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RESOLUCIÓN 1 DE 2011 (Abril 11) "Por medio de la cual se adopta el diseño, documentación, implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Gestión en la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., el cual contempla los requerimientos del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma Técnica de Calidad GP1000:2009 y del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005." EL AUDITOR FISCAL ANTE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C., En uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que la ley 872 de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad para todas las entidades del Estado Colombiano, disponiendo los requisitos para la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad; Que el Decreto 4110 de 2004 reglamentó la ley 872 de 2003 estipulando que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad en los organismos y entidades públicas será responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad y los jefes de cada dependencia, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad; Que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas a que hace referencia el Art. 5 de la Ley 87 de 1993, será responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad u organismo correspondiente y de los jefes de cada dependencia de las entidades y organismos, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad; Que el gobierno nacional mediante el Decreto 1599 de 2005 adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano – MECI 1000:2005, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes obligados conforme el artículo 5 de la Ley 87 de 1993; Que existen similitudes y complementariedades entre el Sistema de Gestión de la Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano, las cuales se evidencian en el Anexo B de la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP 1000:2009, Ver Resolución de la Auditoria Fiscal ante la Contraloría Distrital 04 de 2011 RESUELVE: Artículo 1°. Sistema Integrado de Gestión. Adoptar un Sistema Integrado de Gestión en la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., el cual involucra los requerimientos del Sistema de Gestión de la Calidad y del Modelo Estándar de Control Interno - MECI. En adelante denominado SIG. Artículo 2°. Objeto del Sistema Integrado de Gestión. Alinear los modelos de gestión de manera conjunta, como herramientas que conduzcan al control y al mejoramiento continuo de la eficacia, eficiencia, y efectividad de los procesos definidos para la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. El SIG contribuirá entre otros a la calidad de la gestión institucional, a la implementación de un enfoque por procesos y a la mejora continua de los mismos, al cumplimiento de los planes de mejoramiento y a la lucha contra la corrupción. Artículo 3°. Elementos del Sistema Integrado de Gestión. El Sistema Integrado de Gestión le permite a la Auditoría Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., desarrollar, implementar y mantener en operación los siguientes sistemas: a) Sistema de Gestión de la Calidad con base en la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 y entendido como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de sus serviciosrelacionados con la Gestión Fiscal; b) Sistema de Control Interno con base en el Modelo Estándar de Control Interno, MECI, 1000:2005 el cual busca unificar criterios y parámetros básicos de Control Interno, procurando construir la mejor forma de armonizar los conceptos de control, eliminando la dispersión conceptual existente y permitiendo una mayor claridad sobre la forma de desarrollar la función administrativa del Estado. Artículo 4°. Designación del representante de la Dirección para el SIG. Designar como Representante de la Dirección para el Sistema Integrado de Gestión a un Profesional Especializado código 222 grado 07. PARÁGRAFO. El rol que asumirá el funcionario aquí designado será el de garantizar la operacionalización de las acciones necesarias para el desarrollo, implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo del SIG adoptados por la Auditoria Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. Artículo 5°. Funciones del Representante de la Dirección: 1. Proveer los recursos necesarios a los responsables de ejecutar las tareas exigidas por el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 2. Asegurarse de que se establezcan, implementen y mantengan los procesos necesarios para el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 3. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño del Modelo Estándar de Control Interno y delSistema de Gestión de Calidad y de cualquier necesidad de mejora. 4. Asegurarse de que se promueva la toma de conciencia de los requisitos del usuario en todos los niveles de la Auditoría Fiscal. 