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Resolución 13668 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá

Fecha de Expedición:
30/04/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4199 de mayo 4 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN DDI-013668 DE 2009

RESOLUCIÓN DDI-013668 DE 2009

(Abril 30)

"Por medio de la cual se adopta el formulario oficial para la declaración y pago de del impuesto Fondo de Pobres, administrado por la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Hacienda de Bogotá, D.C.

LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993,

CONSIDERANDO:

Que el Distrito Capital, a través de la Secretaría Distrital de Integración Social ha asumido la atención de las personas beneficiarias de la atención prestada con los recursos provenientes del impuesto Fondo de Pobres, hecho que fue comunicado a la Beneficencia de Cundinamarca mediante comunicado de fecha 29 de abril de 2009

Que mediante Resolución SDH-000146 de 29 de abril de 2009, el Secretario de Hacienda de Bogotá, estableció los lugares y plazos para la presentación de la declaración del impuesto Fondo de pobres.

Que para efectos de la presentación y pago ante la Dirección Distrital de Tesorería de la declaración del Impuesto Fondo de Pobres se hace necesario adoptar el formulario único para su declaración y pago, permitiendo así el cumplimiento de la obligación formal de declarar por parte de los contribuyentes.

Que el formulario que se adopta en la presente resolución, será de carácter obligatorio para los contribuyentes responsables del impuesto Fondo de Pobres el cual será utilizado para los períodos gravables de 2009 y anteriores.

En mérito de lo expuesto este Despacho

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese el formulario oficial para la declaración y pago del impuesto Fondo de Pobres, anexo a la presente resolución y que hacen parte integral de la misma.

ARTÍCULO SEGUNDO. La distribución de los formularios aquí adoptados no tendrá ningún costo al público; así mismo estará dispuesto en la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda www.shd.gov.co, para su diligenciamiento, impresión y presentación ante la Tesorería Distrital.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil nueve (2009).

GLORIA NANCY JARA BELTRÁN

Directora Distrital de Impuestos

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4199 de mayo 4 de 2009.