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Decreto 750 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/09/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/09/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2222 del 5 de septiembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM07502000

Decreto 750 de 2000

(Septiembre 5)

«Por el cual se modifican los Decretos 940 de 1999, 088, 205, 267, 380 y 673 del 2000».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que se expidió el Decreto 940 de 1999, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2000».

Que las modificaciones a realizar mediante el Decreto no afectarán el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 940 de 1999, modificado por los Decretos 247, 267 y 673 del 2000.

Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de unas apropiaciones presupuestales del Instituto de Desarrolla Urbano -IDU por $4.900.000.000 para permitir la ejecución de algunos proyectos y a su vez aplicarla a otros proyectos en la misma entidad, en igual cuantía.

En virtud de lo anterior,

 

DECRETA:

Artículo 1.- Levantar la suspensión de las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

       

204

 

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU

4.900.000.000

       

3

 

GASTOS

4.900.000.000

3 3

 

INVERSIÓN

4.900.000.000

3 3 1

 

DIRECTA

4.900.000.000

3 3 1 10

 

POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS

4.900.000.000

3 3 1 10 03

 

CIUDAD A ESCALA HUMANA

1.900.000.000

3 3 1 10 03 10

 

Recuperación, Mejoramiento y Ampliación del Espacio Público

1.900.000.000

3 3 1 10 03 10

3032

Eje Ambiental Avenida Jiménez

400.000.000

3 3 1 10 03 10

7037

Andenes, Separadores y Sardineles

1.500.000.000

3 3 1 10 04

 

MOVILIDAD

3.000.000.000

3 3 1 10 04 17

 

Adecuación de la Infraestructura Vial

3.000.000.000

3 3 1 10 04 17

5008

Habilitación Vías Secundarias

3.000.000.000

       

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

4.900.000.000

Artículo 2.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1o. del presente Decreto, se compensará con la suspensión de las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

204

 

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU

4.900.000.000

       

3

 

GASTOS

4.900.000.000

3 3

 

INVERSIÓN

4.900.000.000

3 3 1

 

DIRECTA

4.900.000.000

3 3 1 10

 

POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS

4.900.000.000

3 3 1 10 03

 

CIUDAD A ESCALA HUMANA

1.500.000.000

3 3 1 10 03 10

 

Recuperación, Mejoramiento y Ampliación del Espacio Público

1.500.000.000

3 3 1 10 03 10

3081

Construcción de Alamedas

1.500.000.000

3 3 1 10 04

 

MOVILIDAD

3.400.000.000

3 3 1 10 04 17

 

Adecuación de la Infraestructura Vial

3.400.000.000

3 3 1 10 04 17

7048

Ampliación y Mejoramiento de la Malla Vial

3.400.000.000

       

TOTAL SUSPENSIÓN PRESUPUESTAL

4.900.000.000

Artículo 3.- Remítase copia del presente Decreto a la Secretaria de Hacienda y demás oficinas competentes

Artículo 4.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los cinco (05) días del mes de Septiembre del año

dos mil (2000)

El alcalde mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; El secretario de hacienda,

CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES

 

Nota: el presente decreto fue publicado en el Registro Distrital numero 2222 de septiembre 5 de 2000.