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Decreto Local 3 de 2011 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
09/06/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/06/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4673 de junio 15 de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2011

(Junio 9)

Por medio del cual se expide el Reglamento de funcionamiento y de prestación de servicios de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial - ULDE de la Localidad de Puente Aranda.

La Alcaldesa Local

en uso de sus facultades legales, en especial las señaladas en el Artículo 75 del Decreto Ley 1421 de 1993, Artículos 2º y Tercero Numerales 1º y 3º del Decreto 101 de 2010 y

CONSIDERANDO.

1. Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 25 considera que "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas."

2. Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 26 considera que "Toda persona es libre de escoger profesión u oficio y que las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social."

3. Que atendiendo a lo establecido en la Política Nacional de Emprendimiento y a los retos relacionados con la aplicación de la Ley 1014 de 2006, respecto a la Cultura del Emprendimiento, Ley 590 de 2000 y demás normas complementarias, se creó la Unidad Local de Desarrollo Empresarial de Puente Aranda- ULDE, para la prestación de diversos servicios a la comunidad.

4. Que es de vital importancia para la Alcaldia Local de Puente Aranda definir políticas, lineamientos de ingreso, permanecía y retiro de los usuarios de la ULDE, así como marcos de actuación para su operación, mantenimiento, evaluación de los servicios que presta la Unidad, como mecanismo de regulación que garantice el ofrecimiento de servicios con altos estándares de calidad, sustentados en la optimización, aprovechamiento y buen uso de los recursos asignados.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Adóptese el Reglamento de Funcionamiento y de Prestación de Servicios de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial ULDE, conforme a las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

DE LA DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y APLICACIÓN DEL REGLAMENTO

ARTÍCULO 2º.- DEFINICIÓN: El presente reglamento establece el conjunto de normas que regulan la vinculación y permanencia de los usuarios de la Unidad Local de desarrollo empresarial ULDE y de los servicios que presta la misma.

ARTÍCULO 3º.- OBJETIVOS: Son objetivos del presente Reglamento, los siguientes:

1. Establecer las normas y procedimientos que regulan los servicios, la permanencia y las relaciones entre los usuarios de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial (ULDE) de la Localidad de Puente Aranda, para dar cumplimiento a la misión, visión, y funciones, que garanticen democratización de la oferta de servicios en un periodo de tiempo determinado.

2. Facilitar las buenas relaciones entre el usuario de la ULDE y el gobierno local dentro de las condiciones del respeto mutuo, equidad, convivencia armónica, responsabilidad, derechos y deberes previstos en este reglamento, que agilicen los procesos y garantice la prestación del servicio con altos estándares de calidad.

3. Contribuir a la generación de espacios de formación para el emprendimiento, fortalecimiento empresarial, el trabajo y el desarrollo humano que garanticen el respeto a la autonomía, libertad de expresión, libertad de opinión y de aprendizaje, como base fundamental para el desarrollo empresarial de la Localidad de Puente Aranda.

ARTÍCULO 4º.- APLICACIÓN DEL REGLAMENTO: Se aplicará a los usuarios de los servicios de la ULDE y al recurso humano asignado a la misma.

CAPÍTULO II.

DE LA MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS, VALORES Y POLÍTICAS DE LA UNIDAD LOCAL DE DESARROLLO EMPRESARIAL-ULDE

ARTÍCULO 5º.- MISIÓN: La misión de la ULDE es potenciar el desarrollo económico- empresarial local, dinamizando y fortaleciendo a emprendedores, empresarios y trabajadores productivos de tal forma que se democraticen los servicios de alta calidad e innovación para los ciudadanos como un mecanismo para operacionalizar la política pública de productividad.

ARTÍCULO 6º .- VISIÓN: La visión de la ULDE al 2016 es ser reconocida como líder a nivel distrital, como un modelo innovador, moderno, eficiente, incluyente y competitivo, con base en la puesta en escena de plataformas y escenarios de competitividad, sustentada en los principios de confianza, transparencia, creatividad, ética, logrando mediante procesos de sensibilización, formación, acompañamiento a emprendedores, empresarios y trabajadores productivos, un posicionamiento sostenido y sustentable en el centro del país.

ARTÍCULO 7º.- OBJETIVOS DE LA UNIDAD DE DESARROLLO LOCAL EMPRESARIAL ULDE: Son objetivos de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial en su orden los siguientes:

1. Fomentar el desarrollo empresarial a través del emprendimiento, el fortalecimiento y asociatividad empresarial, conformacion de redes, de las unidades productivas que se encuentran vinculadas al proceso.

2. Facilitar el acceso a los procesos de formación, de participación en los diferentes espacios interinstitucionales y en la oferta de servicios que existen a nivel distrital.

3. Posicionar la ULDE como un modelo de Desarrollo y Responsabilidad Social de alto impacto para la generación de empleo, riqueza y desarrollo socioeconómico.

4. Consolidar la ULDE como el nodo articulador de la productividad, competitividad, formación para el trabajo y demás servicios, encaminados al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Localidad de Puente Aranda.

ARTÍCULO 8º.- VALORES: Se consideran como valores de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial, entre otros, los siguientes:

1. Respeto: Respeto por la diferencia de opinión y por la diversidad cultural, social y política.

2. Justicia: Equidad en la revisión, análisis y tratamiento de los procesos y los resultados.

3. Lealtad: La ULDE considerara como guía los preceptos señalados en la misión, así como el respeto por las normas internas, la ley y los preceptos demandados en la constitución.

4. Transparencia: Compromiso que establecen las instituciones públicas con la sociedad para dar a conocer todos los actos del ejercicio del poder público, es decir, que toda la información que existe y resulta de la gestión pública está disponible para que los ciudadanos accedan a ella en el momento que consideren pertinente.

5. Solidaridad: Eje de los valores institucionales como fundamento de la formación de emprendedores y unidades productivas a partir del trabajo colectivo y la cooperación.

