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Resolución Reglamentaria 22 de 2009 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
23/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4291 de septiembre 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 022 DE 2009

(Septiembre 23)

"Por la cual se adopta el Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C."

EL CONTRALOR DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 361de 2009 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6° del Acuerdo 361 de 2009, determina que en ejercicio de la autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y lo definido en dicho acuerdo.

Que el Numeral 9 del Artículo 37 del Acuerdo 361 de 2009 expedido por el Concejo de Bogotá D.C., consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Realizar la revisión técnica de los planes, documentos y procedimientos que adopte la entidad, para asegurar la armonización, implementación y evaluación de los mismos".

Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la Entidad, con el fin de fortalecer la estructura de control en las entidades públicas.

Que el MECI contiene entre otros elementos de control del Subsistema de Control de Gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá, D.C., y el Manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.

Que el artículo 41 de la Ley 909 de 2004, estableció como causales de retiro del servicio de quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa las siguientes: Renuncia regularmente aceptada, retiro por haber obtenido la pensión de jubilación o vejez, invalidez absoluta, orden o decisión judicial, destitución como consecuencia de proceso disciplinario, muerte, declaratoria de vacancia del empleo por abandono del mismo, edad de retiro forzoso, declaratoria de insubsistencia del nombramiento, revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para el desempeño del empleo, supresión del empleo y demás que determinen la Constitución Política y las leyes.

Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, determina que los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera.

Que en desarrollo del concepto de mejora contemplada en las normas NTC ISO 9001:2008 y NTC GP 1000:2004, es necesario adoptar un procedimiento dentro del Sistema de Gestión de la Calidad de la entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar e incorporar en el Proceso de Gestión Humana el Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., versión 1.0, código 6017, el cual hace parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en la Dirección de Planeación, en coordinación con la Dirección de Talento Humano, la actualización del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO TERCERO.- Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficinas, velar por la administración y divulgación del procedimiento reglamentado a través de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI

Contralor de Bogotá D.C.

PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

NUMERO Y FECHA DE RESOLUCION QUE LO ADOPTA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

R. R

23 sep. 2009

PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.

CÓDIGO PROCEDIMIENTO: 6017

VERSIÓN 1.0

FECHA SEPTIEMBRE 18 DE 2009

REVISADO POR: Director Técnico

Talento Humano Dr. César Augusto López Meza _________

CARGO NOMBRE FIRMA

APROBADO POR: Director Técnico

Dirección de Planeación Dr. Elemir Eduardo Pinto Díaz _________

CARGO NOMBRE FIRMA

COPIA No. No. FOLIOS: 19

PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.

1. OBJETIVO

Estandarizar las actividades requeridas para el retiro del servicio de quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción, en provisionalidad y de carrera administrativa en la Contraloría de Bogotá, D.C., garantizando plena observancia de las normas y condiciones legales para ello establecidas.

2. ALCANCE

7.1 Causales de retiro: Renuncia regularmente aceptada, haber obtenido la pensión de jubilación o vejez, invalidez absoluta, orden o decisión judicial, destitución como consecuencia de proceso disciplinario, muerte, declaratoria de vacancia del empleo por abandono del mismo, por las demás que determinen la Constitución Política y las leyes.

Inicia cuando el técnico, secretaria y/o auxiliar de la Subdirección de Servicios Administrativos recibe y registra en el aplicativo de correspondencia de la entidad el documento que inicia el trámite de retiro del servicio de un funcionario de libre nombramiento y remoción, provisional o de carrera administrativa por las causales indicadas anteriormente y termina con el archivo de copia de la Resolución y de los soportes en la Hoja de Vida del funcionario retirado.

7.2 Causales de retiro: Declaratoria de insubsistencia del nombramiento, edad de retiro forzoso, terminación de nombramiento provisional en vacancia temporal del empleo o revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para el desempeño del empleo.

Inicia cuando el Contralor ordena al Director de Talento Humano elaborar el acto administrativo de Retiro del Servicio de un funcionario de libre nombramiento y remoción, provisional o de carrera administrativa por las causales indicadas anteriormente y termina con el archivo de copia de la Resolución y de los soportes en la Hoja de Vida del funcionario retirado.

7.3. Causal de retiro: Por supresión del empleo.

Inicia cuando el Director de Talento Humano ordena al profesional de la Dirección elaborar el memorando mediante el cual se comunica al funcionario la supresión de su empleo, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. y termina con el archivo de copia del memorando y de los soportes en la Hoja de Vida del funcionario retirado.

3. BASE LEGAL

• Decreto Ley 2400 de 1968. Por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civil y se dictan otras disposiciones.

• Decreto Ley 3074 de 1968. Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 2400 de 1968.

• Decreto Reglamentario 1950 de 1973. Por el cual se reglamentan los decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

• Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.

• Ley 190 de 1995. Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa.

• Ley 734 de 2002. Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.

• Ley 797 de 2003. Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales.

• Ley 909 de 2004. Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.

4. DEFINICIONES:

ACTO ADMINISTRATIVO: Toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales de forma inmediata.

ACTA DE ENTREGA PUESTO DE TRABAJO: Documento con el cual un funcionario deja constancia de la entrega formal del puesto de trabajo, bien sea a quien lo reemplace o al superior inmediato; en caso de retiro definitivo del servicio, traslado, encargo o comisión.

El Acta debe ser suscrita por las partes intervinientes y debe llevar anexo:

• Informe de Gestión

• Inventario Documental.

• Inventario Devolutivo de Bienes.

• Otros documentos tales como papeles de trabajo, material de consulta, archivo en medio magnético, copias de seguridad, etc.

DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA: Acto administrativo a través del cual es cesado del servicio público un funcionario por la administración, en atención a la discrecionalidad o por razones expresas contempladas en las normas.

DECLARATORIA DE VACANCIA POR MUERTE DEL FUNCIONARIO: Acto administrativo a través del cual se retira del servicio a un funcionario por su fallecimiento y se declara vacante el cargo que ocupaba al momento de su muerte.

DESTITUCIÓN: Evento en el cual es cesado del servicio público un funcionario por la autoridad disciplinaria competente, como consecuencia de un procedimiento que demuestra una grave responsabilidad disciplinaria.

EDAD DE RETIRO FORZOSO: Todo empleado que cumpla la edad de 65 años será retirado del servicio.

INVALIDEZ ABSOLUTA: El retiro se produce cuando al funcionario se le ha reconocido su pensión de invalidez absoluta mediante resolución expedida por la autoridad competente.

INVENTARIO DE ELEMENTOS DEVOLUTIVOS: Se refiere a la descripción de los elementos que tiene el servidor público bajo su directa responsabilidad que una vez comunicado su retiro de la entidad debe entregar bien sea mediante el traspaso a otro funcionario o mediante su devolución al almacén.

INVENTARIO DOCUMENTAL: Se refiere a todos los documentos en medio impreso o magnético que el funcionario posee para el desarrollo de sus labores, los cuales pueden estar en proceso de análisis, pendiente de revisión o con actuaciones ya finalizadas y aún reposan en su poder.

POR ORDEN Ó DECISIÓN JUDICIAL: Evento en el cual se ordena el retiro del servicio público de un funcionario por la autoridad judicial competente como consecuencia de un proceso.

RENUNCIA: Se produce cuando el empleado manifiesta en forma escrita e inequívoca su voluntad de separarse definitivamente del servicio.

RETIRO CON DERECHO A JUBILACIÓN: Se produce cuando el funcionario renuncia una vez se le haya ordenado el reconocimiento y pago de la pensión mediante resolución en firme.

REVOCATORIA DEL NOMBRAMIENTO POR NO ACREDITAR LOS REQUISITOS PARA EL DESEMPEÑO DEL EMPLEO: Se produce inmediatamente se advierta la infracción, en el caso de haberse efectuado un nombramiento o posesión de un empleo público sin el cumplimiento de los requisitos para el ejercicio del cargo.

SUPRESIÓN DEL EMPLEO: En desarrollo de la política estatal de reestructuración de las entidades públicas, ha de entenderse que las facultades para fusionar, suprimir o reestructurar conllevan la natural atribución de supresión de los empleos o cargos que resulten innecesarios en la nueva estructura de la entidad, hecho que coloca automáticamente al funcionario que desempeña ese cargo, en situación de retiro.

TERMINACIÓN DE NOMBRAMIENTO PROVISIONAL EN VACANCIA TEMPORAL DEL EMPLEO: Se produce el retiro del funcionario nombrado provisionalmente, cuando el titular del empleo que se encontraba en vacancia temporal se reintegra al mismo, por término de la comisión, de la licencia no remunerada, entre otros.

VACANCIA DEL CARGO POR ABANDONO DEL MISMO: Evento en el cual un empleado sin justa causa no reasume sus funciones al vencimiento de una licencia, vacaciones, etc., o deja de concurrir al trabajo por tres (3) días consecutivos, caso en el cual, la administración previa el cumplimiento del debido proceso, puede declarar la vacancia del cargo que ocupa el funcionario.

5. REGISTROS:

• Carta de Renuncia, dirigida al Señor Contralor.

• Carta de Renuncia por Jubilación.

• Resolución de Reconocimiento de Pensión por Invalidez.

• Orden o Decisión Judicial.

• Resolución de Sanción Disciplinaria.

• Acta de Defunción.

• Comunicación del Jefe inmediato del funcionario que abandonó el cargo.

• Memorando.

• Resolución de retiro del servicio.

• Libro de Resoluciones Ordinarias.

• Hoja de Ruta.

• Memorando de comunicación de retiro.

6. ANEXOS:

Anexo 1 – Certificación Entrega de Documentos. Formato código 6017001.

7. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

7.1. Causales de retiro por:

• Renuncia regularmente aceptada.

• Haber obtenido la pensión de jubilación o vejez.

• Invalidez absoluta.

• Orden o decisión judicial.

• Destitución como consecuencia de proceso disciplinario.

• Muerte.

• Declaratoria de vacancia del empleo por abandono del mismo.

• Las demás que determinen la Constitución Política y las leyes.

Nº

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o AUXILIAR DE

SUBDIRECCIÓN SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

Recibe y registra en el aplicativo de correspondencia de la entidad el documento que inicia el trámite de retiro del servicio de un funcionario de libre nombramiento y remoción, provisional o de carrera administrativa, por las causales indicadas anteriormente.

Envía el documento radicado a la Dirección de Apoyo al Despacho.

Carta de Renuncia, dirigida al Señor Contralor.

Carta de Renuncia por Jubilación

Resolución de Reconocimiento de pensión por Invalidez

Orden o Decisión Judicial

Resolución de Sanción Disciplinaria

Acta de Defunción.

Comunicación del Jefe inmediato del funcionario que abandonó el cargo.

2

DIRECTOR DE APOYO AL DESPACHO

Recibe la carta de renuncia y la pasa al señor Contralor.

Remite los documentos con memorando a la Dirección de Talento Humano para las demás causales de retiro.

Memorando

3

CONTRALOR DE BOGOTA, D.C.

Recibe la carta de renuncia toma la decisión que considere y la devuelve al Director de Apoyo al Despacho.

4

DIRECTOR DE APOYO AL DESPACHO

Recibe la carta de renuncia aceptada y la remite a la Dirección de Talento Humano.

Memorando

5

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o AUXILIAR

DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Registra el recibido de los documentos referentes a cualquiera de las causales antes citadas y los pasa al Director.

6

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Analiza el documento con el cual se inicia el retiro del servicio o la orden del señor Contralor.

Asigna a un profesional de la Dirección para que elabore el proyecto de resolución de retiro y pasa los documentos al funcionario encargado de la correspondencia.

7

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o AUXILIAR DE

DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Recibe el documento y registra en el aplicativo de correspondencia la asignación ordenada por el Director y entrega los documentos al profesional asignado.

 

8

PROFESIONAL

DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Elabora el proyecto de resolución de retiro de conformidad con la normatividad vigente aplicable para cada causal y pasa al Director.

9

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Recibe, revisa y da visto bueno al proyecto de resolución de retiro.

Solicita elaborar memorando remisorio del proyecto de Resolución, dirigido a la Oficina Asesora Jurídica, salvo cuando se trate de renuncia aceptada la cual se entrega directamente al señor Contralor.

Punto de Control.

Verifica que la Resolución corresponda a la causal de retiro invocada y se ajuste a la normatividad vigente.

10

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o AUXILIAR DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Elabora el memorando remisorio del Proyecto de Resolución, según instrucciones impartidas y lo pasa al Director para su firma.

11

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Firma el memorando remisorio del proyecto de resolución de retiro para revisión por parte de la Oficina Asesora Jurídica y devuelve al funcionario encargado de la correspondencia.

Memorando

12

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o DE DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Realiza la radicación interna en el aplicativo de correspondencia y entrega los documentos al funcionario encargado de la distribución física de la correspondencia.

13

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR DE DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Entrega en la Oficina Asesora Jurídica el memorando junto con el proyecto de resolución de retiro.

14

JEFE OFICINA ASESORA JURIDICA

Revisa, da visto bueno al proyecto de resolución y pasa al señor Contralor para su firma.

15

CONTRALOR DE BOGOTA, D.C.

Firma la Resolución de Retiro del Servicio y devuelve para continuar el trámite.

16

DIRECTOR

DE APOYO AL DESPACHO

Recibe la Resolución de Retiro del Servicio firmada y la envía con memorando a la Dirección de Talento Humano.

17

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR DE

DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Registra el recibido de los documentos provenientes de la Dirección de Apoyo al Despacho y:

1. Numera la Resolución.

2. Registra la Resolución en el libro de Resoluciones Ordinarias.

3. Saca fotocopias de la Resolución.

4. Elabora memorando para firma del Director, con el cual se comunica o se cita al funcionario para notificación, en el que además se le informa que debe:

Acercarse al Grupo de Salud Ocupacional para que le practiquen el examen médico de retiro.

Entregar el Formulario Único de Declaración Juramentada de Bienes y Rentas.

Entregar el Carné de funcionario y el de la ARP

Entregar Acta de Entrega Puesto de Trabajo, anexando constancia de entrega de los elementos devolutivos que tuviere a su cargo e inventario documental, estado de los trabajos en proceso y pendientes.

Informe de Gestión, cuando. Aplica para los cargos directivos.

Entregar la calificación de Evaluación del Desempeño del personal a cargo, cuando aplique.

Resolución de Retiro del Servicio

Libro de Resoluciones Ordinarias.

Memorando

El funcionario retirado debe entregar la información y documentos solicitados en la Subdirección de Gestión del Talento Humano, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del retiro.

El formato para elaborar actas corresponde al definido por el procedimiento para el Control de Documentos Internos del SGC.

La estructura del informe de gestión debe ser la señalada en el Anexo 2, del Procedimiento para la Formulación del Plan de Actividades, y Sistema de Medición de la Gestión de la Contraloría de Bogotá.

Para inventarios se activan los procedimientos para el manejo y control del Almacén e Inventarios y para el Manejo y Control de Registros Magnéticos (Backups) del proceso de Recursos Físicos y Financieros.

18

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Firma memorando de comunicación o de citación a notificación de la Resolución de Retiro del Servicio, en los casos que así lo exija la ley y devuelve al funcionario encargado de la correspondencia.

Memorando

19

TÉCNICO,

SECRETARIA y/o AUXILIAR DE

DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Recibe memorando de comunicación o citación firmado por el Director y realiza el registro en el aplicativo de correspondencia.

Hace firmar el memorando de comunicación del funcionario retirado, le entrega copia de la resolución, guarda el original en la carpeta de resoluciones en el orden cronológico numérico ascendente para su custodia y procede a elaborar hoja de ruta. Para el caso de comunicación.

Envía por correo certificado el memorando de citación al funcionario retirado o se lo entrega personalmente si se encuentra en la entidad haciéndole firmar las copias. Para el caso de notificación.

