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Decreto 369 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/05/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/05/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2146 del 12 de mayo de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM03692000

Decreto 369 de 2000

(Mayo 12)

«Por el cual se modifican los Decretos 940 de 1999, 088, 205, y 267 de 2000».

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que se expidió el Decreto 940 de 1999, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2000».

Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación presupuestal en el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU por $8.500.000, para realizar obras urgentes con destino a la Adecuación de la Infraestructura Vial del Distrito Capital.

Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación presupuestal en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado - Otras Inversiones por $3.500.000.000 y aplicar dicha suspensión a otra entidad, en la misma cuantía.

Que las modificaciones a realizar en el presente Decreto no afectarán el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 940 de 1999.

En virtud de lo anterior,

Modificado por el Decreto Distrital 418 de 2000

DECRETA:

Artículo 1o.- Levantar la suspensión de las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

12.000.000.000

3

GASTOS

12.000.000.000

3 3

INVERSIÓN

12.000.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

12.000.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLlCOS

12.000.000.000

3 3 2 01 07

lnstituto de Desarrollo Urbano - IDU

8.500.000.000

3 3 2 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

3.500.000.000

3 3 2 02 02

EAAB -ESP

3.500.000.000

3 3 2 02 02 02

Otras Inversiones

3.500.000.000

 

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

12.000.000.000

Parágrafo: El levantamiento de la suspensión en la Secretaría de Hacienda a que se refiere el artículo 1°. del presente Decreto, se reflejará en el Presupuesto de Inversión del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, correspondiente a la vigencia fiscal 2000 así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

204

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU

8.500.000.000

3

GASTOS

8.500.000.000

3 3

INVERSIÓN

8.500.000.000

3 3 1

DIRECTA

8.500.000.000

3 3 1 10

POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS

8.500.000.000

3 3 1 10 04

MOVILIDAD

8.500.000.000

3 3 1 10 04 17

Adecuación de la Infraestructura Vial

8.500.000.000

3 3 1 10 04 17 5004

Avenida Longitudinal de Occidente

3.000.000.000

3 3 1 10 04 17 7048

Ampliación y Mejoramiento de la Malla Vial

5.500.000.000

Artículo 2o.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1° del presente Decreto, se compensará con la suspensión de las siguientes partidas del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

SUSPENSIÓN

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

12.000.000.000

3

GASTOS

12.000.000.000

3 3

INVERSIÓN

12.000.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

12.000.000.000

3 3 2 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

12.000.000.000

3 3 2 02 05

Metrovivienda

12.000.000.000

 

TOTAL SUSPENSIÓN

12.000.000.000

Artículo 3o.- Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.

Artículo 4o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil (2000).

 

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; El Secretario de Hacienda CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES

 

Nota: Publicado en el Registro Distrital numero 2146 de mayo 12 de 2000.