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RESOLUCIÓN 54 DE 2010 "Por la cual se modifica la Resolución 8 de 2010 y se designa un nuevo Secretario Ad·Hoc" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial lo dispuesto en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución 008 de 2010 expedida por este Despacho, se separó del conocimiento a la doctora JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO, Secretaria Distrital de Hábitat, para resolver de fondo los recursos de apelación interpuestos en contra de las Resoluciones 006 043 de 2009, la primera de ellas ordenó levantar la medida de intervención y toma de posesión que pesa sobre los negocios, bienes y haberes de los señores Luís HERNANDO RODRÍGUEZ CONTRERAS y PUBLIO ARMANDO ORJUELA, medida ésta que fue ordenada mediante las Resoluciones No. 6307 de 03 de diciembre de 1980, expedida por la Superintendencia Bancaria y la No. 100-2782 del 30 de noviembre de 1994, suscrita por la Superintendencia de Sociedades, y la segunda por medio de la cual se aclaró y modifico la Resolución 006 de febrero 13 de 2009, así como en contra del Auto de fecha 10 de julio de 2009, proferido por la misma Secretaría. Que en ,el artículo 2, ibídem, se dispuso designar como Secretario Distrital de Hábitat Ad-Hoc para efecto de resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de las resoluciones 006 y 043 de 2009, y el Auto de fecha 10 de julio de 2009, al doctor Luís Alberto Suárez Sanz, Asesor de Despacho de la Secretaría Distrital de Hábitat así como para los demás recursos y solicitudes que se interpusieran sobre la misma desintervención de los bienes de los señores Luís Hernando Rodríguez Contreras y Publio Armando Orjuela Santamaría ante la doctora JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO, Secretaria Distrital de Hábitat. Que mediante la Resolución No.717 del 16 de julio de 2010 expedida por la Secretaría Distrital de Hábitat, se aceptó la renuncia presentada por el doctor Luís Alberto Suárez Sanz, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.269.540 expedida en Bogotá D.C, al cargo de Asesor Código 105 Grado 05, a partir del 21 de julio del mismo año. Que mediante radicado No. 1-2010-34071 la doctora JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO, manifestó que dentro de la planta global de cargos de la Secretaría Distrital de Hábitat no se cuenta con ningún servidor que pueda desempeñar la aludida función, como quiera que quienes tienen el perfil para adelantar una tarea de estas condiciones, han participado a lo largo del citado proceso de intervención. Que el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, consagra que la autoridad ante quien se manifieste el impedimento deberá decidir en el término de diez (10) días y en forma motivada, sin que contra la decisión quepa recurso; y al decidir señalará quién debe continuar el trámite, pudiendo si es preciso designar funcionario ad hoc; en el mismo acto ordenará la entrega del expediente al designado que ha de sustituir al separado del conocimiento. Que por lo anterior, procede la designación del Secretario Distrital de Hábitat Ad-Hoc que asumirá el conocimiento y decisión del recurso de apelación interpuesto. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificase el artículo 2 de la Resolución 008 de 2010 en el sentido de designar como Secretario Distrital de Hábitat Ad-Hoc, para efecto de resolver el recurso de apelación interpuesto en contra de las Resoluciones 006 y 043 de 2009, y el Auto de fecha 10 de julio de 2009, al doctor Juan Antonio Nieto Escalante, Secretario Distrital de Ambiente, así como para resolver los recursos y solicitudes que se interpongan ante la doctora JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO, Secretaria Distrital de Hábitat, con ocasión de la desintervención de los bienes y negocios de los señores Luís Hernando Rodríguez Contreras y Publio Armando Orjuela Santamaría. ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar a la Secretaría Distrital de Hábitat, hacer entrega del respectivo expediente al designado en el artículo anterior. ARTÍCULO TERCERO: Remitir una copia de la presente decisión a la doctora JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO, Secretaria Distrital de Hábitat y al doctor JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE, Secretario Distrital de Ambiente quien, como Secretario Distrital de Hábitat Ad-Hoc para el caso, informará del contenido de esta Resolución a quienes tengan interés dentro del proceso administrativo a que se ha hecho referencia. ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno de conformidad con el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo. ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto del año 2010 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor |