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Decreto 436 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4289 de septiembre 28 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 0436 DE 2009

(Septiembre 25)

"Por el cual se efectúa la categorización de Bogotá Distrito Capital para la vigencia 2010"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2º de la Ley 617 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo 5º del artículo 2º de la Ley 617 de 2000, establece:

".... Los alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo distrito o municipio.

Para determinar la categoría el decreto tendrá como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, sobre población para el año anterior..."

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE expidió mediante oficio 20091510058981 la certificación según la cual la población proyectada para Bogotá Distrito Capital es de 7.155.052 habitantes, información definitiva resultante de aplicar varios métodos según la disponibilidad de información y la escala geográfica, Población Proyectada a 30 de junio de 2008, con base en el Censo General de 2005.

Que la Contraloría General de la República expidió la certificación No.0001741 donde se establece que Bogotá Distrito Capital recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal de 2008, ingresos corrientes de libre destinación por la suma de $ 2.974.315.405 miles.

Que en dicha certificación se estableció que los gastos de funcionamiento del Municipio de Bogotá, Distrito Capital representaron el 39,07% de sus ingresos corrientes de libre destinación a 31 de diciembre de 2008.

Que de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 2º de la Ley 617 de 2000 Bogotá D.C., tiene una población superior a quinientos mil un (500.001) habitantes y sus ingresos corrientes de libre destinación son superiores a cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales, es decir superiores a $198.760.000 miles encontrándose por tanto en la categoría especial.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º- La categorización de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2010 es de carácter "Especial".

ARTÍCULO 2º- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días de septiembre de 2009

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Secretario Distrital de Hacienda