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Circular 23 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/04/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 23 DE 2011

CIRCULAR 23 DE 2011

(Abril 8)

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS PRESIDENTES/AS Y DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, ALCALDES/AS LOCALES, RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, CONTRALORÍA, PERSONERÍA Y VEEDURÍA DISTRITALES.

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

Comunicación No. 2-2011-000598 del SENA Regional Quindío -Solicitud de información sobre procesos de Jurisdicción Coactiva. Radicación No. 12011- 11064.

El Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá recibió la comunicación del asunto, mediante la cual el doctor Henry Fernández Hernández Funcionario Secretario Jurisdicción Coactiva del SENA Regional Quindío, solicita se informe a quienes de los deudores morosos del listado anexo, se les adelanta cobro administrativo, o se les ha practicado medidas cautelares con sus respectivas direcciones de notificación.1

Teniendo en cuenta las disposiciones consagradas en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, conforme a las cuales a cada entidad le corresponde atender los asuntos de su competencia, de manera atenta, remito a su(s) Despacho(s) la petición formulada, con la finalidad que cada entidad y organismo distrital de respuesta directa a la entidad solicitante.

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 Sentencia T- 261 de 1995.

proyectó: Diana Marcela Medina Díaz

Revisó: Amparo León Salcedo.

Aprobó: Camilo José Orrego M es