6. Equidad: Manifestada, en primera instancia, en el ofrecimiento de servicios y practicas educativas sin distinciones de raza, sexo, credo o procedencia social, como un aporte a la constitución de la democracia.

ARTÍCULO 9º.- POLÍTICAS GENERALES:

1. Prestacion de servicios innovadores en las diferentes áreas de competencia de la misma.

2. Manejar altos estándares de calidad tanto en los procesos administrativos que se adelantan al interior de la unidad, como de los servicios que se prestan a los usuarios.

3. Garantizar la inclusión en la prestacion de los servicios a toda la población de la localidad.

4. Mejoramiento continuo de los procesos en búsqueda de altos niveles de excelencia, eficacia, calidad y efectividad de los mismos.

5. Organización orientada al usuario, mediante servicios de calidad, con trato amable y respetuoso.

6. Mejoramiento continuo de los procesos, haciendo periódicamente evaluaciones del desempeño en la gestión, para implementar soluciones de mejora.

7. Modelo de negocio en Red, mediante la ampliación de su portafolio de servicios, donde diversas entidades e instituciones con servicios innovadores fortalezcan y diversifiquen la oferta de la ULDE.

8. Buen Gobierno Corporativo. Se implementarán directrices generales sobre el modelo de gobierno corporativo que se cimentan en los valores de la honestidad, transparencia y equidad

CAPÍTULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL, ORGANIGRAMA, FUNCIONES.

ARTÍCULO 10.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL: LA ULDE Cuenta con tres unidades funcionales que están articuladas a un nodo directivo, en cabeza del Coordinador General de la ULDE.

Este modelo organizacional le permite a la ULDE asegurar los elementos claves para su desarrollo técnico y operativo de forma sostenible. El modelo atiende a los requerimientos de la Alcaldía Local de Puente Aranda, la Junta Administradora Local y sobre todo las necesidades de los Emprendedores, Empresarios y Trabajadores Productivos de la Localidad de Puente Aranda.

10.1.- COORDINACIÓN GENERAL: Tiene como propósito diseñar y aplicar estrategias que permitan la consecución de los objetivos institucionales, con miras a lograr una mayor rentabilidad, eficiencia y crecimiento organizacional, obteniendo un posicionamiento de la ULDE a nivel Local y Distrital.

10.2.- COORDINACIÓN DE EMPRENDIMIENTO: Es la unidad encargada de dirigir y ejecutar estrategias y programas de emprendimiento, nivelación de competencias emprendedoras, sensibilización, formación y acompañamiento para la promoción del espíritu emprendedor-empresarial, así como el posicionamiento, publicidad y ventas de los productos de las unidades productivas y servicios que se prestan en la ULDE.

10.3.- COORDINACIÓN DE FORTALECIMIENTO: En esta unidad se dirigen las estragias, políticas y acciones de sensiblización, formación, acompañamiento, consultoría especializada para el fortalecimiento y desarrollo empresarial con productividad, competitividad en el marco de la responsbilidad social empresarial, promoción y exaltación de los servicios que presta la ULDE en la Localidad.

10.4.- COORDINACIÓN DE TRABAJO PRODUCTIVO: Tiene como propósito facilitar los procesos de inserción en el mercado laboral de los ciudadanos de la localidad, por medio de la sensibilización, formación y acompañamiento psicológico o de otro orden que permita fortalecer competencias personales, interpersonales y laborales de los trabajadores productivos de la localidad.

Corresponde a esta unidad el acercamiento con el empresario para la gestión de talento humano y empleo para los trabajadores productivos de la localidad. Gestión de oferta y demanda público-privada para el fortalecimiento de competencias laborales, productividad y competitividad de los trabajadores de la localidad.

10.5.- COMITÉ TECNICO:

Es la máxima instancia de la ULDE, estará integrado por la Alcaldesa Local o la persona que se delegue y cada uno de los coordinadores.

ARTÍCULO 11º.- ORGANIGRAMA: La Unidad Local de Desarrollo Empresarial cuenta con una estructura funcional interdependiente por medio de la puesta en escena de Unidades Funcionales, que le permiten tener un sistema autónomo dentro de sus operaciones para la consecución de los objetivos institucionales.

ARTÍCULO 12.- FUNCIONES:

12.1.- COORDINADOR GENERAL:

1. Realizar la coordinación general de las unidades funcionales de la ULDE y demás personal asignado a la misma.

2. Realizar reuniones periódicas de seguimiento a la gestión de cada una de las Areas funcionales de la Unidad y realizar la aprobación de los informes de ejecución de los contratos de los mismos.

3. Representar a la Unidad en las diferentes instancias, entidades, eventos y demás espacios que se requiera.

4. Coordinar y articular los programas públicos y privados para el cumplimiento de los fines de la Unidad.

5.- Realizar seguimiento a la ejecución de los diferentes componentes de los proyectos productivos, a fin de garantizar la continuidad y resultados de los mismos.

6. Evaluar el desempeño de cada uno de los profesionales asignados a la ULDE, en la prestación de los servicios.

7. Realizar acompañamiento en los diversos espacios de emprendimiento, fortalecimiento empresarial, generación de empleo que sean de interés para la ULDE.

8. Solicitar a la Alcaldía Local y ejecutores de proyectos los servicios y elementos que se requieran para los diferentes eventos y actividades a desarrollar.

9. Adelantar gestión interinstitucional para el desarrollo conjunto de programas, proyectos, actividades, planes, entre otros, que sean de conveniencia para el fortalecimiento de la ULDE.

10. Realizar gestión permanente con el sector empresarial e industrial de la Localidad, a fin de lograr alianzas estratégicas, que contribuyan al logro de los objetivos de la ULDE.

11. Coordinar, desarrollar y articular la Fase de Acompañamiento de la ULDE, que incluye entre otros la actualización en temas de interés general y participación en eventos.

