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Directiva 10 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/08/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/08/1998
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

(CÓDIGO CJA23011998) UNIDADES EJECUTIVAS DE LOCALIDADES

DIRECTIVA 010 DE 1998

(Agosto 26)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO Y MIEMBROS DE GABINETE

DE:

Alcalde Mayor

ASUNTO:

UNIDADES EJECUTIVAS DE LOCALIDADES 1999

INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

Ver la Directiva Distrital 3 de 1998 , Ver la Directiva Distrital 8 de 1998 , Ver la Directiva Distrital 17 de 1998 , Ver el art. 35, Decreto Distrital 854 de 2001

Con el fin de dar continuidad al proceso estipulado en el Decreto 176 de 1998 y consolidar la estructura logística de las Unidades Ejecutivas de Localidades, las entidades del nivel central, Secretarías y Departamentos, deberán disponer todo lo necesario para garantizar su funcionamiento durante la próxima vigencia, para lo cual se hace necesario establecer previamente los requerimientos presupuestales, humanos, logísticos y de infraestructura general para su óptimo desarrollo.

En tal sentido, deberá asignarse en cada entidad un proyecto específico de funcionamiento de las UEL que cubra todas las necesidades logísticas y fortalezca al máximo la gestión que éstas deberán realizar en los próximos años, teniendo en cuenta que su desempeño es una política prioritaria y estratégica para la aplicación del Plan de Desarrollo del Distrito en las localidades.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.

Alcalde Mayor