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Decreto 253 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/07/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 253 DE 2010

DECRETO 253 DE 2010

(Julio 2)

"Por el cual se adoptan medidas de seguridad para preservar y proteger el orden público en la Ciudad de Bogotá D.C., con motivo del evento artístico Festival Rock al Parque 2010".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 35 y 38 numeral 2º del Decreto Ley 1421 de 1993, el subliteral c) del numeral 2 del literal b) del artículo 91 de la ley 136 de 1994, el numeral 2º del artículo 188 del Acuerdo Distrital 79 de 2003, en concordancia con el Código Nacional de Policía, y,

CONSIDERANDO:

Que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Que corresponde al Alcalde Mayor, como primera autoridad de policía en la ciudad, adoptar las medidas y utilizar los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana, el orden público y la protección de los derechos y libertades públicas.

Que es necesario adoptar medidas tendientes a preservar y proteger el orden público en la ciudad de Bogotá, previniendo y controlando las perturbaciones que puedan atentar contra la seguridad y tranquilidad ciudadanas, con ocasión del evento artístico Festival Rock al Parque 2010, que se celebrará del 3 al 5 de julio en el Parque Simón Bolívar.

Que la Policía Metropolitana de Bogotá – MEBOG, recomendó mantener el trabajo por cuadrantes en los alrededores del Parque, adicional al dispositivo para la parte interna, para tener pleno manejo de la situación de orden público.

Que en el Consejo Distrital de Seguridad llevado a cabo el día martes 29 de junio de 2010, se tomó la decisión de expedir decreto de ley seca para el Festival Rock al Parque 2010, en los mismos cuadrantes en los cuales se ha venido aplicando la medida con ocasión de otros eventos similares, en el Parque Simón Bolívar.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.- Adoptar medidas de seguridad para preservar y proteger el orden público en la Ciudad de Bogotá, prohibiendo el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público, desde las diez horas (10:00 a.m.) del día tres (3) de julio del año en curso, hasta las veinticuatro horas (24:00 p.m.) del día cinco (5) de julio de 2010.

Artículo 2º.- El presente decreto rige para el sector localizado entre la Avenida Rojas y la Carrera 30 y entre la Calle 26 (Av. El Dorado) y la Calle 68.

Artículo 3º.- El incumplimiento de la presente restricción acarreará las sanciones previstas en los Códigos Nacional y Distrital de Policía y demás normas vigentes sobre la materia.

Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PÚBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de julio de 2010

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Alcalde Mayor (E)

ANDRES RESTREPO RESTREPO

Secretario de Gobierno (E)