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ACUERDO LOCAL 07 DE 2009 (Abril 13) "Por medio del cual se adopta la conmemoración del día de la Afrocolombianidad en la Localidad de Tunjuelito". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en los artículos 7, 8, 13 y 22 de la Constitución Política de Colombia, en la Ley 70 de 1993, en concordancia con la Ley 725 de 2001, y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 151 de 2008 y el Acuerdo 175 de 2005. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido mediante Ley 725 de 2001 y el Acuerdo 175 de 2005, cada 21 de mayo se conmemora el día de la AFROCOLOMBIANIDAD en todo el territorio de Bogotá y sus localidades, el cual busca acciones afirmativas que se materialicen y que en particular con las comunidades afro se trascienda la retórica. Que mediante Acuerdo 175 de septiembre 28 de 2005, el Concejo de Bogotá definió la política para las poblaciones afrodescendientes residentes en Bogotá o el conjunto de acciones dirigidas a proveer de la manera más efectivas y eficaz, el desarrollo integral de esta población, a fin de proteger la diversidad étnica y cultural de la ciudad, reconociendo los aportes de los afrodescendientes en las condiciones de un proyecto de ciudad más democrático. Que en el mismo acuerdo, se contempló la necesidad de implementar acciones afirmativas para la población afrodescendientes y estimular la participación de esta población en la toma de decisiones, la formulación, y la ejecución de los programas y proyectos, tanto a nivel Distrital como a nivel local, orientados a superar la exclusión económica, social, política y cultural existente en el Distrito Capital para esta población. Que cada uno de los fundamentos de las políticas publicas del Distrito, consiste en acoger, el principio de acción positiva para promover de manera efectiva los derechos de las comunidades afrodescendientes residentes en Bogotá, en tal sentido, quedo expreso en el Plan de Desarrollo de Bogotá 2008 – 2012 Bogotá Positiva en el programa: "Bogotá respeta la diferencia". Que el principio de identidad cultural establecido mediante Acuerdo Distrital 175 de 2005, consiste en promover el respeto a la identidad cultural de la población afrodescendiente y sopesar su desarrollo. Que mediante Decreto 151 de mayo 21 de 2008, el Alcalde Mayor de Bogotá adoptó los lineamientos de política Distrital y el plan de acciones afirmativas, para el reconocimiento a la diversidad cultural y garantía a los derechos de los afrodescendientes. Que en mérito de lo expuesto, la Junta Administradora Local de Tunjuelito, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese en la Localidad de Tunjuelito, la conmemoración del "Día De La Afrocolombianidad", como forma de visibilización, equidad, integración, reconocimiento, valoración y divulgación de los derechos étnicos y culturales de los afrocolombianos. PARÁGRAFO: Será reconocido el 21 de mayo como día de la afrocolombianidad en la Localidad Sexta de Tunjuelito lo aprueba la Corporación. Aprobado por unanimidad. ARTÍCULO SEGUNDO: La Alcaldía Local de Tunjuelito, adoptara las acciones necesarias para la conmemoración del día de la afrocolombianidad, atendiendo a los lineamientos contemplados en la Ley 725 de 2001, en el Decreto 151 de 2008 y las demás directrices que en esta materia imparte la Administración Distrital. ARTÍCULO TERCERO: En el marco de las acciones de que trata el presente Acuerdo, la Alcaldía Local de Tunjuelito y la Junta Administradora Local gestionaran el desarrollo de foros temáticos, conferencias, audiencias, encuentros culturales y demás actividades que faciliten el encuentro e interacción de la población afrodescendiente con el resto de la población de la localidad. PARÁGRAFO: Todas las actividades que se programen por parte del gobierno local en el marco del día de la afrocolombianidad, deberá involucrar a las organizaciones y personas afros (que se reconozcan como tal en la localidad de manera directa e indirecta); también se promoverá la participación de la comunidad, incluyendo a los colegios, y las autoridades del orden nacional, distrital y local, a la vez a las privadas que quieran vincularse atendiendo a la convocatoria. ARTÍCULO CUARTO: Con el propósito de organización y participación en el diseño y ejecución de las actividades inherentes a la conmemoración del día de la afrocolombianidad, la Alcaldía Local convocara un comité organizador conformado así: la Alcaldesa Local o su delegado, tres (03) representantes a nombre de las organizaciones afro asentadas en la localidad, un (01) representante del Consejo Local de Cultura, el comandante de la policía o su delegado, y dos (02) representantes de la Junta Administradora Local. PARÁGRAFO 1: El comité organizador debe ser convocado dentro de los primeros quince (15) días de marzo de cada año, a partir de la aprobación del presente acuerdo. PARÁGRAFO 2: El comité organizador adoptara su propio reglamento ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo, rige a partir de su aprobación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D. C., a trece (13) días del mes de abril (04) de dos mil nueve (2009). MARIO SOLANO PUENTES Presidente JAL RAFAEL A. CALDERÓN NÚÑEZ Secretario JAL. Sancionado en Bogotá D. C., a los, del mes de, de 2009. DIANA MARCELA MARTÍNEZ GIRALDO Alcaldesa Local. NOTAS DE PÍE DE PÁGINA 1- Documento Consejo Nacional de Política Económica y Social COMPES No. 3169 * PND de la población afrocolombiana 1998 – 2002 * Informe del movimiento nacional Afrocolombiano "Cimarrón", sobre la situación de derechos humanos de la población afrocolombiana (1994 – 2004). Que dentro de los objetivos y propósitos de la división territorial del Distrito Capital en las localidades, contempladas dentro del Estatuto Orgánico de Bogotá, busca garantizar que la comunidad y comunidades que residan en las localidades se organicen, se expresen institucionalmente y contribuyan al mejoramiento de sus condiciones y calidad de vida. Que a través de esta iniciativa, se apunta al establecimiento de acciones afirmativas que permitan garantizar la igualdad de la oportunidad para la población afrodescendiente, protegiendo el patrimonio cultural que entraña su historia y su presencia en la vida de nuestra localidad. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4205 de mayo 12 de 2009 |