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Acuerdo 3 de 2009 Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Fecha de Expedición:
28/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/10/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4298 de octubre 9 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 003 DE 2009

(Septiembre 28)

"Por el cual se modifica la escala salarial y la planta de empleos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL - IDPC

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal f) del Artículo 97 del Acuerdo No. 257 de 2006, expedido por el Honorable Concejo de Bogotá, D.C., y por el Literal f) del Artículo 17 del Acuerdo de la Junta Directiva del IDPC No. 001 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que el día 30 de noviembre de 2006, el Honorable Concejo de Bogotá, expidió el Acuerdo No. 257, mediante el cual dispuso la Reforma Administrativa de este Distrito Capital.

Que en el Artículo 92 del referido Acuerdo se dispuso la transformación de la Corporación La Candelaria en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que así mismo, en el Artículo 97 ibídem, se establece como función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, entre otras la siguiente: "f). Fijar la planta de cargos, la nomenclatura y la clasificación de los empleos, la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos, y los emolumentos de los servidores y servidoras de la entidad de acuerdo a la política que para el efecto establezca el CONFIS; con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la entidad".

Que esta misma facultad se halla contemplada en el Literal f) del Artículo 17° del Acuerdo 001 expedido por la Junta Directiva de este ente distrital, el día 2 de enero de 2007, mediante el cual se adoptaron los Estatutos de la Entidad.

Que en ejercicio de dicha facultad, la Junta Directiva, mediante Acuerdo No. 003 de 2007, estableció la Planta de Cargos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC.

Que mediante oficio No. 2443 del 6 de noviembre de 2008, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de cargos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, en cuanto escala salarial, creación de cargos y señalamiento de la planta de empleos, una vez se suprimieran entre otros, los tres cargos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y que pasarían a formar parte de la Planta de Empleos del Instituto.

Que así mismo, la Secretaría de Hacienda Distrital, a través del Director Distrital de Presupuesto, expidió la Certificación de Viabilidad Presupuestal para la propuesta de modificación a la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, mediante oficio No. 2008EE784043 del 19 de diciembre de 2008.

Que mediante Acuerdo 001 de 2009, la Junta Directiva modificó la Planta de Cargos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, sujeta a la expedición del respectivo Decreto Distrital, a través del cual se establecieran los términos en que se llevaría a cabo la modificación de supresión de los tres cargos en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que el Señor Alcalde Mayor de esta ciudad, mediante el Decreto No. 327 del 4 de agosto de 2009, dispuso entre otros, la supresión en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de los tres (3) cargos relacionados con la función de "Gestionar la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para la protección, intervención, investigación, promoción y divulgación del patrimonio cultural tangible e intangible y de los bienes y servicios de interés cultural del Distrito Capital", asignada al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, con el fin de ser creados en éste.

Que en el Artículo 1o. de este mismo Decreto se establece: "Modificar la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establecida mediante el Decreto No. 559 del 29 de diciembre de 2006, modificado por el Decreto 195 del 23 de junio de 2008, en el sentido de suprimir los siguientes empleos:

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

NUMERO DE EMPLEOS

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

26

1

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

19

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

07

1

TÉCNICO OPERATIVO

314

16

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

22

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

1

TOTAL CARGOS A SUPRIMIR

8

PARÁGRAFO 1o. La supresión de los empleos señalados en el Artículo Primero del presente Decreto, se hará efectiva una vez las entidades en las que se creen dichos empleos incorporen, en sus plantas de personal, a los empleados públicos titulares de los cargos que se suprimen en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

PARÁGRAFO 2o. Los empleados públicos titulares de los cargos que por el presente Decreto se suprimen, serán incorporados, sin solución de continuidad, en los cargos equivalentes que para el efecto se hayan creado en la Orquesta Filarmónica de Bogotá e Instituto Distrital de Patrimonio Cultural y, conservarán los derechos consolidados y las garantías laborales protegidas por la ley, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 1° del Artículo 31 del Acuerdo 257 de 2006".

Que en virtud del pluricitado Decreto, en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, se aprobó la creación de cargos equivalentes a los suprimidos en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así:

DENOMINACIÓN

ESCALA ENLA SCRD

ESCALA EQUIVALENTE EN EL IDPC

NUMERO DE EMPLEOS

Código

Grado

Código

Grado

 

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

26

222

04

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

07

219

01

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

407

03

1

Que con ocasión de la necesidad de crear los tres nuevos cargos, se hace indispensable modificar la Planta de Empleos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecida mediante Acuerdo de la Junta Directiva de esta Entidad No. 003 de 2007.