12. Mantener información y comunicación permanente con la Alcaldía Local y realizar las presentaciones del estado y avance del proyecto en las diferentes instancias que lo requieran.

13. Acompañar y asistir técnicamente a la alcaldesa local, en la formulación y puesta en ejecución del Plan estratégico de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial proyectado en la formulación de los proyectos correspondientes.

14. Adelantar las actividades necesarias para fortalecer el tejido empresarial, con el propósito de lograr la articulación de los distintos componentes, programas y servicios de la ULDE.

15. Mantener contacto permanente con la Red de Industriales de la Localidad y realizar apoyo a la gestión adelantada por la Alcaldía Local.

16. Responder por los elementos y equipos que se le asignen para el desarrollo de sus funciones.

17. Responder por la información, archivos y documentación general del Area.

18. Garantizar la convivencia y el aprovechamiento racional de los recursos asignados a la Unidad.

19. Las demás que se le asignen y que en el desarrollo del proyecto sea necesario atender.

12.2.- COORDINADOR DE EMPRENDIMIENTO:

1. Coordinar y organizar las funciones y actividades propias de su área.

2. Brindar a los usuarios información general de los servicios que presta la ULDE.

3. Brindar información y asesoría específica del Proceso de Emprendimiento.

4. Realizar la etapa de inscripción de los emprendedores y aplicar el diagnóstico correspondiente de cada idea de negocio.

5. Mantener una investigación continua de nuevas necesidades de los emprendedores (mercados).

5.(Sic) Promover asociatividad entre emprendedores, mediante talleres teórico- prácticos por lo menos una (1) vez al mes.

6. Orientar y asesorar la elaboración de planes de negocios de los usuarios ULDE que no hagan parte de las Unidades productivas seleccionadas inicialmente, mediante talleres realizados por lo menos una (1) vez al mes.

7. Garantizar la convivencia y el aprovechamiento racional de los aportes, insumos y materiales, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de los diferentes actores del proyecto.

8. Responder por los elementos y equipos que se le asignen para el desarrollo de sus funciones.

9. Responder por la información, archivos y documentación general del Area.

10. Garantizar la convivencia y el aprovechamiento racional de los recursos asignados a la Unidad.

11. Las demás que se le asignen y que en el desarrollo del proyecto sea necesario atender.

12. Participar en el Comité Técnico.

13. Participar activamente en los espacios interinstitucionales relacionados con Emprendimiento.

14. Adelantar gestión para la realización de alianzas estratégicas a nivel distrital, que redunden en el fortalecimiento de la ULDE y de sus usuarios.

15. Elaborar boletines informativos relacionados con la Coordinación de emprendimiento.

16. Sensibilización a las empresas de la Localidad con el fin de lograr el apoyo para las unidades productivas, mediante visitas, comunicados, entre otros. Mínimo 5 visitas al mes.

17. Identificar oportunidades de negocios y convocatorias para los emprendedores.

19.-(Sic) Ejercer vigilancia permanente del proceso de formación en las entidades donde se desarrolle el proceso de emprendimiento, para lo cual realizará visitas de seguimiento a los talleres y reuniones con cada unidad productiva, a fin de establecer el avance del Plan de Negocios.

18. Mantener control de la Plataforma tecnológica de Emprendimiento. (Actualizar información).

19. Realizar atención al público por lo menos dos (2) días completos a la semana.

20.- Las demás que se le asignen y que en el desarrollo del proyecto sea necesario atender

12.3.- COORDINADOR DE FORTALECIMIENTO:

1. Coordinar y organizar las funciones y actividades propias de su área.

2. Brindar a los usuarios información general de los servicios que presta la ULDE.

3. Brindar información y asesoría específica del Proceso de Fortalecimiento Empresarial.

4. Realizar la etapa de inscripción de las unidades productivas pertenecientes a la Fase de Fortalecimiento y aplicar el diagnóstico correspondiente, con su respectivo informe. (unidades productivas que desarrollaron el proceso de emprendimiento con la ULDE).

5.- Realizar acompañamiento a las unidades productivas que requieran fortalecimiento y hayan desarrollado proceso de emprendimiento con otras entidades y hayan realizado plan de negocios.

5.(Sic) Mantener una investigación continua de nuevas necesidades de las Unidades Productivas de Fortalecimiento Empresarial (mercados).

6. Promover asociatividad entre las Unidades Productivas de Fortalecimiento Empresarial, mediante talleres teórico- prácticos por lo menos una (1) vez al mes.

7. Garantizar la convivencia y el aprovechamiento racional de los aportes, insumos y materiales, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de los diferentes actores del proyecto.

8. Responder por los elementos y equipos que se le asignen para el desarrollo de sus funciones.

9. Responder por la información, archivos y documentación general del Area.

10. Participar en el Comité Técnico.

11. Participar activamente en los espacios interinstitucionales público y privado relacionados con Fortalecimiento Empresarial.

12. Adelantar gestión para la realización de alianzas estratégicas a nivel distrital, que redunden en el fortalecimiento de la ULDE y de sus usuarios. (presentar informe de resultados de la gestión mensualmente)

13. Presentar mensualmente su respectivo informe de gestión.

14. Mantener actualizada la base de datos de las unidades productivas que se encuentren en proceso de fortalecimiento y ejercer control permanente de la asistencia a las diferentes actividades relacionadas con el proceso de fortalecimiento. (listado de asistencia, evidencia fotográfica)

15. Impulsar y coordinar la realización de mínimo dos (2 ruedas) de negocios semestrales.

16. Coordinar la realización de 5 Ferias Comerciales en Corferias, con la participación de 50 Unidades Productivas.

17. Coordinar y hacer seguimiento a la ejecución de los recursos asignados al proceso de fortalecimiento de las unidades productivas.

