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Resolución 5 de 2009 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
04/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4281 de septiembre 16 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 005 de 2009

RESOLUCIÓN 005 DE 2009

(Septiembre 4)

"Por la cual se crea la prima secretarial para los empleados públicos que desempeñen el cargo de Secretario Ejecutivo en el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte".

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 5° del artículo 5 del Acuerdo 4 de 1978, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante el Acuerdo del Concejo Distrital No. 4 de 1978, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Que el numeral 5° del Acuerdo 04 de 1978 expedido por el Concejo de Bogotá, dispone que es función de la Junta Directiva determinar la estructura interna del organismo, su planta de personal, el régimen de remuneraciones y asignaciones y las funciones de las diferentes dependencias.

Que el numeral 7º del artículo 17 de la Resolución No. 05 de 1997 de la Junta Directiva del IDRD, dispone que es función de la Junta Directiva "…adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias…".

Que el parágrafo del artículo 6 del Acuerdo 199 de 2005, expedido por el Concejo Distrital de Bogotá, dispone: "El establecimiento o adopción de las escalas salariales o su modificación por parte de las Juntas Directivas de las entidades pertenecientes al Sector Descentralizado, deberán contar con el Concepto Técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital".

Que el Artículo 3° del Acuerdo 092 del 26 de junio de 2003, expedido por el Concejo Distrital de Bogotá, creó la Prima Secretarial para los empleados públicos que desempeñen el cargo de Secretario, aplicada a todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a la administración central, Concejo de Bogotá, Contraloría Distrital, Personería Distrital, Veeduría Distrital y Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital.

Que teniendo en cuenta el derecho fundamental a la igualdad establecida en artículo 13 de la Constitución Política, los empleados públicos vinculados al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte y que desempeñan el cargo de Secretario Ejecutivo, tienen derecho al reconocimiento y pago mensual de la prima secretarial, sin que esta constituya factor salarial para ningún efecto legal.

Que mediante oficio DIR- 2097 del 21 de agosto de 2009, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió Concepto Técnico favorable a la propuesta de creación de la Prima Secretarial en el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio No. 2009EE651014 O 1 del 31 de agosto de 2009, expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal para la creación de la prima secretarial para los empleados públicos que desempeñen el cargo de Secretario Ejecutivo en el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte cuenta con los recursos suficientes para garantizar el pago de la Prima Secretarial rubro 3110117, tal como consta en el presupuesto de gastos e inversiones 2009, aprobado por la Secretaria Distrital de Hacienda.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear la Prima Secretarial para los Empleados Públicos que desempeñen el cargo de Secretario Ejecutivo de la planta de personal del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La prima que se crea por la presente resolución, se reconocerá y pagará a quienes desempeñen empleos de Secretario Ejecutivo en el nivel asistencial, la cual será equivalente al 2% de la asignación básica mensual. Dicho valor no constituirá factor salarial para ningún efecto legal.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

ISAURO CABRERA VEGA

Presidente

CLAUDIA MICHELSEN NIÑO

Secretaria

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4281 de septiembre 16 de 2009.