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Resolución 25 de 2011 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC

Fecha de Expedición:
24/01/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/02/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4593 de febrero 8 de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 025 DE 2011

(Enero 24)

Por la cual se determina el calendario y el cronograma electoral para la elección de los Consejos Locales de Juventud y la conformación del Consejo Distrital de Juventud en el Distrito Capital para el periodo 2011- 2014.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

La Directora del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas en el Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, y los artículos 1 y 4 del Decreto Distrital 191 de 2008, y

CONSIDERANDO:

1. Que mediante el Acuerdo 33 de 2001 expedido por el Concejo de Bogotá, Distrito Capital, se establecen el Consejo Distrital de Juventud y los Consejos Locales de Juventud en el Distrito Capital, como organismos asesores y consultivos válidos de la Administración Distrital y Local, respectivamente, en relación con las políticas, planes de desarrollo, proyectos e iniciativas que involucren los temas concernientes a la población juvenil bogotana.

2. Que en virtud del Acuerdo anterior se estipuló que la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, deberá convocar a elecciones de Consejos Locales de Juventud en cada una de las localidades de Bogotá cada tres (3) años, con antelación de no menos de tres (3) meses al vencimiento del período de los Consejos de Juventud vigentes, asegurando la continuidad de la institución; y con el propósito de garantizar la inscripción y elección de los Consejos definió, asimismo, que la Registraduría Distrital y sus Auxiliares en cada jurisdicción, deberán realizar un censo electoral de jóvenes.

3. Que de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 1 del Decreto 191 de 2008, la convocatoria de las elecciones de los Consejos Locales de Juventud se realizará por intermedio del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal- IDPAC, quien señalará el procedimiento y cronograma para las elecciones.

4. Que mediante el artículo 4 del Decreto 191 de 2008, El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal- IDPAC, como entidad coordinadora del Equipo Distrital de Apoyo Interinstitucional - EDAI - para el proceso de elecciones de Consejos Locales de Juventud, para mayor celeridad y eficiencia, podrá establecer y efectuar las modificaciones que sean necesarias al calendario y/o cronograma de elecciones conforme a lo resuelto en el mencionado Decreto.

5. Que conforme con el Decreto No. 115 de 2005, modificado por el Decreto No. 191 de 2008, el Alcalde Mayor de Bogotá reglamentó las elecciones de los Consejos de Juventud en el Distrito Capital y redefinió la confirmación y funciones del Equipo Distrital de Apoyo Interinstitucional EDAI, y los Equipos Locales de Apoyo Interinstitucional- ELAI.

6. Que una de las funciones electorales del EDAI es la conformación de un Comité Operativo de Elecciones junto con la Registraduría Distrital del Estado Civil, para cada proceso que se realice en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, bajo la coordinación del Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal, IDPAC.

7. Que entre las funciones electorales que tiene el EDAI se encuentran las de diseñar e Implementar un Plan de Acción Distrital para cada proceso de elección de los Consejos Locales de Juventud, incluida la definición del calendario y/o cronograma electoral.

8. Que por lo tanto, se hace necesario que el IDPAC como entidad coordinadora del Comité Operativo de Elecciones del EDAI, defina y publique el calendario y/o cronograma electoral de la próxima elección de los Consejos locales de Juventud y la conformación del Consejo Distrital de Juventud del Distrito Capital para el periodo 2011 - 2014.

9. Que mediante Decreto Distrital 191 de 2008 emanado del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, se modificó el periodo de inscripciones, la duración de la capacitación y la fecha de elección de los Consejos Locales de Juventud en el Distrito Capital.

Que en mérito de lo expuesto, la Directora del INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACION Y ACCION COMUNAL

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Definir como calendario y/o cronograma electoral para la elección de los Consejos de Juventud y la conformación del Consejo Distrital de Juventud en el Distrito Capital para el periodo 2011 – 2014.

Modificado por la Resolución del IDPAC 0208 de 2011

PROCESO

FECHAS

Inicio del proceso pre-electoral

Febrero 15 de 2011

Inscripción jóvenes votantes

Mayo 16 - Agosto 12 de 2011

Entrega a Registraduría del Censo Electoral.

Agosto 19 de 2011

Publicación del Censo Electoral y declaratoria de firmas Juveniles por localidad

Agosto 19 de 2011

Inscripción candidatos y candidatas

Agosto 29 - Septiembre 29 de 2011

Capacitación candidatos y candidatas

Septiembre 30 - Octubre 2 de 2011

Tiempo de campañas

Desde el momento de la inscripción hasta dos días antes de la elección.

Selección de Jurados

Agosto 1 de 2011

Capacitación de jurados, claveros y comisión escrutadora

Agosto 22 - Agosto 27 de 2011

Notificación máxima de claveros jurados y comisión escrutadora

Agosto 19 de 2011

Elección de Consejos Locales de Juventud

Octubre 19 de 2011

Escrutinio de los votos

Octubre 20 y 21 de 2011

Entrega de Credenciales y posesión

Noviembre 18 de 2011

Instalación de Consejos Locales de Juventud

Noviembre 25 de 2011

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás normas que le sean contrarias.

Dada en Bogotá, D.C., el día 24 del mes de enero del año 2011.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

OLGA BEATRIZ GUTIERREZ TOBAR

Directora General IDPAC

Nota: Publicado en el Registro Distrital 4593 de febrero 8 de 2011.