18. Conjuntamente con el coordinador general de la ULDE, realizar proceso de fortalecimiento de la RED de empresarios de la Localidad mediante, asesoría y gestión para el desarrollo de la misma.

19. Realizar visitas en campo a las unidades productivas inscritas en la Fase de Fortalecimiento, para el mejoramiento de procesos productivos.

20. Realizar gestión permanente y acercamiento con Banca Capital y otras entidades financieras para el apoyo y financiamiento de las unidades productivas y gestionar el asesoramiento en las solicitudes de crédito de las mismas. (informe de gestión trimestral).

23.(Sic) Coordinar la realización de capacitaciones específicas de acuerdo al diagnóstico inicial de las Unidades Productivas de Fortalecimiento Empresarial y realizar el respectivo seguimiento

24. Medir la calidad de la atención y el nivel de satisfacción de los empresarios atendidos por la ULDE. (mediante encuestas trimestrales).

25. Las demás que se le asignen y que en el desarrollo del proyecto sea necesario atender.

12.4.- COORDINADOR DE TRABAJO PRODUCTIVO:

1. Coordinar y organizar las funciones y actividades propias de su área.

2. Brindar a los usuarios información general de los servicios que presta la ULDE.

3. Inscribir en la plataforma tecnológica de Trabajo Productivo a los aspirantes a conseguir empleo y mantener actualizada la información correspondiente.

4. Desarrollar la gestión necesaria para la vinculación al primer empleo a los habitantes de la Localidad de Puente Aranda, que se encuentren inscritos y que así lo requieran.

5. Realizar como mínimo 10 consultas mensuales de necesidades a los empresarios de la Localidad de Puente Aranda. (formación laboral para funcionarios y vacantes).

6. Atender y brindar a los usuarios información general de los servicios que presta la ULDE.

7. Desarrollar la gestión necesaria para fortalecer las competencias laborales de los usuarios de este programa.

8. Capacitar a los usuarios por medio de talleres que propicien el perfeccionamiento y movilización de competencias, que contribuyan al desempeño personal y laboral.

9. Garantizar la convivencia y el aprovechamiento racional de los aportes, insumos y materiales de acuerdo con las necesidades y requerimientos de los diferentes actores del proyecto.

10. Elaborar boletines informativos relacionados con el área.

11. Participar en el Comité Técnico.

12. Participar activamente en los espacios interinstitucionales relacionados con el área.

13. Mantener contacto y realizar seguimiento a las personas vinculadas laboralmente por la Unidad.

14. Realizar de forma permanente encuestas de satisfacción tanto a empleados como a empleadores de los servicios que presta la Unidad, con el fin de mejorar la calidad de los mismos.

15. Realizar atención a la comunidad por lo menos dos (2) días completos a la semana.

15.-(Sic) Realizar seguimiento y control permanente de los procesos de formación para el trabajo que se adelanten y que correspondan al Proyecto 693, debiendo realizar visitas de verificación por lo menos 1 vez a la semana, llamadas aleatorias a los beneficiarios, mantener actualizadas las listas de asistentes y realizar encuestas de satisfacción de los mismos y que garanticen la permanencia en el proceso.

16.- Organizar y coordinar Ferias de Empleo con la participación del sector empresarial y productivo, donde la oferta y demanda laboral sea conocida ampliamente por los participantes;

17.- Finalizadas las ferias entregar al Coordinador General de la ULDE un informe detallado de las empresas participantes, el número de hojas de vida entregadas, los cargos ofertados y el número de personas vinculadas.

18.- Desarrollar talleres de hoja de vida y entrevista por lo menos una (1) vez al mes.

19.- Realizar una depuración de las hojas de vida y verificación de datos permanente.

20.- Presentación de informes mensuales de gestión.

21.- Las demás que se asignen y que se requieran para el buen desempeño de la función.

12.5.- ASISTENTE ADMINISTRATIVO:

1.- Atender y brindar a los usuarios información general de los servicios que presta la ULDE.

2.- Llevar control sobre la ejecución presupuestal de los contratos que se suscriban para los servicios de la ULDE.

3.- Diligenciar las certificaciones a que haya lugar para el pago de los contratos a cargo de la ULDE.

4.- Realizar solicitudes de dotación de equipos y materiales para la ULDE.

5.- Realizar la distribución interna de los materiales y equipos de trabajo a los coordinadores y controlar la existencia de los mismos.

6.- Recibir y tramitar solicitud de servicios de mantenimiento y reparaciones de equipos de la ULDE.

7.- Redactar y transcribir correspondencia y documentos diversos.

8.- Brinda apoyo logístico en las actividades que así lo requieran.

9.- Recopilar y clasificar la información para los planes y programas desarrollados en la ULDE.

10.- Llevar y mantener actualizado el archivo en medio físico y magnético de la ULDE.

11.- Llenar formatos diversos relacionados con el quehacer de la ULDE.

12.- Mantener informado al Coordinador General y/o Supervisor sobre las actividades realizadas y/o cualquier irregularidad presentada.

13.- Responder por los equipos y elementos que se le asignen para el desempeño de sus funciones.

14.- Brindar apoyo específico a cada una de las Coordinaciones de la ULDE.

15.- Apoyar la gestión administrativa del Comité Técnico.

16. Mantener en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

17. Apoyar en general las diferentes actividades y funciones asignadas a la ULDE.

18. Prestar atención telefónica y realización de llamadas que se requieran.

19. Las demás que se le asignen y que en el desarrollo del proyecto sea necesario atender.-

CAPÍTULO IV

DE LOS USUARIOS

CARÁCTER, PERMANENCIA Y PERDIDA DE CALIDAD DE USUARIO

ARTÍCULO 13º.- CARÁCTER DE USUARIO: Adquiere el carácter de usuario de la ULDE toda persona natural o jurídica que habite de forma permanente o desarrolle sus actividades socio productivas en la Localidad de Puente Aranda, que habiendo solicitado su ingreso con las formalidades que esta exige, cumpla con los demás requisitos de admisión establecidos por la ULDE.

