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Decreto 316 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/04/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/04/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2377 del 24 de abril de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

DECRETO 316 DE 2001

(Abril 24)

Modificado por el Decreto Distrital 951 de 2001

Modificado por el Decreto Distrital 355 de 2003

«Por el cual se modifica la planta de cargos del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA y se dictan otras disposiciones».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No Decreto 1052 de 1998, y el Decreto 826 de 1999 se estableció y modificó la planta global de cargos del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, respectivamente.

Que según Decreto No. 308 del 20 de abril de 2001, se modificó la estructura organizacional del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente DAMA y se asignaron funciones a las Dependencias.

Que se hace necesario adecuar la planta de cargos en concordancia con los requerimientos de la nueva estructura organizacional.

Que en cumplimiento del artículo 41 de la Ley 443 de 1998, reglamentado por los artículos 148 y 154 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998, modificado por el artículo 9°. del Decreto 2504 de 1998, el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA adelantó el estudio técnico pertinente.

Que por oficio No. 1457 del 20 de abril de 2001, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de cargos del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA.

Que mediante oficio No. EE7338 del 20 de abril de 2001, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C., expidió viabilidad presupuestal No. SD 495 para amparar la modificación a la planta de cargos del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Suprimir, a partir de la vigencia del presente Decreto, los siguientes cargos de la Planta Global del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA:

CARGO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Subdirector de Departamento Administrativo

076

06

2

Asesor

105

05

1

Jefe de Oficina Asesora

115

06

1

Jefe de Unidad

207

18

9

Jefe de Unidad

207

17

1

Profesional Especializado

335

21

1

Profesional Especializado

335

20

4

Profesional Especializado

335

17

1

Profesional Universitario

340

12

3

Profesional Universitario

340

13

6

Técnico

401

15

1

Secretario Ejecutivo

525

19

1

Secretario

540

13

1

Auxiliar Administrativo

550

21

1

Auxiliar

565

07

4

Auxiliar

565

09

1

Auxiliar de Servicios Generales

605

07

1

Conductor

620

10

5

TOTAL SUPRESIÓN 44

ARTÍCULO SEGUNDO.- Crear, a partir de la vigencia del presente Decreto, los siguientes cargos en la Planta Global del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA:

CARGO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Jefe de Oficina Asesora

115

05

1

Subdirector Operativo

086

01

1

Modificado por el Decreto Distrital 206 de 2002. Suprime el cargo código 086 grado 01

ARTÍCULO TERCERO.- Las funciones propias del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, serán cumplidas por la Planta Global de cargos que se establece a continuación:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Director de Departamento Administrativo

055

07

1

Subdirector de Departamento Administrativo

076

06

3

Subdirector Operativo

086

01

1

Asesor

105

05

1

Jefe de Oficina Asesora

115

05

1

Profesional Especializado

335

21

14

Profesional Especializado

335

20

7

Profesional Especializado

335

17

20

Profesional Especializado

335

16

6

Profesional Universitario

340

15

20

Profesional Universitario

340

13

2

Profesional Universitario

340

12

1

Técnico

401

15

4

Secretario Ejecutivo

525

21

1

Secretario Ejecutivo

525

19

4

Secretario

540

13

5

Auxiliar Administrativo

550

13

4

Auxiliar Administrativo

550

21

8

Auxiliar de Servicios Generales

605

07

1

Conductor

620

10

10

TOTAL CARGOS 114

Modificado por el Decreto Distrital 206 de 2002. Crea el cargo código 07 grado 06

ARTÍCULO CUARTO.- Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, podrán optar por ser incorporados a empleo equivalente o por recibir indemnización de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998.

El procedimiento aplicable a lo consagrado en el presente artículo será el establecido en el Título III del Decreto Ley 1568 de 1998.

PARÁGRAFO: La indemnización a que se refiere el inciso primero del presente artículo, se reconocerá y pagará de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO.- Cuando los servidores públicos que ocupan los cargos suprimidos en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto se encuentren bajo situaciones jurídicas que hagan imposible su retiro efectivo del servicio, éste se producirá cuando cesen los efectos de tales situaciones.

PARÁGRAFO. Para el efecto, el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, queda facultado para expedir resolución dando cumplimiento al presente artículo.

ARTÍCULO SEXTO.- Facúltase al Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, para realizar la incorporación de los funcionarios a la Planta Global de cargos que se adopta mediante el presente Decreto.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Autorízase al Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, para distribuir los empleos de la planta global, de conformidad con la estructura, naturaleza, necesidades del servicio y los planes y proyectos de la entidad, en armonía con los principios de la Función Pública.

ARTÍCULO OCTAVO.- Delégase en el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, la facultad de expedir o actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998.

ARTÍCULO NOVENO.- Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto por concepto de indemnizaciones laborales que se causen con ocasión de la supresión de cargos, se reconocerán y pagarán conforme a lo dispuesto en las normas legales, con cargo al presupuesto del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA.

ARTÍCULO DÉCIMO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto No. 1052 del 14 de diciembre de 1998 y deroga el Decreto No. 826 del 3 de diciembre de 1999. 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil uno (2001).

Alcalde Mayor,

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS.

Directora (E.) del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente DAMA,

JULIA MIRANDA LONDOÑO.

Secretario de Hacienda Distrital,

ISRAEL FAINBOIM YAKER.

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital,

NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA.