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Resolución 1367 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente

Fecha de Expedición:
02/03/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/03/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4638 de abril 19 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1367 DE 2011

(Marzo 2)

"Por medio de la cual se adopta el Plan Institucional de Bienestar Social de la Secretaria Distrital de Ambiente para el Año 2011"

El Secretario Distrital de Ambiente,

 En uso de sus facultades legales y Reglamentarias, especialmente las conferidas en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1567 de 1998, el Decreto 1227 de 2005, el Decreto 4661 de 2005 y el Acuerdo 257 de 2006 , y el Decreto 561 de 2006,

CONSIDERANDO,

Que la Ley 909 de 2004 norma que regula la carrera administrativa, en el parágrafo de su Artículo 36 dispone que: "Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la presente Ley".

Que el Decreto 1227 de 2005 reglamentario de la Ley 909, en su Artículo 69 consagró que las entidades deberán organizar programas de bienestar con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados, dichos sistema de estímulos se implementará a través de programas de bienestar social.

Que así mismo el Artículo 70 del citado decreto enuncia que las entidades públicas, en coordinación con los organismos de seguridad y previsión social, podrán ofrecer a todos los empleados y a sus familias los programas de protección y servicios sociales tales como deportivos, recreativos y vacacionales, artísticos y culturales, promoción y prevención de la salud, capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en convenio con Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas, Promoción de programas de vivienda ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, los Fondos de Cesantías, las Cajas de Compensación Familiar u otras entidades que hagan sus veces, facilitando los trámites, la información pertinente y presentando ante dichos organismos las necesidades de vivienda de los empleados. a renglón seguido en su Artículo 74 establece que dichos programas responderán a estudios técnicos que permitan, a partir de la identificación de necesidades y expectativas de los empleados, determinar actividades y grupos de beneficiarios bajo criterios de equidad, eficiencia mayor cubrimiento institucional.

Que la Política de Bienestar Social en la Secretaria, tiene como fundamento el reconocimiento del servidor publico como un ser integral, sujeto a necesidades de índole material, social, familiar, afectivo, moral, laboral y cultural, que requiere de la creatividad, actitud y recursividad para buscar respuesta a esas necesidades, de manera que se revierta en un mejor estar consigo mismo y su entorno.

Que la Política de Bienestar Social, consiste en generar condiciones que garanticen el desarrollo integral de la persona, mediante la implementación de planes y programas de bienestar social para los servidores públicos y sus familias, fomentando la participación activa de los mismos y demás instituciones, haciendo uso optimo de los recursos, de manera que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida laboral de los individuos y a una mayor productividad en la Entidad.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- ADOPTAR: El Plan Institucional de Bienestar Social de la Secretaria Distrital de Ambiente para el año 2011, orientado a responder a la satisfacción de las necesidades tanto organizacionales como individuales de los servidores dentro del contexto laboral.

ARTÍCULO SEGUNDO.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL, Las erogaciones que se causen con el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se harán con cargo al presupuesto de Bienestar Social previsto en la actual vigencia para la Secretaría.-

ARTÍCULO TERCERO.- PRESUPUESTO: El presupuesto inicialmente asignado para la ejecución del presente Plan para la vigencia fiscal de 2011 es de TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS MCTE ($39.000.000.00),. Este monto se ejecutará por la Secretaria Distrital de Ambiente de acuerdo con los cronogramas del Plan de Bienestar Social.

ARTÍCULO CUARTO.– PUBLICACIÓN: La presente resolución se publicara en el boletín legal ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente.

ARTÍCULO QUINTO.- VIGENCIA. La Presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÌQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los dos días del mes de marzo del año 2011.

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Secretario Distrital de Ambiente

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4638 de abril 19 de 2011