ARTÍCULO 14º.- PERMANENCIA: La permanecía de un usuario como beneficiario directo de los programas de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial- ULDE estará limitado al cumplimiento de cada una de las etapas de los procesos desarrollados en la unidad.

ARTÍCULO 15º.- PERDIDA DE LA CALIDAD DE USUARIO: Un beneficiario de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial – ULDE, perderá su carácter de usuario:

1. Cuando incurra en causal de mala conducta conforme a lo establecido en el presente reglamento o su comportamiento atente contra la moral y las buenas costumbres, lo cual será evaluado por el Comité Técnico de la ULDE.

2. Por inasistencia en más del 20% a los procesos de capacitación, formación, asistencia técnica, consultoría y demás espacios de acompañamiento asociados a cada uno de los servicios de emprendimiento, fortalecimiento y trabajo productivo, dependiendo la fase del proyecto en la que se encuentra inscrita.

3. Por retiro voluntario.

4. Cuando el usuario presente a la ULDE información o documentación que no corresponda a la realidad.

5. Cuando el usuario haga uso indebido de los recursos proporcionados por la ULDE para el desarrollo de su actividad productiva.

6. Cuando se incurre en una o varias de las faltas graves establecidas en el presente reglamento.

7. Aquellas circunstancias que no se encuentren establecidas en el presente reglamento serán evaluadas por el Comité Técnico de la ULDE.

8. Cuando en la segunda evaluación del proceso de la unidad productiva la calificación que obtenga no sea satisfactoria.

PARÁGRAFO.- La persona debe hacer uso de los servicios una vez se inicien los procesos por parte de la Alcaldía y la ULDE.

CAPÍTULO V

PROCESO DE INGRESO, PERMANENCIA Y RESERVA DEL DERECHO DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 16º.- PROCESO DE INGRESO A LA ULDE: Para adelantar el proceso de ingreso como usuario, los ciudadanos deberán cumplir con los siguientes requisitos dependiendo del servicio requerido, así:

16.1.- FASE DE EMPRENDIMIENTO:

1. Diligenciar formulario de inscripción.

2. Anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía.

3. Anexar certificado de residencia o documento idóneo que demuestre que desarrolla su actividad económica en la Localidad de Puente Aranda.

4. Desarrollar conjuntamente con el funcionario responsable del área correspondiente, un diagnóstico previo del estado de su idea de negocio.

5. Definición de necesidades.

16.2.- FASE DE FORTALECIMIENTO:

1. Diligenciar formulario de inscripción.

2. Anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía.

3. Anexar certificado de residencia o documento idóneo que demuestre que desarrolla su actividad económica en la Localidad de Puente Aranda no mayor a 30 días.

4. Presentación del Plan de Negocios

5. Desarrollar conjuntamente con el funcionario responsable del área correspondiente, un diagnóstico previo del estado de la unidad productiva. (se aplicará listado de verificación)

6. Definición de necesidades.

16.3.- TRABAJO PRODUCTIVO:

1. Diligenciar el formato único de Hoja de vida expedido por la ULDE de Puente Aranda.-

2. Anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía.

3. Anexar certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local de Puente Aranda, con vigencia no superior a 30 días.

4. Para los caballeros anexar fotocopia de la libreta militar.

16.4.- FASE DE ACOMPAÑAMIENTO:

1. Diligenciar formulario de inscripción.

2. Anexar certificado de residencia o documento idóneo que demuestre que desarrolla su actividad económica en la Localidad de Puente Aranda no mayor a 30 días.

3. Ser miembro activo de la Red de Empresarios de la Localidad de Puente Aranda.

ARTÍCULO 17º.- PERMANENCIA: Los usuarios de los servicios de la ULDE conservarán tal calidad, mientras esté desarrollando alguna de las fases en que se encuentre inscrito y haya dado cumplimiento a los deberes establecidos en el presente reglamento.

ARTÍCULO 18º.- RESERVA DERECHO DE ADMISIÓN: Por efectos de seguridad y protección de la comunidad, la ULDE se reserva el derecho de admisión.

CAPÍTULO VI

SERVICIOS DE LA ULDE Y FASES DE LOS PROCESOS:

ARTÍCULO 19º.- SERVICIOS: Los servicios de la ULDE responden a las exigencias y necesidades de los diferentes actores de la Localidad que la consideran factor clave para el mejoramiento de la productividad y competitividad de la Localidad.

1. Observatorio de Emprendimiento: Es un servicio que permite identificar oportunidades para los Emprendedores, como convocatorias, concursos, ferias, acompañamientos, capacitaciones, entre otros.

2. Inteligencia de Oportunidades Laborales: Este medio le permite a los empresarios y trabajadores acceder de manera eficaz a información de la localidad de Puente Aranda donde se encuentran ofertas y demandas laborales.

3. Red Estratégica de Contactos Institucionales: Es una estrategia de capital relacional y relaciones públicas que le permite al ciudadano, al emprendedor o empresario tener información para acceder a cualquier institución pública del Distrito y a nivel Nacional.

4. Red de Microcrédito: Es un servicio que le permite al ciudadano acceder a información eficaz de entidades, corporaciones y cooperativas que ofrecen servicios de microcrédito productivo a las unidades productivas.

5. Gestión de Propuestas Comerciales: Le permite a los Emprendedores recibir acompañamiento profesional para la estructuración de propuestas comerciales, cotizaciones, contrataciones comerciales.

6. Nexos Empresariales: Este escenario de interacción empresarial donde se articulan Emprendedores, Trabajadores y Empresarios en función del fortalecimiento del tejido social y redes de negocios.

7. Red Empresarial de Puente Aranda: Es una iniciativa de asociatividad para la gestión de negocios, donde las unidades productivas y empresas se integran para acceder a mercados corporativos, institucionales e internacionales de manera conjunta.

