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DIRECTIVA PRESIDENCIAL 11 DE 2011 (Marzo 16)
Ver la Directiva Presidencial 003 de 2011 Teniendo en cuenta que a la fecha existen personas en algunos municipios afectados por la emergencia invernal que aún no han sido registradas en los formularios para el Registro Único de Damnificados, se hace necesario prorrogar el término concedido en numeral 3 de la Directiva Presidencial número 03 del 13 de enero de 2011 hasta el 30 de marzo de 2011, a fin de que los municipios incursos en el retraso cumplan con los registros respectivos. Asimismo, se estima pertinente ampliar el plazo de que trata el numeral 5 de la citada Directiva 03 hasta el día 5 de abril de 2011. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Nota: Publicado en el Diario Oficial 48013 de marzo 16 de 2011. |