Entrega copia del memorando de citación al profesional asignado de la Dirección con el original y copias de la Resolución, para su debida notificación.

 

Punto de control:

Verifica que el funcionario que se retira haya firmado debidamente la comunicación.

20

PROFESIONAL

DIRECCION DE TALENTO HUMANO

Realiza la notificación personal de la Resolución, entregándole copia de la Resolución de Retiro.

Devuelve al funcionario de nivel técnico o asistencial de la Dirección, el original y copias de la Resolución de Retiro con la constancia de notificación.

Punto de control:

Verifica que el funcionario que se retira se haya notificado debidamente de la resolución.

21

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR DE , DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Recibe original y copias de la Resolución de Retiro del Servicio debidamente notificada, guarda el original en la carpeta de resoluciones.

22

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR DE , DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Elabora la hoja de ruta, anexando las copias de la Resolución de Retiro con los soportes y la pasa a la Subdirección de Gestión del Talento Humano.

Hoja de Ruta.

23

SUBDIRECTOR DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Revisa los documentos y pasa al profesional encargado de las hojas de ruta para que dé a conocer la novedad a todos los grupos de la Subdirección.

24

PROFESIONAL SUBDIRECCIÓN DE

GESTION DEL TALENTO HUMANO

Recibe y asigna en la hoja de ruta un número consecutivo en constancia de recibido y pasa los documentos a los Grupos de Nómina, Seguridad Social, Cesantías, Control Horario, Vacaciones, Bases de Datos, Prima Técnica, Certificaciones y Kárdex de Hojas de Vida.

Cada grupo registra en la hoja de ruta:

-Firma de quien recibe.

-Fecha de recibo y de entrega de los documentos generadores de la novedad.

25

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR

DE SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

El funcionario encargado del Kárdex de Hojas de Vida, diligencia el formato del Anexo 1, con base en los documentos entregados por el funcionario retirado y junto con la hoja de ruta y soportes, pasa al Subdirector de Gestión del Talento Humano.

Ver anexo 1 –Certificación entrega de documentos.

26

SUBDIRECTOR DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Recibe y revisa firmas en la hoja de ruta.

Firma el formato diligenciado del Anexo 1, en constancia del recibido de la información y los documentos en él relacionados y los pasa al profesional de la Subdirección de Gestión del Talento Humano.

Punto de control.

Verifica que el funcionario haya entregado la totalidad de los documentos requeridos para adelantar la liquidación y pago de prestaciones sociales.

27

PROFESIONAL

SUBDIRECCIÓN DE

GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Recibe la hoja de ruta con los soportes y revisa que todos los grupos la hayan firmado para garantizar el conocimiento de la novedad.

Pasa los documentos soportes del retiro al funcionario encargado del Archivo Hojas de Vida, quien firma la Hoja de Ruta en constancia de recibido.

Archiva la Hoja de Ruta en la carpeta identificada, según tabla de retención documental.

28

TÉCNICO, SECRETARIA y/o AUXILIAR DE , SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Archiva copia de la Resolución y/o memorando de comunicación de retiro y de los soportes en la Hoja de Vida del funcionario Retirado.

Para el caso de supresión del empleo del numeral 7.3, se archiva copia del memorando de comunicación de retiro en lugar de la resolución.

7.2. Causales de retiro por:

• Declaratoria de insubsistencia del nombramiento.

• Edad de retiro forzoso.

• Terminación de nombramiento provisional en vacancia temporal del empleo.

• Revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para el desempeño del empleo.

Nº

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

CONTRALOR

DE BOGOTÁ

Ordena al Director de Talento Humano elaborar el acto administrativo de Retiro del Servicio de un funcionario de libre nombramiento y remoción, provisional o de carrera administrativa, por las causales indicadas anteriormente.

En el caso de edad de retiro forzoso, el Director de Talento Humano informa verbalmente al señor Contralor, quien toma la decisión.

2

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Ordena al profesional de la Dirección elaborar el acto administrativo de Retiro solicitado por el señor Contralor o cuando por aplicación de la normatividad se requiera.

3

PROFESIONAL

DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Elabora el proyecto de Resolución de Retiro de conformidad con la normatividad aplicable para cada causal y entrega al Director.

4

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Recibe, revisa y da visto bueno al proyecto de resolución de retiro y entrega al señor Contralor.

Punto de Control.

Verifica que la resolución corresponda a la causal de retiro invocada y se ajuste a la normatividad vigente.

 

5

CONTRALOR DE BOGOTA, D.C.

Firma la resolución de retiro del servicio y devuelve al Director de Talento Humano para continuar el trámite.

6

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Recibe resolución de retiro del Servicio firmada y entrega al profesional de la Dirección.

7

PROFESIONAL

DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Recibe y enumera la resolución de retiro del servicio, teniendo en cuenta el consecutivo de libro radicador.

Elabora memorando de comunicación al funcionario que se retira, en el que además se le solicita entregar en la Subdirección de Gestión del Talento Humano la información señalada en la actividad No. 17 del numeral 7.1, en los mismos términos y condiciones allí descritos y lo pasa para la firma del Director.

Resolución de retiro del servicio.

8

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Revisa y firma memorando de comunicación y lo pasa al profesional de la Dirección.

9

PROFESIONAL

DIRECCION DE TALENTO HUMANO

Recibe el memorando de comunicación y lo hace firmar por el funcionario retirado.

Entrega al funcionario de nivel técnico o asistencial de la Dirección, el original de la Resolución de Retiro, para radicación en el libro de Resoluciones.

Elabora la hoja de ruta y anexa dos copias de la Resolución de Retiro con los soportes y los pasa a la Subdirección de Gestión del Talento Humano.

Hoja de Ruta

Punto de control:

Verifica que el funcionario que se retira haya firmado debidamente comunicación.

10

TÉCNICO, ASISTENCIAL , DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

Recibe original de la resolución de retiro del servicio, radica y archiva en el consecutivo de resoluciones.

Libro de Radicación de Resoluciones.

11

SUBDIRECTOR DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Recibe hoja de ruta con los soportes, revisa y los pasa al funcionario encargado de la hoja de ruta para que dé a conocer la novedad a todos los grupos de la Subdirección.

Continua con la actividad 24 y subsiguientes del numeral 7.1.

7.3. Causal de retiro por supresión del empleo.

Nº

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Ordena al profesional de la Dirección elaborar el memorando mediante el cual se comunica al funcionario la supresión de su empleo, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C.

3

PROFESIONAL

DE DIRECCIÓN TALENTO HUMANO

Elabora el memorando mediante el cual se le comunica al funcionario la supresión del empleo y lo pasa al Director de Talento Humano.

 

4

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

Revisa y firma el memorando de comunicación de retiro y lo devuelve al profesional para su debida comunicación.

Memorando de comunicación de retiro.

Punto de Control:

Cuando el funcionario tiene derechos de carrera administrativa se ordena su indemnización o la reincorporación a un empleo igual o equivalente al suprimido.

Punto de Control:

Cuando el funcionario tiene fuero sindical, previo a su retiro, se ordena efectuar el trámite que para estos casos ordena la ley.

5

PROFESIONAL

DIRECCION DE TALENTO HUMANO

Recibe el memorando de comunicación de retiro y lo hace firmar por el funcionario retirado.

Elabora la hoja de ruta y anexa dos copias del memorando de comunicación de retiro con los soportes y los pasa a la Subdirección de Gestión del Talento Humano.

Hoja de Ruta

Punto de control:

Verifica que el funcionario que se retira haya firmado debidamente la comunicación.

6

SUBDIRECTOR DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Recibe hoja de ruta con los soportes, revisa y los pasa al funcionario encargado de la hoja de ruta para que dé a conocer la novedad a todos los grupos de la Subdirección.

Continua con la actividad 24 y subsiguientes del numeral 7.1.

ANEXO 1

CERTIFICACIÓN ENTREGA DE DOCUMENTOS

Que el (la) señor (a):

_______________________________________________________

Nombre y Firma de Subdirector(a) de Gestión del Talento Humano

Formato código: 6017001

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4291 de septiembre 30 de 2009.