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Resolución 187 de 2009 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Fecha de Expedición:
13/07/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/07/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4245 de julio 17 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 000187 DE 2009

(Julio 13)

"Por la cual se deroga la Resolución No.105 de 2009"

LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el artículo 5 del Decreto 552 de 2006

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23 del Acuerdo 257 de 2006 le asigna entre otras funciones a las secretarías de despacho las de (...)"c. Coordinar el desarrollo de planes, programas y estrategias de los organismos y entidades que integran el sector administrativo de coordinación. d. Orientar, coordinar y controlar la gestión de las entidades que a cada uno de ellos estén adscritas y vinculadas como pertenecientes al respectivo sector. (...)".

Que en cada sector administrativo de coordinación funcionará un comité sectorial de desarrollo administrativo cuyo objeto es la articulación para la formulación de las políticas y estrategias del sector, así como el seguimiento a la ejecución de las políticas sectoriales y de desarrollo administrativo.

Que el mismo Acuerdo Distrital 257 de 2006 en el artículo 45 señala los sectores administrativos de coordinación con el fin de administrar el Distrito Capital, y entre estos estableció: el Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo.

Que el Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo, de conformidad con el artículo 74 del Acuerdo 257 de 2007 tiene (...)" la misión de crear y promover condiciones que conduzcan a incrementar la capacidad de producción de bienes y servicios en Bogotá, de modo que se garantice un soporte material de las actividades económicas y laborales que permitan procesos productivos, de desarrollo de la iniciativa y de inclusión económica que hagan efectivos los derechos de las personas y viables el avance social y material del Distrito Capital y sus poblaciones, en el marco de la dinámica ciudad región(...)"

Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico fue creada a través del artículo 75 del Acuerdo 257 de 2006 y se le otorgo la calidad de ser cabeza del Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo, según lo señalado en el artículo 77 del mismo Acuerdo.

Que el Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo está integrado por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el Instituto Distrital de Turismo y el Instituto para la Economía Social-IPES como entidades adscritas y la Corporación para el Desarrollo y la productividad Bogotá-Región en calidad de entidad vinculada.

Que la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico expidió la Resolución No. 105 de 2009, "Por la cual se constituye el comité del sector de Desarrollo Económico, Industria y Turismo".

Que el Decreto Distrital 505 del 31 de octubre de 2007 reglamentó los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo, creados por el artículo 37 del Acuerdo 257 de 2006, entre los cuales se encuentra el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de Desarrollo Económico, Industria y Turismo.

Que el Decreto Distrital 505 de 2007, establece los lineamientos de funcionamiento del comité del sector de Desarrollo Económico, Industria y Turismo y por jerarquía normativa este acto administrativo tiene prevalencia sobre la resolución.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero. Derogar la Resolución No. 105 de 2009, "Por la cual se constituye el comité del sector de Desarrollo Económico, Industria y Turismo", por las razones señaladas en los considerandos.

Artículo segundo. Este Acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de julio de dos mil nueve (2009).

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

Secretaria de Despacho

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4245 de julio 17 de 2009.