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CIRCULAR 05 DE 2008 (Abril 03)
Con la (sic) fin de hacer claridad sobre algunos aspectos administrativos relacionados con las responsabilidades que se generan en el desempeño de un cargo del nivel directivo y asesor en relación con las actividades que demanda el ejercicio de los mismos, tales como asistencia a reuniones y eventos en representación de la Secretaría, es pertinente hacer las siguientes precisiones: La entidad sólo cuenta con un vehículo oficial que esta destinado para el ejercicio de las funciones de la Secretaria de Despacho, no obstante, se contrató la prestación del servicio de transporte especializado teniendo en cuenta los aspectos más relevantes en desplazamiento de los servidores públicos, dando prioridad al tema de ruralidad y atención a localidades; en especial las de difícil acceso, por lo que desde el estudio previo se definió que los vehículos contaran con condiciones técnico mecánicas para desplazamiento a sitios de difícil acceso. No obstante, para los casos en que no sea posible la utilización de los vehículos, los cargos antes mencionados cuentan con un porcentaje de GASTOS DE REPRESENTACIÓN, los cuales de acuerdo con la Resolución No. 1602 de 2001 de la Secretaría de Hacienda "están concebidos para la compensación de los gastos que ocasiona el desempeño de un cargo del nivel directivo, asesor y ejecutivo". Por lo tanto, cabe aclarar que la programación y destinación de los vehículos se seguirá haciendo con base en las necesidades de la Entidad, no obstante su asignación y uso no puede ser obstáculo para el desempeño de actividades que tengan que realizar los funcionarios del nivel directivo y asesor, ni para el cabal cumplimiento de las actividades que se requieran con ocasión de la dinámica organizacional. Cordialmente, MÓNICA DE GREIFF Secretaria de Despacho |