5. Asignar las funciones que considere pertinentes al EQUIPO MECI - CALIDAD 6. Las demás que imparta el Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., y las normas técnicas vigentes para el cabal cumplimiento y logro de los objetivos del Sistema de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad de la Auditoria Fiscal. Artículo 6°. Organización del EQUIPO MECI - CALIDAD: el equipo de trabajo para laimplementación y desarrollo de Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 y el Sistema de Gestión de Calidad NTCGP 1000:2004 y sus instrumentos complementarios se conformará en cuatros grupos así: a) Grupo Directivo MECI - CALIDAD: estará integrado por el grupo de trabajo Nivel Directivo, conformado así: * Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. * Representante de la Dirección para el SIG. * Responsable de la unidad de control interno, asesor, auditor interno o quien haga sus veces. PARÁGRAFO 1°. A las sesiones del Comité podrán ser invitados con voz pero sin voto, funcionarios de la Auditoria Fiscal, invitados de otras entidades y particulares cuando el Comité lo considere conveniente. PARÁGRAFO 2°. La Secretaría Técnica del Comité la ejercerá el Representante de la Dirección para el SIG. No obstante, en los temas inherentes al Sistema de Control Interno, distintos a la implementación del MECI, la Secretaría Técnica la llevará a cabo el Responsable de coordinar el sistema de control interno de la A.F. A) Grupo operativo MECI - CALIDAD: conformado por los siguientes servidores públicos, su rol es ser facilitadores al interior de la A.F., de los procesos de implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 y del Sistema de Gestión de Calidad NTCGP 1000:2009, apoyando el adecuado funcionamiento de los elementos de control, conformado así:
B) Grupo Evaluador del MECI: el cual estará integrado por el Profesional designado para el Control Interno y los funcionarios de apoyo a su cargo. Su rol será el de garantizar la evaluación independiente y objetiva de la implementación, desarrollo, mantenimiento y mejoramiento continuo del SIG. C) Equipo Evaluador del Sistema de Calidad: constituido por los Auditores Internos de Calidad, quienes son coordinados por el Representante de la Dirección para el SIG. Artículo 7°. Funciones del EQUIPO MECI - CALIDAD: Las siguientes son las funciones asignadas: 1. Adelantar el proceso de diseño e implementación del SIG bajo las orientaciones del Representante de la Dirección. 2. Promover que todo el personal se involucre y comprometa con el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 3. Aprobar los planes, procesos, procedimientos y las acciones necesarias para el cumplimiento de su propósito. 4. Difundir la política y objetivos de calidad, los procesos, los procedimientos, los documentos relacionados y los logros alcanzados relacionados con el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 5. Impulsar el conocimiento periódico de las necesidades de los usuarios y su nivel de satisfacción con los servicios que ofrece la Auditoria Fiscal. 6. Comprometer a los contratistas y proveedores en conseguir altos niveles de calidad en los servicios y productos que proporcionan. 7. Informar los inconvenientes encontrados en la aplicación de los procedimientos, con el fin de solicitar los cambios o modificaciones necesarios. 8. Evaluar el desarrollo, resultados y mejoras obtenidos de la implantación del Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 9. Verificar que se lleve un registro ordenado de la información generada en el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 10. Proponer las modificaciones reglamentarias que se requieran y afectan los procesos del ModeloEstándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 11. Presentar al Auditor Fiscal cada vez que se requiera, informes sobre el desarrollo del ModeloEstándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad. 12. Vigilar el correcto funcionamiento del Modelo Estándar de Control Interno y del sistema de Gestiónde la Calidad. 13. Analizar cualquier tema en general que tenga relación con el desempeño eficaz y el mejoramiento del Modelo Estándar de Control Interno y del sistema de Gestión de la Calidad. 14. Las demás que imparta el Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., y las que asigne el Representante de la Dirección para el cabal cumplimiento y logro de los objetivos del Sistema de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad de la Auditoria Fiscal. Artículo 8°. FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO MECI – CALIDAD. * El equipo se reunirá ordinariamente una vez cada dos meses y extraordinariamente, cuando el Auditor Fiscal lo convoque a través de la Secretaría Técnica del Comité. * Cuando las circunstancias lo ameriten, se citará a reuniones extraordinarias, o se invitarán a otras personas para que participen de la reunión. * Deberán llevarse actas de las reuniones de manera que las decisiones tomadas queden claramente definidas. * Las reuniones podrán dar inicio con una asistencia de la mitad más uno. Artículo 9°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de abril del año 2011. RODRIGO TOVAR GARCÉS Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. Nota: Publicado en e Registro Distrital 4642 de abril 27 de 2011 |