8. Asesoría en Proyectos y Planes de Negocios: Por medio de un plan de acompañamiento se desarrolla una estrategia de asesoría con expertos para la formulación de proyectos o planes de negocios por parte del Emprendedor.

9. Acompañamiento con Asesoría Consultoría Empresarial: Esta opción le permite a Emprendedores con unidades productivas recientes y empresas existentes, fortalecer su productividad, calidad, competitividad e innovación.

10. Semilleros Empresariales: A partir de la expedición del presente reglamento, se realizará gestión por parte de la ULDE para desarrollar una estrategia que permita promover el espíritu empresarial en la población estudiantil de la localidad, implementando estrategias de socialización, eventos, talleres en colegios, concursos, clubes de emprendimiento, ferias empresariales juveniles, entre otros.

11. Padrinos Empresariales: Desde la ULDE se realizará gestión para acercar al mediano y grande empresario a los nuevos Emprendedores de la localidad con el ánimo de acompañar los procesos de puesta en marcha y consolidación de los nuevos negocios.

ARTÍCULO 20º.-FASES DE LOS PROCESOS:

20.1.- FASE DE EMPRENDIMIENTO: De esta fase hacen parte los emprendedores y/o unidades productivas con idea de negocio que no cuentan con plan de negocios desarrollado.

En esta fase se apoya a los emprendedores y/o unidades productivas, mediante capacitación, orientación, sensibilización y asistencias a eventos, necesarios para la consolidación de su idea de negocio y elaboración del plan de negocio de la misma.

La Fase termina con la entrega de los planes de negocios y anexos complementarios, a los beneficiarios de los mismos y a la Alcaldía Local.

Sin embargo, la unidad productiva podrá seguir recibiendo acompañamiento y asesoría especializada, a través de las distintas entidades con las cuales la ULDE desarrolla conjuntamente estos procesos.

20.2.- FASE DE FORTALECIMIENTO: De esta fase hacen parte los emprendedores que habiendo desarrollado su plan de negocios en la vigencia inmediatamente anterior, requieren fortalecimiento en áreas o aspectos específicos.

En el evento en que el Plan de Negocios presentado por el emprendedor no se haya desarrollado en el Proyecto de la ULDE de Puente Aranda, para su vinculación al proceso requerirá concepto previo del Comité Técnico de la ULDE.

En esta fase se realizará un proceso que permita garantizar el sostenimiento, permanencia y desarrollo de gestión para que las unidades productivas se integren de forma autónoma, autosuficiente y autosostenible con altos niveles de competitividad en el mercado nacional e internacional.

Para tal fin se desarrollarán programas de formación y acompañamiento específico acorde con las necesidades de las unidades productivas, previo concepto de viabilidad emitido por el comité Técnico de la ULDE, participación en eventos de gran impacto, eventos interinstitucionales, entre otros.

La Fase finaliza con el concepto emitido por el Comité Técnico de la ULDE, donde conste el cumplimiento de los compromisos adquiridos con cada unidad productiva y su vinculación a la Red de Empresarios de la ULDE.

20.3.- FASE DE ACOMPAÑAMIENTO: Podrán ingresar a esta fase las unidades productivas que hayan finalizado la Fase de Fortalecimiento.

En esta fase se desarrollará un proceso de acompañamiento dirigido al fortalecimiento de la Red de Empresarios de la ULDE, mediante la actualización y formación en temas específicos y de interés general, participación en grandes eventos, espacios interinstitucionales y oportunidades de negocios con vocación exportadora y asesoría en comercialización de productos.

Adicionalmente se conformarán closters empresariales con el objetivo de optimizar los recursos humanos, tecnológicos y financieros de las unidades productivas.

Se realizará gestión permanente para la participación en ruedas de negocios y otros eventos.

Para la participación en las ferias subsidiadas por la Alcaldía, las unidades productivas que pertenecen a esta Fase deberán asumir los costos de la misma.

En casos excepcionales podrán participar con recursos del Fondo de Desarrollo mediante los cuales se financien estos eventos, lo cual será evaluado por el Comité Técnico.

20.4.- TRABAJO PRODUCTIVO: Comprende dos (2) grandes ejes:

1. Vinculación Laboral: Servicio gratuito de intermediación entre los ciudadanos de la Localidad de Puente Aranda y el sector productivo empresarial del Distrito para la vinculación laboral.-

En este proceso se propenderá por garantizar a los usuarios el trabajo en condiciones dignas, donde se respeten sus derechos y garantías Constitucionales.

Adicionalmente se brindará formación y acompañamiento sicológico, que permitan fortalecer las competencias personales interpersonales y laborales de los trabajadores productivos de la localidad de Puente Aranda, a fin de lograr una vinculación laboral exitosa.

Se realizarán ferias de empleo, recepción permanente de hojas de vida, gestión frente a las convocatorias de las empresas, visitas al sector empresarial e industrial en busca de oportunidades laborales y participación interinstitucional.

El desarrollo del proceso se enmarcará dentro de las políticas públicas para generación de empleo del Distrito, mediante un trabajo conjunto y coordinado con las diferentes entidades.

2. Formación para el trabajo: A través de la ULDE se prestará apoyo al proceso de inscripción, seguimiento y supervisión de los procesos de formación para el trabajo contratados por la Alcaldía Local, que hayan sido asignados a la ULDE.

Igualmente se realizará diagnóstico de las necesidades y preferencias de formación de los habitantes de la Localidad, que realizan su inscripción en la ULDE, para búsqueda de empleo.

CAPÍTULO VII

DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES E INCENTIVOS DE LOS USUARIOS

ARTÍCULO 21º.- DERECHOS: Los Usuarios de la ULDE tienen derecho a:

1. Recibir de la ULDE, los servicios de formación, capacitación, asesoría y acompañamiento.

2. Examinar, discutir y expresar libremente sus ideas o conocimientos dentro del orden y el respeto por las opiniones ajenas, teniendo en cuenta las normas de respeto a la dignidad personal y el conducto regular establecido.

3. Ser escuchadas las solicitudes o reclamos respetuosos que formulen ante las personas que tienen responsabilidad directiva o docente y de recibir la respuesta y orientación correspondiente.

4. Presentar por escrito e individualmente solicitudes, reclamos y sugerencias respetuosas ante los Coordinadores de la ULDE.

5. Utilizar los recursos que la ULDE pone a su disposición y recibir los apoyos de servicios técnicos requeridos para la prestación de los servicios, divulgación e información, dentro de las normas y horarios establecidos.

6. Exigir un alto nivel de calidad, cumplimiento y oportunidad en los servicios prestados.

7. Beneficiarse de los estímulos, distinciones e incentivos que establece este Reglamento.

ARTÍCULO 22º.- DEBERES: Son deberes de los usuarios de la ULDE los siguientes:

1. Acatar la Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos de la ULDE.

2. Asistir puntualmente a todos los eventos de formación, capacitación, asesoria, asistencia programados por la ULDE, acorde con lo señalado en el presente Reglamento.

3. Cumplir los deberes académicos, requerimientos técnicos, diligenciamiento de documentación, entrega de información oportuna, desarrollo de productos e informes, investigación de trabajo de campo derivado de los procesos de capacitación, asesoria y acompañamiento en las fechas indicadas.

4. Disponer y proveer de las muestras de producto y cantidades suficientes, con sus propios recursos, acorde con las calidades y los requisitos para participar en ferias, eventos comerciales y procesos de capacitación que programe la ULDE.

5. Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza, enseres, edificaciones y dotación general de la ULDE o de contratistas utilizados en los procesos de capacitación, asesoria y acompañamiento.

6. Participar en las actividades de formación complementaria como foros, charlas, cafés empresariales, ruedas de negocios, paneles y muestras culturales y deportivas programadas por la ULDE.

7. Respetar a los compañeros, al personal directivo, administrativo, a los docentes y demás personal vinculado al proyecto.

8. Consultar en forma permanente la Página Web de la ULDE, correos personales y demás medios de información institucional de la Localidad.

9. Cumplir con los compromisos adquiridos al momento de vincularse al proyecto.

10. Mantener disciplina y comportamiento ético y moral acorde con su calidad de usuario de la ULDE dentro y fuera de ella.

11. Las demás que se deriven de la Constitución, las leyes y las normas que rigen la ULDE.

ARTÍCULO 23º.- PROHIBICIONES: Prohibiciones al Usuario:

1. Producir daño o hacer uso inadecuado de los locales, equipos, materiales y demás bienes destinados a la enseñanza o al servicio de la ULDE y de los contratistas, terceros y operadores.

2. Realizar uso indebido del material académico y de consulta que se le suministre durante el desarrollo del proyecto.

3. Se prohíbe realizar plagio o reproducción total o parcial de planes de negocios y demás documentación e ideas de negocio desarrolladas en la ULDE.

4. Las demás que en los reglamentos se consideren como faltas graves contra el régimen disciplinario, tal y como se manifiestan en el artículo 28º del presente reglamento.

ARTÍCULO 24º.- INCENTIVOS: Los incentivos tienen como finalidad estimular el reconocimiento y el esfuerzo del usuario, por su desempeño como empresario y por la demostración de actitudes favorables en la promoción del espíritu empresarial, de compañerismo, colaboración y mística profesional. Son incentivos para los Usuarios:

1. Felicitación escrita al usuario por ser distinguido como el empresario con los mejores logros en los procesos de capacitación y formación.

2. Mención de honor como empresario meritorio, expedido por la Alcaldía.

3. Cualquier otro estímulo que en un futuro sea establecido.

PARÁGRAFO.- Los incentivos antes mencionados serán reconocidos y sancionados mediante resolución expedida por el Alcalde Local.

CAPÍTULO VIII

DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DEBIDO PROCESO, NOTIFICACIÓN, Y DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 25º.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Para la solución de los conflictos que se presenten entre los usuarios y la ULDE, en razón de la aplicación o interpretación del presente reglamento, se podrá acudir a:

1. COMITÉ TECNICO.

Es la instancia competente para resolver los conflictos o controversias que se puedan generar en desarrollo del proyecto.

Las consideraciones de este comité se consignarán en un acta, suscrita por las partes.

2. MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes podrán acudir, para la solución de conflictos, a los mecanismos alternos, de acuerdo con lo establecido en las normas legales que regulan la materia.

ARTÍCULO 26º.- DEBIDO PROCESO: El régimen disciplinario de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial, se basa en el respeto a los Derechos Fundamentales de las personas, a los principios constitucionales del debido proceso y a la contradicción de los medios de prueba.

El usuario al que se le impute una falta será oído antes de adoptar una decisión sobre el particular.

Los derechos fundamentales y constitucionales mencionados serán el criterio principal de interpretación del presente reglamento.

ARTÍCULO 27º.- NOTIFICACIÓN: Toda sanción será notificada personalmente o por edicto al usuario, según la clase de sanción de que se trate.

ARTÍCULO 28º.- SANCIONES DISCIPLINARIAS: Según la modalidad y gravedad de la falta cometida. La ULDE impondrá a sus usuarios las siguientes sanciones disciplinarias:

1. Amonestación verbal: Es un mecanismo de carácter preventivo para informar, reconvenir y apremiar al usuario por actuaciones irregulares de carácter leve que repercuten sobre el desarrollo normal de las actividades de la ULDE o que afectan el natural desarrollo de sus relaciones con directivos, instructores, asesores, personal administrativo y usuarios de la misma.

