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RESOLUCIÓN 4414 DE 2010 (Octubre 8) "Por la cual se modifica el artículo 4° de la Resolución 4199 de septiembre 29 de 2010". EL MINISTRO DE TRANSPORTE, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 59 numeral 3 de la Ley 489 de 1998, 1° de la Ley 769 de 2002 –modificado por el artículo 1° de la Ley 1383 de 2010– y 2 numeral 2.4 y 5 numeral 5.3 del Decreto 2053 de 2003, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 4° de la Resolución 4199 de septiembre 29 de 2010, se estableció que "A partir del día once (11) de octubre se exigirá a los usuarios del sistema, para la realización de los trámites y procedimientos, la validación de la huella dactilar", de conformidad con el cronograma previamente establecido por el Concesionario RUNT, y avalado por el Consorcio PAI-RUNT, en su calidad de interventor. Que el Consorcio PAI-RUNT, radicó ante el Ministerio de Transporte el Oficio número 20103210621382 del 6 de octubre de 2010, mediante el cual recomienda desde el punto de vista técnico y tecnológico, que se amplíe la fecha prevista en el artículo 4° de la citada resolución, y sugiere, en consecuencia, que la validación de lahuella dactilar a los usuarios del sistema RUNT sea exigible a partir del día dos (2) de noviembre de 2010. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar el artículo 4° de la Resolución 4199 de septiembre 29 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 4°. A partir del día dos (2) de noviembre de 2010 se exigirá a los usuarios del sistema, para la realización de los trámites y procedimientos, la validación de la huella dactilar". Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de octubre de 2010. El Ministro de Transporte, GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ. NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47859 de octubre 11 de 2010 |