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Resolución 864 de 2010 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
18/08/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/08/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4483 de agosto 20 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Número 0864

RESOLUCIÓN 0864 DE 2010

(Agosto 18)

"Por la cual se adiciona el artículo 35 de la resolución No. 0351 del 30 de abril de 2010 y en especial la reglamentación de las becas previstas en el artículo 133 de la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2011 de la EAAB-ESP".

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – ESP,

En ejercicio de las facultades estatutarias, conferidas en el literal a) del artículo 15 del Acuerdo 01 de 2002 de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –ESP, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2010 de la EAAB-ESP estipula: "BECAS PARA ESPECIALIZACIÓN DE PROFESIONALES.

Con destino a estudios de Especialización dentro o fuera del país, la Empresa se compromete a otorgar catorce (14) becas anuales para sus trabajadores por un valor equivalente de hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales cada una, es decir hasta doscientos ochenta (280) salarios mínimos legales mensuales por año.

La reglamentación para la adjudicación estará a cargo del Sub Comité de Educación, quien se obliga a respetar el monto y las cantidades definidas en este punto (…)".

Que dando cumplimiento a lo anterior, el Sub Comité de Educación mediante Acta No.007 del 16 de abril de 2010 y el Comité de Desarrollo Humano y Empresarial, en Acta No. 130 del 16 de abril de 2010, aprobaron la reglamentación de auxilios y becas, los cuales se adoptaron mediante Resolución No. 0351 del 30 de abril de 2010.

Que en el Titulo Quinto de la resolución enunciada se reglamentaron las Becas a que hace referencia el artículo 133 de la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2011 para programas de especialización de Profesionales, Tecnólogos y para Educación e Investigación Técnica y Tecnológica,

Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior, son programas de postgrado además de las especializaciones, las maestrías y los doctorados.

Que teniendo en cuenta que la Convención Colectiva de trabajo vigente no contempló la posibilidad de hacer extensivo el beneficio a los programas de maestría y doctorado, y con el fin de cumplir con el objetivo de fortalecimiento institucional de la Empresa a través de la profesionalización de sus trabajadores, se hace necesario ampliar el incentivo previsto en el artículo 133 de la Convención Colectiva de Trabajo Vigente 2008-2010, a los programas de maestría y doctorado, dentro y fuera del país.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adicionar el artículo 35 de la Resolución No. 0351 del 30 de abril de 2010, ampliando las becas a los programas de maestría y doctorado en el país y en el exterior, de conformidad con el artículo 133 de la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2011.

PARÁGRAFO: El Sub Comité de Educación, reglamentará el otorgamiento de las becas para los programas a que hace referencia este artículo, asignando los recursos de acuerdo con lo estipulado en la Convención Colectiva de Trabajo vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona en lo pertinente la Resolución No. 0351 del 30 de abril de 2010.

Dado en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de agosto de 2010.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA

Gerente General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4483 de agosto 20 de 2010