2. Amonestación escrita: Constituye un llamado de atención con copia a la CARPETA del usuario por falta de carácter disciplinario de mayor gravedad que las consideradas en el literal anterior.

3. Suspensión de los servicios por seis (6) meses: Se impondrá al usuario cuando incurra en una falta disciplinaria grave.

4. Permanencia condicional: Se impondrá al usuario que cometa una falta grave o reiterada dentro o fuera de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial que a juicio del Comité Técnico, no le implique su exclusión de la misma, continuando sin interrupción la prestación de los servicios que establece el presente Reglamento y quedando sometido al cumplimiento de condiciones especificas de permanencia durante el plazo estipulado en la sanción.

5. Suspensión temporal de servicios: Esta sanción procede en los casos en que la conducta del usuario sea de tal gravedad que ponga en peligro la integridad institucional, subsistan las irregularidades que le dieron origen o se reincida en la falta. La suspensión temporal será impuesta por el Comité Técnico, previa aprobación del Alcalde Local, para el efecto, el Comité deberá presentar por escrito los antecedentes y motivos por los cuales solicita la imposición de dicha sanción, en todos los casos, prospere o no la solicitud, esta deberá ser archivada en la CARPETA del usuario. La caducidad de la sanción o suspensión temporal del servicio no será superior a un (1) año.

6. Cancelación definitiva de servicios o de retiro: Al usuario que incurra en una falta que a juicio del Comité Técnico se considere grave, le será cancelada definitivamente la permanecía y el acceso a los servicios en la Unidad Local de Desarrollo Empresarial.

PARÁGRAFO.- Cuando un usuario complete tres (3) amonestaciones escritas, será causal de suspensión temporal de servicios en la ULDE, tiempo en el cual no podrá acceder a ninguno de los servicios establecidos en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 29º.- CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES:

29.1.-Faltas Graves: Entre otras se consideran faltas graves las siguientes:

1. Amenazar, calumniar, coaccionar o injuriar a otros usuarios, personal administrativo, directivos de la ULDE, capacitadores, y personas vinculadas a la alcaldía, contratistas y personal de operadores o instituciones que apoyen o le presten sus servicios.

2. Participar en cualquier acto individual o colectivo que obstaculice de manera grave la buena marcha en la prestación de servicios de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial.

3. Ocasionar daños en bienes de propiedad de la ULDE, operadores, contratistas y terceros asociados con la prestación directa e indirecta de servicios o de cualquiera de los miembros de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial.

4. Sustraer o utilizar bienes de propiedad de la ULDE sin la debida autorización.

5. Incitar o participar en cualquier clase de desordenes dentro de las Instalaciones o fuera de la misma pero en hechos relacionados directamente con ella.

6. Estimular el consumo, distribuir, ingerir o inhalar drogas, bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas o restringidas por la ley, o asistir a la Unidad Local de Desarrollo Empresarial bajo la influencia de sus efectos.

7. Cometer fraude en los documentos de ingreso y en los demás que se requieran durante su permanencia en la Unidad Local de Desarrollo Empresarial, así como coadyuvar en dicho fraude.

8. Cometer fraude durante la presentación de cualquiera de los prácticas de formación, capacitación, asesoría, consultoría, participación en eventos comerciales y cualquier evento que programe la ULDE, de igual manera la suplantación de un usuario en el acceso de los mismos.

9. Hacer reclamaciones públicas injuriosas o calumniosas contra los funcionarios de la Alcaldía Local de Puente Aranda, el operador de turno y la ULDE.

10. Portar o hacer uso de armas dentro de la ULDE así como intimidar o amenazar a otros con ellas.

11. Incitar o inducir a otros a cometer cualquier acto peligroso dentro de la ULDE o fuera de ella.

12. Inasistencia o retiro de ferias y muestras comerciales sin la debida autorización de la ULDE.

29.2. Faltas Leves: Se consideran faltas leves las siguientes:

1. Inasistencias reiteradas y no justificadas.

2. No entrega de documentación o informes y trabajos en los tiempos requeridos por la ULDE, acorde con la programación establecida.

3. No entrega de productos en las condiciones de oportunidad, tiempo y requisitos para asistir a muestras de producto y ferias comerciales.

4. Y las demás que atenten contra el buen nombre de la ULDE.

PARÁGRAFO 1º.- Para tal efecto, el incurrir en faltas leves se impondrán las sanciones señaladas en el Numeral 1º y 2º del Artículo 28 del presente Reglamento.

PARÁGRAFO 2º.- Para tal efecto, el incurrir en faltas graves se impondrán las sanciones señaladas en los Numerales 3º 4º 5º y 6º del ARTÍCULO 28 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 30.- PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPOSICION DE SANCIONES: Procedimiento para la imposición de sanciones:

1. Una vez se tenga conocimiento de la falta, la Coordinación de la ULDE, el personal administrativo, asesor, instructor o la persona que detecte la irregularidad informará el hecho y entregará las pruebas o evidencias.

2. El Comité Técnico de la ULDE, a fin de aclarar los hechos materia de denuncia, citará al implicado y escuchará su versión de los mismos.

3. Posteriormente el Comité evaluará la situación y tomará la decisión mediante documento escrito.

CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 31º.- Los aspectos que no se encuentren contemplados en el presente Reglamento, serán resueltos por el Comité Técnico, quien tendrá la potestad para presentar recomendaciones, realizar los ajustes y actualizaciones del mismo y para ser aprobado por el Alcalde Local.

ARTÍCULO.32º.- El presente acto administrativo rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá a los 9 días del mes de junio del año 2011.

COMUNÍCASE, PUBLÍCASE Y CÚMPLASE.

ANDREA MAGALY ÁLVAREZ CASTAÑEDA

Alcaldesa Local de Puente Aranda

NOTA: Este Decreto Local se encuentra debidamente verificado con el Registro Distrital el cual presenta errores de enumeración.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4673 de junio 15 de 2011.