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Resolución 60 de 2011 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
04/02/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4614 de marzo 9 de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN 060 DE 2011

(Febrero 04)

Por la cual se adopta el sistema de firma mecánica para la expedición de los certificados de existencia y representación legal de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal inscritos en la localidad de Suba.

LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el Decreto-ley 1421 de 1993, Ley 909 de 2004 y los Decretos 1567 de 1.998 y 1227 de 2005, 2150 de 1995 y 539 de 2006.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8 de la Ley 675 de 2001 asignó la inscripción y posterior certificación sobre la existencia y representación legal de las personas jurídicas al Alcalde Municipal o Distrital del lugar de ubicación del edificio o conjunto, o a la persona o entidad en quien este delegue esta facultad.

Que el artículo 50 del Decreto 854 de 2001 delego la inscripción y expedición de las certificaciones de existencia y representación legal de las personas jurídicas reguladas por la Ley 675 del 3 de agosto de 2001, a los Acaldes Locales con el fin desconcentrar funciones encaminadas a impulsar los principios administrativos de celeridad y eficacia en la atención ciudadana.

Que el artículo 12 del decreto 2150 del 05 de Diciembre de 1995, autoriza a los jefes de las entidades que integran la administración pública el uso bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, en tratándose de firmas masivas.

Que el concepto emitido por la Dirección Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor, señala: "el Alcalde local es una de las autoridades locales, de conformidad con el artículo 61 del Decreto ley 1421 de 1993, dichos cargos hacen parte de la estructura orgánica de la Secretaría Distrital de Gobierno, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Distrital 539 de 2006., lo que implica, que es dicha entidad en cabeza de la Secretaria Distrital de Gobierno, la autoridad competente para autorizar la implementación de la misma, lo cual debe realizarse mediante acto administrativo".

Que en merito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el uso de la firma mecánica en la expedición de los certificados de existencia y representación legal de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal inscritos en la Alcaldía local de Suba.

ARTÍCULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.

OLGA LUCÍA VELÁSQUEZ NIETO

Secretaria Distrital de Gobierno

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4614 de marzo 9 de 2011.