Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 7 de 2006 Universidad Distrital Francisco José de Caldas

Fecha de Expedición:
05/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/06/2006
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 007 DE 2006

(Junio 5)

"Por el cual se modifica el Acuerdo 002 de junio 30 de 2005 y se dictan otras disposiciones."

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por el acuerdo 003 de 1997 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 69, consagra la Autonomía Universitaria como garante para el desarrollo académico en la Educación Superior, y que la ley 30 de 1992 en su artículo 28 enumera los derechos que aquella reconoce a las universidades.

Que es indispensable ampliar la planta de personal docente de la Universidad con miras a garantizar el desarrollo de las áreas estratégicas definidas en el Proyecto Universitario Institucional

Que el Consejo Académico ha elaborado, basado en realidades y proyecciones institucionales, modelos de distribución de nuevas plazas de docentes de carrera, las cuales han sido estudiadas extensamente en el Consejo Superior Universitario.

En merito de lo expuesto,

Ver el Acuerdo de la Universidad Distrital 03 de 2006

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 3° del Acuerdo 002 de 2005 el cual quedará así:

ARTICULO 3° "El Consejo Superior hará la distribución de los docentes por Facultades, y los Consejos de Facultad la distribución que corresponda a cada Proyecto Curricular. El Consejo Académico se encargará de supervisar el desarrollo de los Concursos a fin de lograr la debida transparencia que un proceso como éste debe tener el cual se basará únicamente en el mérito académico propio de los concursantes".

ARTÍCULO 2°.- La planta de Profesores de Carrera en la Universidad Distrital se distribuye por Facultades tal y como lo establece el Artículo 15 del Acuerdo 004 de 1996 (Estatuto Académico de la Universidad Distrital). La organización por Proyectos Curriculares definida en este Acuerdo, busca asignar los nuevos Profesores por Campos de Conocimiento, aunque podrán desempeñarse en cualquier Proyecto Curricular de la Facultad tal y como lo establezca el Consejo de Facultad de la misma.

ARTÍCULO 3°.- Distribuir de las cuatrocientos veinticinco (425) nuevas Plazas de Docentes de Carrera de la Universidad Distrital, ciento setenta y dos (172) en la vigencia 2006 para las Facultades de Artes, Ciencias y Educación, Ingeniería, Medio Ambiente y Recursos Naturales y Tecnológica, de la siguiente manera:

FACULTAD

NÚMERO DE PLAZAS

Artes

4

Ciencias y Educación

48

Ingeniería

42

Medio Ambiente y Recursos Naturales

38

Tecnológica

40

TOTAL

172

PARÁGRAFO 1°.- Durante la vigencia 2006, se adicionan para la Facultad de Artes ASAB, las once (11) plazas docentes aprobadas según el Acuerdo 006 de 2005. En consecuencia, para la presente vigencia, la Facultad de Artes ASAB convocará en total quince (15) concursos públicos de méritos docentes.

ARTÍCULO 4º.- Para las nuevas ochenta y cinco (85) vacantes de docentes de carrera que se vincularán durante la vigencia 2007, el Consejo Académico, basado en un modelo multifactorial que considere criterios de desarrollo académico institucional, presentará ante el Consejo Superior a más tardar en la primera sesión del mes de Septiembre de 2006, una propuesta de distribución por Facultades de la Universidad.

ARTICULO 5°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, a los cinco (5) días del mes de Junio de 2006.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GUSTAVO MONTAÑEZ GÓMEZ

Presidente

GUSTAVO TABARES RAMÍREZ

Secretario