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DECRETO 451 DE 2010 (Octubre 19) "Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Numeral 3 del Artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que el señor Agustí Fenández de Losada Passols, Director de Relaciones Internacionales de la Diputación de Barcelona, Oficina de Coordinación y Orientación (OCO) Programa URB-AL III, extendió una invitación al doctor YURI CHILLÁN REYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.474.711, Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para participar en el Primer Encuentro Diálogo Euro-Latinoamericano sobre Cohesión Social y Políticas Públicas Locales "URBsocial", que se llevará a cabo en la ciudad de Sitges, Barcelona, España, del 20 al 22 de octubre de 2010. Que el mencionado evento busca generar diálogos constructivos, intercambiar entre actores europeos y latinoamericanos experiencias en gestión pública local que ayuden a generar una reflexión colectiva sobre posibles soluciones a problemas comunes vinculados con la promoción de la cohesión social, así como articular y promover una agenda estratégica euro-latinoamericana, que plasme y refleje las aspiraciones comunes de los actores participantes para incidir en los procesos e instancias necesarias para aumentar el grado de cohesión social local en América Latina. Que el doctor YURI CHILLÁN REYES tendrá a su cargo una ponencia dentro de la "Mesa de diálogo de gobiernos locales euro-latinoamericanos sobre la agenda de cohesión social y las políticas públicas locales". Que la asistencia del doctor YURI CHILLÁN REYES al mencionado evento se considera procedente por tratarse de asuntos que interesan a la entidad y guardan relación con el cargo que ejerce, toda vez que representa para el Distrito Capital una valiosa oportunidad para reflexionar sobre las políticas de cohesión social, plantear su importancia en la agenda local y compartir internacionalmente sus experiencias. Que la Oficina de Coordinación y Orientación (OCO), Programa URB-AL III, reconocerá al doctor YURI CHILLÁN REYES, los gastos de tiquetes aéreos, alojamiento y manutención. Que el Gobierno Nacional mediante Decreto No. 3893 del 19 de octubre de 2010, autorizó al doctor YURI CHILLÁN REYES para aceptar la invitación y recibir el pago de los gastos de tiquetes aéreos, alojamiento y manutención. Que con el propósito de que el doctor YURI CHILLÁN REYES asista al evento previsto se hace necesario otorgar comisión de servicios al exterior del 19 al 23 de octubre de 2010, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°. Conceder comisión de servicios del 19 al 23 de octubre de 2010, al doctor YURI CHILLÁN REYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.474.711, Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para viajar a la ciudad de Sitges, Barcelona, España, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo 2°. La presente comisión no causa derogación alguna del presupuesto de la entidad. Artículo 3°. Durante el término de la comisión el servidor tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el Artículo 9º del Decreto 1050 de 1997. Artículo 4°. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el doctor YURI CHILLÁN REYES deberá presentar ante su superior inmediato, un informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el Artículo 1º del Decreto 2140 de 2008. Artículo 5º. Encargar de las funciones de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a la doctora BEATRIZ HELENA HINCAPIÉ MOLINA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.577.336, Subsecretaria de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, del 19 al 24 de octubre de 2010. Artículo 6°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C a los diecinueve (19) días del mes de octubre de dos mil diez (2010) SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor |