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RESOLUCIÓN 579 DE 2010 (Marzo 16) Por la cual se fija el procedimiento para el escrutinio general de las votaciones nacionales del Congreso de la República y Parlamento Andino. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 0420 del 8 de marzo de 2006 el Consejo Nacional Electoral fijó el procedimiento para el escrutinio general de las votaciones nacionales del Congreso de la República; Que mediante Resolución 0571 del 14 de marzo de 2010 el Consejo Nacional nuevamente fijó este procedimiento reproduciendo las mismas disposiciones de la Resolución 0420 antes citada, y adicionando normas que desarrollan el requisito de procedibilidad previsto en el artículo 237 de la Constitución Política; Que esta Corporación ya había regulado el requisito de procedibilidad mediante Resolución 0552 del 10 de marzo de 2010; Que la Resolución 0571 del 14 de marzo de 2010 genera confusión frente al funcionamiento del requisito de procedibilidad; Que las Resoluciones 0420 de 2006 y 0552 de 2010 son suficientes para reglamentar el procedimiento de escrutinio; Que por lo tanto resulta conveniente revocar la Resolución 0571 del 14 de marzo de 2010 y reiterar la vigencia de las Resoluciones 0420 de 2006 y 0552 de 2010; En atención a las anteriores consideraciones, RESUELVE: Artículo 1°. Revóquese la Resolución 0571 del 14 de marzo de 2010 expedida por el Consejo Nacional Electoral. En consecuencia el escrutinio general de las votaciones nacionales para Congreso de la República y Parlamento Andino se regirá por las disposiciones de la Resolución 0420 del 8 de marzo de 2006 expedida por esta misma Corporación. Artículo 2°. Confírmase la vigencia de la Resolución 0552 de 2010, "Por la cual se establecen unos procedimientos de control de escrutinios". Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2010. El Presidente del Consejo Nacional Electoral, Marco Emilio Hincapié Ramírez La Vicepresidenta del Consejo Nacional Electoral, Adelina Covo (C.F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.656 de marzo 19 de 2010. |