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Decreto 928 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/10/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/10/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2258 del 26 de octubre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM09282000

Decreto 928 de 2000

(Octubre 26)

«Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2000 con cargo al Fondo de Compensación Distrital».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, por el cual se compila el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que con cargo al Fondo de Compensación Distrital, según el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, se pueden atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará y evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1o.- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2000, la suma de Doscientos Noventa y Ocho Millones de Pesos ($298.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

298.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE

   
 

PRESUPUESTO

   

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA

   
 

FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

   

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

298.000.000

 
 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

298.000.000

CRÉDITOS

115

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

 

240.000.000

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

   

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01.10

Remuneración Servicios Técnicos

40.000.000

 

3.1.1.01.13

Prima de Navidad

200.000.000

 

123

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE

 

58.000.000

 

ACCIÓN COMUNAL

   

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1.

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

   

3.1.1.02

GASTOS GENERALES

   

3.1.1.02.03

Gastos de Computador

33.000.000

 

3.1.1.02.08

Mantenimiento y Reparaciones

   

3.1.1.02.08.01

Mantenimiento Entidad

25.000.000

 
 

SUMAN LOS CRÉDITOS

 

298.000.000

Artículo 2o.- Remítanse copias del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.

Artículo 3o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año dos mil (2000).

Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; Secretario de Hacienda, CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES

 

Nota: el presente decreto fue publicado en el Registro Distrital numero 2258 de octubre 26 de 2000.