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Resolución 95 de 2006 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
02/08/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/08/2006
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 95 DE 2006

(Agosto 2)

"Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA de la Veeduría Distrital y se ordena su divulgación e implementación al interior de la Entidad".

LA VEEDORA DISTRITAL,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 4° del Acuerdo 24 de 1993 y por el Decreto-ley 1567 de 1998 y

CONSIDERANDO,

Que la Constitución Política de Colombia, consagra y reconoce en el artículo 79 los derechos colectivos para gozar de un ambiente sano.

Que el Acuerdo 19 de 1996, adoptó el Estatuto General de Protección Ambiental del Distrito Capital y estableció en el Capítulo II el funcionamiento del Sistema Ambiental del Distrito Capital SIAC, definiendo actores y compromisos de la gestión ambiental en el Distrito.

Que el Decreto Distrital 061 de 2003, "Por el cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital PGA, elaborado por el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente -DAMA, con proyección a 10 años" en su artículo 12°.-, establece que la formulación y el cumplimiento del Plan Institucional de Gestión -PIGA, debe darse en el marco de las políticas, objetivos, estrategias y programas del Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital -PGA, con la programación de actividades de la Entidad, en cada uno de los escenarios de gestión, identificando y programando necesidades y formas de coordinación interinstitucional.

Que la norma precitada establece que el PIGA de cada Entidad, y los ajustes necesarios en su ejecución, deben ser concertados con el DAMA, Entidad encargada de brindar apoyo y asesoría técnica y de efectuar seguimiento al proceso de implementación.

Que el Decreto Distrital 400 de 2004, impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales, y señala el objeto y ámbito de aplicación, principios, coordinación y asesoramiento, promotores institucionales, contenido mínimo del plan de acción interno y disposición de aplicación inmediata, aspecto que debe ser integrado en el PIGA de cada entidad.

Que el Acuerdo Distrital 119 de 2004, "Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004-2008 "Bogotá sin Indiferencia un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", plantea en el artículo 12, como parte de las políticas del Eje Urbano Regional, la política de sostenibilidad ambiental como: "La construcción colectiva del equilibrio entre el sistema ambiental y los procesos de uso y aprovechamiento de los recursos es una condición fundamental para preservar la estructura ecológica principal; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales; procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad; proteger las áreas de sustento, y promover en las empresas y la ciudadanía una cultura que garantice los derechos colectivos y del ambiente. La gestión ambiental tendrá como propósitos recuperar y mantener la calidad del agua, del aire y del suelo, mejorar la calidad sensorial percibida, conservar la biodiversidad, implementar medidas para la estabilidad climática y controlar los riesgos asociados a fenómenos naturales, tecnológicos y biológicos".

Que para dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia de gestión ambiental, especialmente al Decreto Distrital 061 de 2003, y de conformidad con los lineamientos técnicos y la asesoría brindada por el DAMA, la Entidad, a través de su Oficina Asesora de Planeación, formuló su Plan Institucional de Gestión Ambiental, en el formato diseñado y con la metodología establecida, el cual fue aprobado por el Comité del PIGA en la sesión del 9 de marzo de 2006, y remitido al DAMA, con sus anexos correspondientes, para su estudio y aprobación.

Que el DAMA, estudió el documento presentado por la Veeduría Distrital y mediante Acta de Concertación del 10 de julio de 2006 conceptuó que el PIGA responde a los lineamientos dados por ese Departamento.

Que en la mencionada Acta, la Veeduría Distrital se comprometió a garantizar que todas sus acciones misionales con incidencia en la calidad ambiental distrital estén enmarcadas en los lineamientos planteados en el Plan de Gestión Ambiental del Distrito -PGA, a adoptar, implementar y hacer seguimiento a su PIGA, y a reportar al DAMA los avances, dificultades y requerimientos de apoyo que surjan en el proceso.

Que la Veeduría Distrital como organismo de vigilancia y control preventivo que trabaja sobre la autorregulación institucional y la promoción del control ciudadano para la transparencia y efectividad de la gestión pública, apoya a la Administración Distrital en aras de mejorar sus niveles de transparencia, visibilidad y efectividad y en consecuencia, no tiene una actividad económica que produzca algún tipo de impacto ambiental sobre el entorno o al interior de la Entidad y la mayor cantidad de residuos que produce, están relacionados con su gestión administrativa.