Que de otra parte, el Decreto 312 del 27 de julio de 2009, suscrito por el señor Alcalde Mayor de Bogotá, fijó el incremento salarial para los empleados públicos del Sector Central del Distrito Capital de Bogotá.

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de Agosto de 2009, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, fijó el incremento salarial para la vigencia 2009, para los Empleados Públicos del IDPC.

Que con motivo de la incorporación en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, de los tres cargos suprimidos en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte debe mantener el Instituto el incremento salarial fijado por el Decreto 312 de 2009, para el caso de dichos cargos, incorporándolos en su escala salarial, conforme al Acuerdo de Junta Directiva No. 002 de 2009.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: ASIGNACIÓN BÁSICA: Adóptese para los diferentes empleos del Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, la siguiente escala de asignación básica:

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

ASISTENCIAL

01

$3.332.840.oo

$3.012.264.oo

$1.613.609.oo

$976.002.oo

02

$5.165.289.oo

$2.316.748.oo

$1.199.925.oo

03

$2.599.256.oo

$1.200.173.oo

04

$2.622.946.oo

$1.377.307.oo

05

$1.464.327.oo

06

$1.581.135.oo

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear en la planta de empleos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. EMPLEOS

ASIGNACIÓN BÁSICA

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

04

Uno (1)

$2.622.946.oo

Profesional Universitario

219

01

Uno (1)

$1.613.609.oo

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

03

Uno (1)

$1.200.173.oo

ARTÍCULO TERCERO: Para la realización de los fines institucionales, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, contará con la siguiente planta de empleos:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. EMPLEOS

ASIGNACIÓN BÁSICA

DESPACHO DEL DIRECTOR

Director General de Entidad Descentralizada

050

02

Uno (1)

$5.165.289.oo

Asesor

105

01

Dos (2)

$3.012.264.oo

PLANTA GLOBAL

NIVEL DIRECTIVO

Subdirector General de Entidad Descentralizada

084

01

Uno (1)

$3.332.840.oo

Subdirector Técnico de Entidad Descentralizada

068

01

Tres (3)

$3.332.840.oo

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

04

Uno (1)

$2.622.946.oo

Profesional Especializado

222

03

Cuatro (4)

$2.599.256.oo

Profesional Universitario

219

02

Cuatro (4)

$2.316.748.oo

Profesional Universitario

219

01

Uno (1)

$1.613.609.oo

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

06

Dos (2)

$ 1.581.135.oo

Auxiliar Administrativo

407

04

Uno (1)

$ 1.377.307.oo

Auxiliar Administrativo

407

03

Uno (1)

$1.200.173.oo

Auxiliar Administrativo

407

02

Dos (2)

$1.199.925.oo

Auxiliar AdministrativoSecretaria

440

05

Dos (2)

$1.464.327.oo

Conductor

480

01

Uno (1)

$976.002.oo

Total Empleados Públicos

Veintiséis (26)

ARTÍCULO CUARTO: Los servidores públicos titulares de los cargos que fueron suprimidos en la Corporación la Candelaria y que fueron incorporados sin solución de continuidad en los cargos creados mediante el Acuerdo 003 de 2007 en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, conservarán los derechos consolidados y las garantías laborales protegidas por la Ley, de conformidad con lo dispuesto por el Parágrafo Primero del Artículo 31º del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006 del Honorable Concejo de Bogotá.

ARTÍCULO QUINTO: De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo 2º, del Artículo 1º del Decreto Distrital 327 de 2009, los servidores públicos titulares de los cargos suprimidos en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, serán incorporados en los cargos equivalentes que para el efecto hayan sido creados en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, sin solución de continuidad y conservarán los derechos consolidados y las garantías laborales protegidas por la Ley, conforme a lo dispuesto en el Parágrafo Primero del Artículo 31 del Acuerdo 257 de 2006, del Honorable Concejo Distrital de esta ciudad.

ARTÍCULO SEXTO: VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Acuerdos de Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural Nos. 003 de 2007 y 001 de 2009 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

CATALINA RAMÍREZ VALLEJO

Presidenta

ILONA MURCIA IJJASZ

Secretaria

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4298 de octubre 9 de 2009.