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Decreto 1085 de 2000 (Diciembre 22) «Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2000». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que una vez evaluado el comportamiento de los ingresos corrientes del Fondo de Educación y Seguridad Vial «FONDATT», se observa que esta entidad no alcanzará a recaudar el valor programado. Que el valor a recaudar por concepto de Peajes y Concesiones, Fondo Nacional de Regalías y Otros Recursos de Capital será inferior a la proyección calculada para 2000, reduciendo el monto de recursos administrados incluidos en el presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano, que financian en parte los gastos de inversión programados para esta entidad durante el año 2000. Que en mérito de lo expuesto, es necesario reducir el presupuesto de inversión de las entidades en las que se presente esta situación. Que el Fondo Financiero Distrital de Salud, recibirá recursos adicionales del Ministerio de Salud por valor de $2.138.050.911 provenientes de Otras Transferencias Nación, de los cuales se efectuará una sustitución de Rentas e Ingresos por valor de $1.789.924.106, por lo cual es necesario levantar la suspensión ordenada en el artículo 3° del Decreto 779 de 2000. Que mediante el Decreto 779 de 2000 en su artículo 2°, Parágrafo Tercero se realizó una sustitución de Rentas e Ingresos por valor de $1.955.892.089, por lo cual es procedente realizar el levantamiento de la suspensión ordenada en el Decreto 533 de 2000 para el Fondo Financiero Distrital de Salud en igual cuantía. En virtud de lo anterior, DECRETA: Artículo 1°- Redúzcase el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los siguientes Establecimientos Públicos para la vigencia 2000 en la suma de setenta y ocho mil novecientos veintiún millones de pesos ($78.921.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle: 135 FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL
204 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO . IDU
Artículo 2°- Sustitúyase en el Fondo Financiero Distrital de Salud para la vigencia 2000 la suma de $1.789.924.106 así:138 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD DISMINUYE
Artículo 3°- Levántese la suspensión del parágrafo primero del artículo 1° del Decreto 533 de 2000 y del artículo 3° del Decreto 779 de 2000, así:138. FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD
Artículo 3°- (Sic) Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes. Artículo 4°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre del año dos mil (2000). Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; Secretaria de Hacienda, ALEXANDRA ROJAS LOPERA Nota: Publicado en el Registro Distrital numero 2296 de diciembre 22 de 2000. |