Que por lo anterior, las acciones que desarrolla la Entidad, son básicamente de evaluación, pedagógicas, metodológicas y de asesoría, por lo tanto, no implican la ejecución directa de proyectos que tengan como propósito la inversión ambiental, y en consecuencia, no es posible diseñar un programa de gestión ambiental externa.

Que de todas maneras, dadas las atribuciones e imperativos legales de la Veeduría Distrital, de independencia, autonomía y objetividad, establecidos en las funciones dadas en el Acuerdo Distrital 024 y en el Decreto Nacional 1421 de 1993, implican la obligación de hacer seguimiento y evaluar el impacto de las políticas adoptadas, así como la ejecución de cada uno de los programas, entre ellos los aspectos ambientales, por lo que con sus acciones misionales de vigilancia, evaluación y control preventivo pueden propender por elevar la incidencia en las políticas de calidad ambiental del Distrito Capital.

Que al interior de la Entidad, se han impartido directrices de austeridad para disminuir el consumo y el valor pagado por los servicios públicos y se han programado e implementado acciones relacionadas con la salud ocupacional, la seguridad industrial, la gestión de residuos sólidos, todo lo anterior, en cumplimiento de las disposiciones específicas que regulan estos temas.

Que la Veeduría Distrital debe desarrollar estrategias generales de sensibilización y proyectos específicos, en relación con el mejoramiento de las condiciones ambientales, el uso, con conciencia ambiental, de recursos como la energía, el agua y el aire, y el diseño e la implementación de criterios ambientales para la compra y uso de insumos, tanto en la gestión misional como en la de apoyo administrativo.

Que la Veeduría Distrital, debe contribuir al cumplimiento de los planes y estrategias institucionales y distritales, facilitando la toma de decisiones con procesos de planeación integral, y de coordinación que garanticen una adecuada articulación con los demás sistemas de gestión.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA, de la Veeduría Distrital, según se describe a continuación, como un instrumento de planificación que parte de un análisis descriptivo e interpretativo de la situación ambiental de la Entidad, de su entorno, y de sus condiciones ambientales internas, para plantearse programas, proyectos y metas dirigidos a alcanzar mejores condiciones ambientales internas y aportar al mejoramiento de la gestión ambiental del Distrito Capital:

A. Principios y política ambiental de la Veeduría

1. Principios

a. Planificación: Es el instrumento principal de la Veeduría Distrital para fijarse objetivos y para determinar las acciones dirigidas a alcanzar metas precisas.

b. Coordinación: La Entidad para el desarrollo de sus acciones en materia ambiental, coordinará acciones con las entidades rectoras del tema y con otras entidades u organizaciones que puedan aportar en el logro de objetivos comunes.

c. Participación: La planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del PIGA, privilegiará formas de gestión participativas, con el fin de que las inquietudes e iniciativas de todas y todos sean tenidos en cuenta. Siempre se propenderá por convocar la participación de todos los actores sociales en los procesos adelantados.

d. Interés general: En las acciones ambientales que implementen la administración de la Entidad, siempre se tendrá en cuenta y primará, el interés general.

e. Sostenibilidad: La Entidad procurará que las acciones en materia ambiental ser sostenibles en el tiempo.

2. Política ambiental de la Veeduría Distrital:

a. En concordancia con el Acuerdo 079 del año 2003 por el cual se adopta el Código de Policía vigente, está prohibido fumar en las instalaciones de la Veeduría Distrital.

b. En la evaluación de la gestión de las entidades distritales, en temas de impacto, contratación, eficiencia o efectividad de la gestión, se procurará incluir, cuando a ello hubiere lugar, un componente de análisis ambiental.

c. Los hallazgos, diagnósticos y recomendaciones que la Entidad realice y que tengan consecuencias en el tema ambiental, serán comunicados de oficio al DAMA o demás entidades pertinentes.

d. Todas las decisiones o actividades que se proyecten en la Entidad, que puedan tener un impacto ambiental interno, deberán ser estudiadas y probadas por el Comité del PIGA.

e. En la Veeduría Dístrítal, la instancia encargada de velar por el cumplimiento de todos los postulados, propósitos y programación de actividades y objetivos establecidos en el Plan Institucional de Gestión Ambiental es el Comité del PIGA, con la coordinación y liderazgo técnico de la Oficina Asesora de Planeación.

f. La Administración fomentará la realización de campañas y procesos de sensibilización y en general estrategias de educación ambiental al interior de la Entidad.

g. En la Veeduría Distrital se propenderá por generar espacios de diálogo, reflexión para las y los servidores públicos, para desarrollar dinámicas de participación y de concertación que faciliten el conocimiento y apropiación de la Entidad para propiciar una cultura amigable con el ambiente organizacional y externo.

B. Misión, visión y objetivos de la Veeduría Distrital en lo ambiental.

1. Misión: Efectuar vigilancia, control y asesoría para lograr la transparencia y efectividad de la gestión pública mediante el fortalecimiento de la participación para el control social y la autorregulación institucional, en condiciones ambientales internas favorables y respetuosas de su entorno.

2. Visión: Ser una Entidad con un medio ambiente laboral sano y edificante para los usuarios internos y externos, que ayude a propiciar un liderazgo tanto en la construcción de una gestión pública efectiva y transparente como en la promoción y fortalecimiento de un control social sostenible.

3. Objetivos:

3.1. Promover acciones ambientales dinamizadoras de la gestión institucional en la Veeduría Distrital, orientándola hacia la animación de prácticas ambientales ejemplares y la construcción de líneas estratégicas, a partir de su naturaleza de organismo de control de carácter preventivo y sus objetivos misionales.

3.2. Promover espacios de participación, educación y comunicación que permitan reflexionar sobre el papel de la Entidad y de sus servidores, en la solución de las problemáticas ambientales y generar una cultura de responsabilidad ambiental.

3.3. Crear o reforzar prácticas de ecoeficiencia y de manejo ambiental responsable, impulsar iniciativas tales como el cumplimiento de las normas, de carácter ambiental, la gestión integral de residuos, el uso eficiente de agua y energía, incluyendo criterios de ahorro, eficiencia, eficacia y equidad.

3.4. Identificar acciones y programas para el control y manejo de riesgos ambientales institucionales.

C. Fases estratégicas generales para la implementación del PIGA:

El PIGA se estructura a partir de un componente de acción estratégica general, con la cual se busca, por una parte, adelantar la adecuación institucional y normativa requeridas, y de otra, realizar un proceso general de comunicación, divulgación y sensibilización sobre el Plan, su contexto e importancia, aspecto imprescindible para poder implementar adecuadamente cada uno de los proyectos específicos en materia de gestión ambiental. Las fases previstas, son las siguientes:

1. Diagnóstico y Planeación: Es la etapa de preparación de la cultura, y de los aspectos institucionales requeridos para implementar adecuadamente el PIGA, entre ellos la planeación y formulación del presente plan. Como soporte y línea de base se incluye en el Anexo 1, el documento: "Información institucional y de la situación ambiental", en el Anexo 2, el cuadro resumen de diagnóstico sobre las principales características ambientales en la Veeduría Distrital y en el Anexo 3, el cronograma general para la implementación del PIGA.

2. Normatividad y Reglamentación General: En esta fase, se deben adelantar todas las reglamentaciones e impartir las directrices requeridas para que la Entidad cumpla con la normatividad vigente en materia ambiental. Es importante tener en cuenta que gran parte de esta normatividad ya fue expedida entre las vigencias 2004, y 2005. Sin embargo se hará durante el segundo semestre del 2006 una nueva campaña de divulgación de estas normas y además se expedirán todas las demás reglamentaciones que se requieran para soportar la implementación del PIGA, sobre normas de juego claras y conocidas.

3. Sensibilización General sobre el PIGA: Para el éxito de los proyectos definidos en el presente Plan, es muy importante la generación de conciencia sobre la importancia de iniciar y sostener acciones de mejoramiento del medio ambiente interno y del entorno, y su contribución a unas mejores condiciones ambientales de la Ciudad Capital. En este punto es básico explicar la situación ambiental de Bogotá, y las políticas públicas y el marco estratégico concebido para minimizar esta situación. Por lo tanto, está prevista una estrategia de difusión del las normas y planes ambientales y cómo la Veeduría Distrital se debe engranar en este sistema distrital y nacional.

D. Proyectos 2006- 2007

En este acápite se describen los principales proyectos estratégicos que implementará la Entidad durante el periodo 2006- 2008, con la descripción de su objetivo, principales acciones, metas o resultados esperados e indicadores.

En relación con los costos estimados, la Veeduría Distrital no cuenta con un rubro presupuestal específico para atender la implementación del PIGA. Tampoco implementa o ejecuta proyectos de desarrollo o fortalecimiento institucional, que permitan la materialización de los propósitos aquí definidos. Por lo tanto, los costos estimados, se soportan en los recursos que son asignados al presupuesto de funcionamiento de la Entidad, básicamente a través de los rubros de gastos generales tales como: Salud Ocupacional, Mantenimiento, Impresos y Publicaciones, Capacitación y Bienestar Social. (Ver Anexo 5: Cuadro de costos estimados para la implementación del PIGA).

Los siguientes son los proyectos a implementar entre las vigencias 2006 y 2008:

1. Mejoramiento de Condiciones Ambientales:

1.1. Objetivo: Promover acciones que permitan mejorar los ambientes interiores de la Entidad y obtener condiciones ambientales aceptables y sostenibles en el tiempo.

1.2. Principales Acciones:

* Desarrollo de campañas de sensibilización y divulgación sobre consecuencias del tabaquismo.

* Desarrollo de campañas de sensibilización y divulgación sobre consecuencias de contaminación ambiental (auditiva, visual, atmosférica).

* Procesos pedagógicos con servidores públicos sobre importancia de realizar mantenimiento preventivo y control de emisiones de gases a vehículos para disminuir la contaminación ambiental.

* Diseño e implementación de un plan logístico y de mantenimiento para mejorar y hacer sostenibles las condiciones ambientales en la Entidad, especialmente en relación con las luminarias y con la seguridad industrial.

1.3. Meta: El 100% de los servidores públicos de la Entidad perciben que en la Entidad existen condiciones ambientales adecuadas para la salud y el clima organizacional.

1.4. Indicadores:

Número de servidores públicos capacitados y sensibilizados/Número de servidores públicos de la Entidad.

Porcentaje de servidores públicos que perciben que en la Veeduría Distrital hay mejores condiciones ambientales/Número de servidores públicos sensibilizados y capacitados.

1.5. Cronograma: Ver Anexo No 4 (4.1.)

2. Gestión Integral de Residuos Sólidos:

2.1. Objetivo: Adelantar la adecuación institucional y las estrategias requeridas para dar a los residuos sólidos producidos en la Entidad, un manejo adecuado desde su generación hasta su disposición final. Adelantar acciones encaminadas a lograr la minimización de los residuos, su aprovechamiento y tratamiento.

2.2. Principales Acciones:

* Diseño y adquisición de de piezas comunicacionales para la campaña de sensibilización y de divulgación sobre manejo adecuado de residuos sólidos.

* Diseño e implementación de una campaña de sensibilización y de divulgación.

* Proceso pedagógico y de capacitación para servidores públicos de la Entidad.

* Gestión con organizaciones de reciclaje y con entidades que puedan recibir el material recolectado.

2.3. Meta: El 100% de los servidores públicos de la Entidad reutilizan el papel y separan en la fuente los residuos sólidos con fines de reciclaje.

2.4. Indicadores:

Nivel de reciclaje del papel

Peso Papel reciclado/ Peso Papel utilizado X 100

2.5. Cronograma: Anexo No 4 (4.2.)

3. Uso eficiente de los recursos:

3.1. Objetivo: Adelantar acciones que fomenten el ahorro en los servicios públicos de energía y agua, no solamente para propiciar una disminución en los gastos de funcionamiento sino para promover un aumento en las oportunidades para acceder a los recursos naturales que llegan a través de la infraestructura de servicios públicos. Implementar acciones que permitan contribuir a la mejora de la calidad del aire en Bogotá.

3.2. Principales Acciones:

* Adelantar una campaña para reducir el flujo de energía eléctrica mediante el desarrollo de una cultura de utilización de luces y equipos necesarios durante el día y la noche.

* Desarrollar una campaña de uso racional de agua.

* Capacitación a servidores públicos de servicios generales y a conductores sobre preservación del medio ambiente, especialmente del aire.

* Adecuación y mantenimiento de instalaciones para el ahorro de recursos públicos.

* Desarrollar una campaña de revisión y mantenimiento de instalaciones hidrosanitarias.

3.3. Metas:

El consumo de energía se reduce por lo menos en un 10%

El consumo de agua se reduce en por lo menos un 15%.

3.4. Indicadores:

Consumo promedio per. Cápita de Energía.

Consumo Promedio

Población Entidad

Consumo de agua doméstico.

Unidades de m3 consumidas al año por persona (m3/persona).

Procesos que generan emisiones atmosféricas

No vehículos con control periódico de emisión de gases/Total vehículos de la Entidad.

3.5. Cronograma: Anexo No 4 (4.3.)

4. Introducción de criterios para la compra y uso de insumos:

4.1. Objetivo: Lograr en al Entidad la previsión e inclusión de criterios, como exigencias o incentivos, al cumplimiento de normas ambientales o incluso la incorporación de sistemas voluntarios de gestión ambiental en el funcionamiento de las empresas.

4.2. Principales Acciones:

* Preparación y consolidación de información en planes de compras y de contratación.

* Adecuación y ajuste de procedimientos y reglamentaciones existentes.

* Capacitación y procesos pedagógicos a responsables del proceso de contratación.

* Divulgación en Portal de Internet y en lugares visibles de la Entidad sobre criterios ambientales para adquisición de bienes y servicios.

4.3. Meta: El 100% de los proveedores que ofrecen sus servicios a la Veeduría Distrital, cumplen con las normas ambientales.

4.4. Indicadores:

Número de bienes adquiridos por la Entidad que cumplen con normas ambientales/Número de bienes proyectados en el Plan de Compras de la Entidad.

Número de proveedores registrados en las bases de datos que adoptan sistemas ambientales/ Número de proveedores registrados en las bases de datos.

4.5. Cronograma: Anexo No 4 (4.4.)

E. Seguimiento y evaluación:

La Veeduría Distrítal, mediante la Resolución No 018 del 23 de febrero de 2006, creó y organizó el Comité de Coordinación del PIGA, como instancia coordinadora de todas las actividades que se propongan dentro de los procesos de formulación, adopción, implementación, seguimiento y evaluación del Plan.

El Comité de Coordinación del PIGA está conformado por los mismos miembros que conforman los comités de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad, con el fin de propender por la integración armónica y coherente de las acciones en materia ambiental, con las requeridas para la implementación de los sistemas de Control Interno y de Gestión de la Calidad.

De acuerdo con el artículo tercero de la citada Resolución, una de las funciones de este Comité, es la número 6: "Adelantar tareas de seguimiento y evaluación de las actividades propuestas en el Plan de Acción Institucional -PIGA."

ARTÍCULO SEGUNDO: Forman parte del presente Plan los siguientes anexos: Anexo 1: Documento "Información Institucional y de la Situación Ambiental". Anexo 2. Formato de Diagnóstico.

Anexo 3. Cronograma General de la implementación del PIGA.

Anexo 4: Cronogramas de implementación de proyectos.

Anexo 5: Cuadro de costos estimados para la implementación del PIGA.

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación, adelantar las gestiones requeridas para la divulgación del presente Plan e iniciar el proceso de coordinación con el Comité del PIGA y con el Despacho del Viceveedor Distrital, para que este instrumento se implemente al interior de la Entidad y se le de cabal cumplimiento.

ARTÍCULO CUARTO: Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación, reportar al DAMA cada seis meses, a partir del inicio de la ejecución del PIGA, los avances, dificultades y requerimientos de apoyo que surjan en el proceso de implementación.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de agosto de 2006

MARÍA CONSUELO DEL RÍO MANTILLA

Veedora Distrital