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CIRCULAR 20 DE 2011 (Julio 19)
La Administración Distrital, conforme el Acta de Acuerdo Laboral suscrita el 18 de mayo de 2011 entre la Administración Distrital y las organizaciones sindicales acordó, que en los Organismos de Control, el ajuste salarial se aplicara por rangos conforme se realice en los establecimientos públicos y acorde con la legislación vigente. Es función del Departamento Administrativo del Servicio Civil establecer las directrices técnicas respecto de la gestión del recurso humano para el Distrito Capital en lo referente a sistema salarial y prestacional, nomenclatura y clasificación de empleos, manuales específicos de funciones y competencias, plantas de personal y relaciones laborales, entre otros.1 Por tanto, los ajustes salariales determinados en el Acuerdo Laboral para las entidades destinatarias de esta circular, se implementarán bajo el siguiente procedimiento: 1. Cada Organismo de Control presentará los documentos que a continuación se relacionan al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital: a. Estudio o justificación técnica. b. Proyecto de Decreto para modificación de la planta de empleos. c. Proyecto de Resolución para modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales. 2. Observará los rangos salariales determinados por la Administración Distrital2 para las entidades destinatarias de esta circular, así:
3. Se deberá incluir un Artículo que determine que los empleos cuyas asignaciones no se encuentren en los rangos establecidos en las tablas anteriores, continuarán con la asignación que se estableció en el Decreto de Incremento para la vigencia. 4. Se deberá incluir un Artículo que determine que los ajustes que se implementen por medio de este acto administrativo, serán efectivos a partir de la expedición del mismo y no tendrán el carácter retroactivo, para efectos fiscales. 5. Solicitará concepto técnico previo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. 6. Suscribirá el Decreto de Ajuste Salarial, para firma de la Alcaldesa Mayor Designada, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Distrital 139 de 2010. SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Literal a). artículo 2º, Decreto Distrital 076 de 2007.2 fuente: Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, 21 de junio de 2011.
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