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Acuerdo 438 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/05/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 438 DE 2010

(Mayo 28)

Por el cual se establece la obligación de presentar un informe de gestión y ejecución de recursos de cooperación nacional e internacional del Distrito

El CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, y en especial las que le confieren los artículos 6 y 12, numerales 1º y 10° del Decreto Ley 1421 de 1993;

Ver Proyecto de Acuerdo 041 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO  PRIMERO: La Secretaría Distrital de Planeación o la entidad encargada de la coordinación de los recursos de cooperación, presentará al Concejo de Bogotá, D.C., un informe de gestión y ejecución de los recursos de cooperación nacional e internacional que reciba el Distrito Capital en la vigencia fiscal anterior a su presentación, con destino al desarrollo de planes, programas y proyectos provenientes de organismos nacionales e internacionales, de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada, sin importar su objeto y dentro del marco de las normas legales vigentes.

PARÁGRAFO: El informe a que se refiere este artículo deberá presentarse por escrito a la Secretaría General del Concejo de Bogotá, D.C., a más tardar el último día hábil del mes de febrero de cada año y sustentarse ante la Plenaria del Concejo de Bogotá. La información correspondiente deberá estar debidamente armonizada con lo dispuesto en el Acuerdo 349 de 2008.

ARTÍCULO SEGUNDO: PUBLICIDAD. Una vez sustentado el informe ante la Plenaria, será publicado en la Página Web del Concejo de Bogotá, con el fin de darlo a conocer a la ciudadanía.

ARTÍCULO TERCERO: Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CELIO NIEVES HERRERA Presidente

GLADYS GARCÍA HURTADO Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C

Mayo 28 de 2010