos los compromisos que de estos actos se deriven. 2. Ejercer las funciones de Secretaría del Consejo Directivo del Fondo y demás órganos de asesoría y coordinación que le indique el Director. 3. Refrendar los actos administrativos emanados del Consejo Directivo y de la Dirección de la entidad cuando sea necesario. 4. Velar por el cumplimiento de las disposiciones, normas y reglamentos emanados por el Consejo Directivo y la Dirección. 5. Autenticar las copias de los actos administrativos y demás documentos oficiales que se requieran por parte de la entidad o por parte de terceros debidamente autorizados. 6. Elaborar y tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de acuerdos, resoluciones y contratos que deban someterse a la consideración o aprobación del consejo Directivo o la Dirección General. 7. Asesorar al Director en todas las materias relativas a la suscripción de contratos, convenios y demás actos jurídicos, y asegurar el cumplimiento de los compromisos que de ellos se deriven. 8. Adelantar los procesos disciplinarios de los funcionarios de la entidad. 9. Representar judicialmente al Director ante las autoridades competentes cuando fuere el caso. 10. Representar al Director General del Fondo, cuando éste lo determine, en reuniones relacionadas con asuntos de competencia de la Entidad. 11. Ejercer las funciones de Secretario del Comité de Dirección y comunicar las decisiones pertinentes a las dependencias respectivas. 12. Asesorar al Director en la definición de todos los requisitos de carácter legal que deban satisfacer las distintas operaciones realizadas por la entidad. 13. Asistir a las dependencias de la entidad, en todo lo relativo al cumplimiento y diligenciamiento de trámites legales asociados con el desarrollo de sus funciones. 14. Asesorar a la Dirección de la entidad en la planeación y control de las actividades en materia financiera, administrativa y de gestión humana y velar porque los procesos de tipo financiero (presupuestal, de pagos, contables), administrativo (servicios generales, compras, almacén y de archivo y correspondencia), y de gestión humana se cumplan. 15. coordinar el manejo de los recursos financieros para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y a las metas propuestas. 16. Asesorar a la Dirección en la formulación e implementación de los planes, políticas y procesos para la administración y control de los recursos humanos, físicos y financieros del Fondo. 17. Asesorar al Director en la gestión de ordenación del gasto y del pago y en la coordinación de las gestiones y relaciones con las entidades del Distrito y con las Entidades de control administrativo, financiero y fiscal. 18. Coordinar la apertura y cierre de vigencia del presupuesto en cada año, la Programación del PAC así como la presentación de los informes mensuales correspondientes. 19. Hacer el seguimiento a la ejecución del presupuesto de vigencia y de reservas en coordinación con el Grupo Financiero conforme a las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes. 20. Dirigir, coordinar y controlar programas administrativos tendientes a optimizar la utilización del talento humano mediante programas de bienestar y capacitación. 21. Velar por el buen manejo, actualización y control de las hojas de vida de los funcionarios y contratistas del Fondo así como la aplicación de la carrera administrativa y la evaluación del desempeño en concordancia con las normas establecidas para el efecto. 22. Gestionar aplicar y controlar los recursos financieros asignados al Fondo por parte de la Secretaría de Hacienda del Distrito, velando por que los procesos de presupuesto, pagos y contabilidad se realicen de conformidad con las normas vigentes. 23. Presentar para aprobación de la Dirección General informes de los estados financieros, de tipo presupuestal y de pagos del Fondo. 24. Proponer a la Dirección General, políticas tendientes a la mejor utilización de los recursos económicos de la Entidad con el fin de optimizar su rendimiento y verificar su desarrollo. 25. Dirigir y controlar las actividades relacionadas con la adquisición de elementos, materiales y equipos, así como la contratación de servicios generales. 26. coordinar con las dependencias del Fondo la elaboración del Plan de Compras y del Plan de contratación para garantizar el cumplimiento de las funciones de la entidad y velar por su cumplimiento. 27. Velar por el cumplimiento de lo dispuesto por la Contraloría General de la República en lo relacionado con el manejo del Sistema Integral de Contratación Estatal SICE. 28. Formular, en coordinación con los responsables de área, los proyectos de inversión de la entidad de acuerdo con las políticas y metodologías que imparta el Gobierno Distrital. 29. Inscribir los proyectos factibles de la entidad en el Banco de Programas y Proyectos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital. 30. Efectuar la programación anual física y financiera de la Inversión del FOPAE. 31. Brindar asesoría y asistencia técnica a los responsables del manejo de los proyectos en la formulación, programación y seguimiento a los mismos. 