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Decreto 1085 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2296 del 22 de diciembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM10852000

Decreto 1085 de 2000

(Diciembre 22)

«Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2000».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ,

DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que una vez evaluado el comportamiento de los ingresos corrientes del Fondo de Educación y Seguridad Vial «FONDATT», se observa que esta entidad no alcanzará a recaudar el valor programado.

Que el valor a recaudar por concepto de Peajes y Concesiones, Fondo Nacional de Regalías y Otros Recursos de Capital será inferior a la proyección calculada para 2000, reduciendo el monto de recursos administrados incluidos en el presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano, que financian en parte los gastos de inversión programados para esta entidad durante el año 2000.

Que en mérito de lo expuesto, es necesario reducir el presupuesto de inversión de las entidades en las que se presente esta situación.

Que el Fondo Financiero Distrital de Salud, recibirá recursos adicionales del Ministerio de Salud por valor de $2.138.050.911 provenientes de Otras Transferencias Nación, de los cuales se efectuará una sustitución de Rentas e Ingresos por valor de $1.789.924.106, por lo cual es necesario levantar la suspensión ordenada en el artículo 3° del Decreto 779 de 2000.

Que mediante el Decreto 779 de 2000 en su artículo 2°, Parágrafo Tercero se realizó una sustitución de Rentas e Ingresos por valor de $1.955.892.089, por lo cual es procedente realizar el levantamiento de la suspensión ordenada en el Decreto 533 de 2000 para el Fondo Financiero Distrital de Salud en igual cuantía.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1°- Redúzcase el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los siguientes Establecimientos Públicos para la vigencia 2000 en la suma de setenta y ocho mil novecientos veintiún millones de pesos ($78.921.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:

135 FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL

2

INGRESOS

1.821.000.000

21

INGRESOS CORRIENTES

1.821.000.000

212

NO TRIBUTARIOS

1.821.000.000

21203

Multas

1.821.000.000

3

GASTOS

1.821.000.000

33

INVERSION

1.821.000.000

331

DIRECTA

1.821.000.000

33110

POR LA BOGOTA QUE QUEREMOS

1.821.000.000

3311001

MOVILIDAD

1.821.000.000

331100116

Fortalecimiento del Manejo de Tráfico

1.821.000.000

331100416 7042

Ampliación y mantenimiento de la red Semafórica

1.821.000.000

204 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO . IDU

2

INGRESOS

77.100.000.000

21

INGRESOS CORRIENTES

70.000.000.000

212

NO TRIBUTARIOS

70.000.000.000

21208

Peajes y Concesiones

70.000.000.000

22

TRANSFERENCIAS

6.400.000.000

221

NACIÓN

6.400.000.000

22103

Fondo Nacional de Regalías

6.400.000.000

24

RECURSOS DE CAPITAL

700.000.000

247

OTROS RECURSOS DE CAPITAL

700.000.000

3

GASTOS

77.100.000.000

33

INVERSIÓN

77.100.000.000

331

DIRECTA

77.100.000.000

33110

POR LA BOGOTA QUE QUEREMOS

700.000.000

3311001

DESMARGINALIZACIÓN

700.000.000

331100101

Ampliación y Mejoramiento de la Infraestructura Víal y de Servicios Públicos

700.000.000

3311001017033

Accesos a Barrios, Pavimentos Locales e Infraestructura Básica de Desarrollo Local

76.400.000.000

3311004

MOVILIDAD

76.400.000.000

331100417

Adecuación de la Infraestructura Vial

70.000.000.000

3311004175054

Recuperación y Mantenimiento de la Malla Vial

6.400.000.000

3311004177048

Ampliación y Mejoramiento de la Malla Vial

78.921.000.000

Artículo 2°- Sustitúyase en el Fondo Financiero Distrital de Salud para la vigencia 2000 la suma de $1.789.924.106 así:

138 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

DISMINUYE

2

INGRESOS

1.789.824.106

22

TRANSFERENCIAS

1.789.824.106

224

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

1.789.824.106

22403

Participación Ingresos Corrientes de la Nación

1.789.824.106

   

AUMENTA

2

INGRESOS

1.789.824.106

22

TRANSFERENCIAS

1.789.824.106

221

NACIÓN

1.789.824.106

22105

Otras Transferencias Nación

1.789.824.106

Artículo 3°- Levántese la suspensión del parágrafo primero del artículo 1° del Decreto 533 de 2000 y del artículo 3° del Decreto 779 de 2000, así:

138. FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

3

GASTOS

3.745.816.195

33

INVERSIÓN

2.108.053.106

331

DIRECTA

2.108.053.106

33110

POR LA BOGOTA QUE QUEREMOS

2.108.053.106

3311002

INTERACCIÓN SOCIAL

2.108.053.106

331100208

Mejoramiento de la Calidad y Cobertura en la Prestación de los Servicios de Salud

2.108.053.106

3311002084273

Fortalecimiento de la Salud Pública

318.129.000

3311003094292

Prestación de Servicios a la Población Participante Vinculada al Sistema

1.789.924.106

332

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

1.637.763.089

33202

OTRAS ENTIDADES

1.637.763.089

3320207

Situado Fiscal .Aportes Patronales

1.637.763.089

Artículo 3°- (Sic) Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.

Artículo 4°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre del año dos mil (2000).

Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; Secretaria de Hacienda, ALEXANDRA ROJAS LOPERA

Nota: Publicado en el Registro Distrital numero 2296 de diciembre 22 de 2000.