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Decreto 726 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/10/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/10/1999
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM07261999

Decreto 726 de 1999

(Octubre 19)

"Por el cual se hace una designación"

 

EL ALCALDE MAYOR (E) DE SANTA FE DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

Derogado por el Decreto Distrital No. 0005 de 2001

CONSIDERANDO

Que la Alcaldía Mayor el 23 de octubre de 1998 suscribió con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, el Proyecto de Cooperación Técnica denominado Mejoramiento de la Gestión Pública para el Nuevo Milenio COL 98/015, con el objeto de apoyar al Gobierno Distrital en el diseño, ejecución de políticas y programas para hacer de la administración una organización moderna que garantice Mayores niveles de eficacia.

Que en el numeral 7 del mencionado proyecto "Arreglos de Coordinación" de la Sección B "Justificación" se establece que la Alcaldía Mayor como entidad ejecutora, designará como Director del Proyecto COL 98/015 a un funcionario de Gobierno con suficiente responsabilidad gerencial.

Que igualmente, el Programa de Naciones Unidas y la Alcaldía Mayor suscribieron los proyectos COL 93/003 y COL 96/018,

Que los anteriores proyectos constituyen un acuerdo de voluntades entre las partes, que a su vez configuran un convenio de cooperación técnica.

En consecuencia,

DECRETA:

Artículo 1º. Designar como Directora de los Proyectos COL 93/003, COL 96/018 y COL 98/015 a la Secretaria Privada de la Alcaldía Mayor, doctora ANDREA LAWSON JARAMILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No 52.619.592.

Artículo 2º. Las funciones que la Directora de los Proyectos desarrollará, serán todas las inherentes a la ejecución del objeto pactado de conformidad con las normas legales, reglamentarias y convencionales vigentes, incluyendo la ordenación del gasto y del pago.

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 939 de noviembre 9 de 1998.

COMUNÍQUESE Y Cúmplase

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C.. a los 19 días del mes de octubre de 1999.

Alcalde Mayor (E), HECTOR RIVEROS SERRATO.