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Decreto 788 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/10/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/10/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2493 del 12 de octubre de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM07882001

DECRETO 788 DE 2001

(Octubre 12)

«Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2001".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 17 y 65 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Distrital expidió mediante el Decreto 1086 de 2000, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2001, el cual fue liquidado mediante Decreto 1148 de 2000.

Que el Gobierno Distrital y el Gobierno Alemán suscribieron en abril 11 de 2000 el Contrato de Aporte Financiero para el desarrollo del proyecto de Mejoramiento Integral de Barrios «SUR CON BOGOTÁ» - KFW.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto Anual del Distrito y se incorporarán al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital.

Que la KFW mediante FAX del 8 de agosto de 2001, confirma bajo las condiciones estipuladas en el Contrato de Aporte Financiero no reembolsable, firmado entre la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Kreditanstalt Fúr Wiederaufbau KfW, que ha efectuado la debida reserva del valor total correspondiente a dicho Contrato de Aporte Financiero.

Que con base en lo anterior se hace necesario incorporar al Presupuesto Anual Distrital los recursos provenientes del Gobierno Alemán, para el desarrollo del Proyecto «SUR CON BOGOTÁ» - KFW.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Adiciónese el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2001 en la suma de siete mil cincuenta y nueve millones novecientos cincuenta mil pesos ($7.059.950.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADMINISTRAClÓN CENTRAL

2

INGRESOS

   

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

 

7.059.950.000

2 4 6

DONACIONES

 

7.059.950.000

TOTAL INGRESOS

7.059.950.000

 

ARTÍCULO 2°.- Adiciónase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2001 en la suma de siete mil cincuenta y nueve millones novecientos cincuenta mil pesos ($7.059.950.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

 

3 3

INVERSlÓN

4.676.530.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

4.676.530.000

3 3 2 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

4.676.530.000

3 3 2 02 13

PROYECTO SUR CON BOGOTÁ - KFW

4.676.530.000

3 3 2 02 13 02

EAAB-ESP

2.026.530.000

3 3 2 02 13 04

Fondo Financiero Distrital de Salud

100.000.000

3 3 2 02 13 07

Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

2.550.000.000

TOTAL GASTOS

 

4.676.530.000

112 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

1.250.000.000

3 3 1

DIRECTA

1.250.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

1.250.000.000

3 3 1 11 04

EDUCAClÓN

1.250.000.000

3 3 1 11 04 20

Educación para la era del conocimiento

1.250.000.000

3 3 1 11 04 20 7069

Construcción y Dotación de Centros Educativos en Zonas Marginales

1.250.000.000

TOTAL GASTOS

 

1.250.000.000

122 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

950.000.000

3 3 1

DIRECTA

950.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

950.000.000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

950.000.000

3 3 1 11 06 30

Mundos para la niñez y la familia

950.000.000

3 3 1 11 06 30 4027

Construcción, Remodelación y Mantenimiento de Plantas Físicas

950.000.000

TOTAL GASTOS

 

950.000.000

123 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ACCIÓN COMUNAL

3 GASTOS

3 3

INVERSIÓN

183.420.000

3 3 1

DIRECTA

183.420.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

183.420.000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

183.420.000

3 3 1 11 03 19

Obras con saldo pedagógico

183.420.000

3 3 1 11 03 19 7252

Mejoramiento Integral de Barrios SUR con Bogotá

133.420.000

3 3 1 11 03 19 7354

Ecobarrio

50.000.000

TOTAL GASTOS

 

183.420.000

TOTAL GASTOS

 

7.059.950.000

PARÁGRAFO: El monto correspondiente a la adición en la Secretaría de Hacienda de que trata el presente artículo se reflejará en las siguientes entidades así:

138 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

2 INGRESOS

2 2

TRANSFERENCIAS

100.000.000

2 2 4

Administración Central

100.000.000

2 2 4 01

Aporte Ordinario

100.000.000

TOTAL INGRESOS

 

100.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

100.000.000

3 3 1

DIRECTA

100.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

100.000.000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

100.000.000

3 3 1 11 03 17

Salud con calidad

100.000.000

3 3 1 11 03 17 4273

Fortalecimiento de la Salud Pública

100.000.000

TOTAL GASTOS

 

100.000.000

204 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

2 INGRESOS

2 2

TRANSFERENCIAS

2.550.000.000

2 2 4

Administración Central

2.550.000.000

2 2 4 01

Aporte Ordinario

2.550.000.000

TOTAL INGRESOS

 

2.550.000.000

3 GASTOS

3 3

INVERSIÓN

2.550.000.000

3 3 1

DIRECTA

2.550.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

2.550.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

2.550.000.000

3 3 1 11 02 11

Movilidad inteligente

2.550.000.000

3 3 1 11 02 11 5054

Recuperación y Mantenimiento de la Malla Vial

2.000.000.000

3 3 1 11 02 11 7277

Construcción del Espacio Público

550.000.000

TOTAL GASTOS

 

2.550.000.000

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de octubre de dos mil uno (2001).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital N° 2493 de 12 de octubre de 2001.