32. Proponer los indicadores de gestión, en coordinación con todas las áreas de la entidad, tendientes a la ejecución de políticas, programas y proyectos, y llevar el sistema de información de los mismos, así como diseñar los instrumentos de seguimiento y evaluación de tales indicadores y del desempeño general de la entidad. 33. Preparar, en coordinación con Planeación, los grupos de Financiera, Administrativa, de Gestión Humana y Coordinaciones misionales, el anteproyecto y proyecto de presupuesto de inversión de la entidad para cada vigencia fiscal, con sujeción a las normas vigentes. 34. Elaborar el concepto de viabilidad técnica necesario para tramitar las modificaciones al presupuesto de inversión, y efectuar su trámite ante el DAPD, una vez aprobado por el DAPD enviarlo a Secretaría de Hacienda. 35. Elaborar el Plan Operativo anual de Inversiones (POAI) de la entidad. 36. Formular el presupuesto por resultados (POR) y efectuar su seguimiento 37. Consolidar y procesar la información que se origine en las áreas, relativas a la ejecución del presupuesto de inversión y seguimiento a la gestión. 38. Interactuar con la Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital en lo referente a ejecución, seguimiento físico y financiero de los proyectos de inversión. 39. Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos que permitan racionalizar y hacer eficiente la gestión administrativa. 40. Apoyar las actividades de ejecución interna y externa referentes al desarrollo organizacional del FOPAE. 41. coordinar la elaboración, análisis y aprovechamiento de los datos estadísticos obtenidos de cada una de las Subdirecciones. 42. Asesorar al Director en la definición y establecimiento de políticas en materia de organización, métodos y procedimientos de trabajo. 43. Coordinar la implementación y efectuar el seguimiento del plan estratégico o de gestión de la entidad. 44. Coordinar la producción de informes dirigidos a los organismos de control y de requerimientos varios. 45. Realizar el autocontrol y velar porque el personal de la dependencia lo realice. 46. Las demás actividades que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza del área. Área de Gestión Territorial. A través del Área de Gestión Territorial el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el representante legal de la entidad o el Consejo Directivo señalen: 1. Mantener un diagnóstico actualizado sobre los procesos generadores del riesgo público y actores claves de cada uno de los escenarios territoriales. 2. Coordinar, concertar y hacer el seguimiento del Plan de acción en cada escenario territorial en desarrollo de las políticas, programas, proyectos e instrumentos definidos en el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias. 3. Aumentar la capacidad de autogestión de la población a través de la apropiación y socialización del conocimiento sobre el riesgo, promoción del concepto de corresponsabilidad y organización y participación ciudadana. 4. Fortalecer los Comités Locales de Emergencia. 5. Gestionar y promover la ejecución de obras de mitigación d riesgo. 6. Coordinar y hacer seguimiento a la función de la entidad en el programa de reasentamiento de familias. 7. Promover la articulación de los planes e inversiones de las localidades en relación con los planes de acción de cada escenario territorial. 8. coordinar la ejecución de los planes de contingencia derivados de la declaratoria de emergencia distrital en lo relacionado con los escenarios territoriales. 9. Apoyar el diseño e implementación de planes de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo sostenible post evento derivados de la declaratoria de emergencia distrital en lo referente a los escenarios territoriales. 10. Participar en las reuniones de concertación interinstitucional para la toma de decisiones en lo referente a la gestión territorial. 11. Apoyar la coordinación de emergencias en los escenarios territoriales. 12. coordinar la Comisión de Gestión Social, Educativa y Participación Comunitaria del SDPAE. 13Coordinar la Comisión de Medio Ambiente y Vivienda del SDPAE. 14. Las demás actividades que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza del área. Área de Gestión Sectorial. A través del Área de Gestión Sectorial, el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el Representante Legal de la Entidad o el Consejo Distrital señalen: 1. Mantener un diagnóstico actualizado sobre los procesos industriales, económicos y de servicios públicos generadores del riesgo público y actores claves de cada uno de los escenarios sectoriales. 2. Coordinar, concertar y hacer el seguimiento del Plan de acción en cada escenario sectorial en desarrollo de las políticas, programas, proyectos e instrumentos definidos en el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias. 3. Aumentar la participación del sector industrial, productivo y de servicios públicos a través de la apropiación y socialización del conocimiento sobre el riesgo y promoción del concepto de corresponsabilidad. 4. Articular los planes de acción sectoriales con los Comités Locales de Emergencia. 5. Gestionar y promover la ejecución de medidas de reducción de vulnerabilidad. 6. Promover la articulación de los planes e inversiones de las localidades en relación con los planes de acción de cada escenario sectorial. 7. Acompañar la coordinación de la ejecución de los planes de contingencia derivados de la declaratoria de emergencia distrital. 8. Apoyar el diseño e implementación de planes de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo sostenible post evento derivados de la aclaratoria de emergencia distrital en lo relativo a los procesos industriales, económicos y de servicios públicos. 9. Facilitar la articulación de los preparativos de emergencia en los escenarios sectoriales. 10. Participar en las reuniones de concertación interinstitucional para la toma de decisiones en lo referente a la gestión sectorial. 11. Apoyar la coordinación de emergencias en los escenarios sectoriales. 12. Coordinar la Comisión de Infraestructura, Movilidad y Servicios Públicos del SDPAE. 13. Las demás actividades que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza del área. Área de Investigación y Desarrollo. A través del Área de Investigación y Desarrollo, el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el Representante Legal de la entidad o el Consejo Directivo señalen: 1. Generar términos de referencia (estudios, obras, zonificación y modelos, entre otros) a partir del conocimiento de riesgos socio- naturales y tecnológicos acordes a las necesidades de los escenarios de gestión. 2. Generar y proveer metodologías, especificaciones técnicas e instrumentos para la identificación, análisis y evaluación de riesgos y promover su implementación. 3. Realizar el seguimiento a los estudios y obras que se desarrollen de acuerdo con la agenda concertada con los escenarios de gestión. 4. Coordinar, diseñar y operar las redes de monitoreo, vigilancia y sistemas de alerta que sean competencia de la entidad. 5. Elaborar los conceptos técnicos de amenaza o riesgo para los instrumentos de planeamiento, expedición de licencias y permisos y procesos judiciales que lo requieran. 6. Identificación y priorización de familias localizadas en zonas de alto riesgo no mitigable. 7. Diseñar políticas e instrumentos que faciliten la inclusión del tema de la gestión del riesgo a nivel de la educación formal e informal en Bogotá. 8. Promover la investigación en el tema de la gestión del riesgo en el SDPAE a través de la vinculación del sector académico. 9. Garantizar la operación y actualización permanente del sistema de Información sobre la Gestión del Riesgo en Bogotá – SIRE. 10. Preservar la información sobre amenazas y riesgos de la ciudad. 11. Apoyar la coordinación de emergencias de acuerdo con las temáticas que se llevan a cabo en la Subdirección. 12. Las demás actividades que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza del área. Área de Emergencias. A través del Área de Emergencias, el FOPAE realizará las siguientes actividades, sin perjuicio de las demás que el Representante legal de la Entidad o el Consejo Directivo señalen: 1. Coordinar y asesorar el diseño e implementación de: planes de emergencia, contingencia, modelos organizacionales y protocolos operativos. 2. Coordinar y asesorar el diseño, implementación y actualización de un sistema de logística para la respuesta a emergencias. 3. Coordinar y asesorar el diseño, implementación y administración de la Red Distrital de comunicaciones de emergencia. 4. Coordinar y asesorar el diseño, implementación y actualización de un sistema de información para la respuesta a emergencias. 5. Coordinar y asesorar el diseño e implementación de un programa de fortalecimiento, promoción y capacitación de grupos operativos voluntarios y brigadas de emergencias institucionales, empresariales o comunitarias. 6. Elaborar diagnósticos de amenaza, vulnerabilidad y riesgo. 7. Asistencia técnica en situaciones de emergencia y para la definición de los planes de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo sostenible. 8. Coordinación de la respuesta a emergencias en el D.C. 9. Establecer lineamientos y políticas de preparativos para emergencias derivadas de Eventos Masivos y concentraciones de público. 10. Secretaría técnica de comisión operativa y demás instancias interinstitucionales o temáticas que le sean delegadas por el Director. 11. Fortalecer la capacidad local de respuesta. 12. Las demás actividades que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza del área. Órganos de Asesoria y Coordinación. Para el mejor funcionamiento de la entidad se conformarán Comités Temáticos que asesoraran a la Dirección en los aspectos que esta determine y sin perjuicio de aquellos creados por disposiciones superiores. Grupos Internos. Se conformarán grupos internos de trabajo, de acuerdo con la estructura funcional de la organización, las necesidades del servicio y los programas y proyectos de la entidad, con el fin de desarrollar con eficiencia las acciones y cumplir con la misión. ARTÍCULO 2. Vigencia: La presente Resolución tendrá vigencia desde el momento de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá Distrito Capital, a los 22 días del mes de febrero de 2006. FERNANDO RAMÍREZ CORTÉS Representante Legal |